La violencia de género en el Ecuador será, por primera vez, denunciada ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Este 28 de febrero en Bogotá, cuatro organizaciones sociales que promueven los derechos de las mujeres —Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (INREDH), Centro de Apoyo y Protección de los Derechos Humanos Surkuna, Coalición Nacional de Mujeres del Ecuador y Taller de Comunicación Mujer—, asistirán al periodo extraordinario de sesiones de la Comisión para presentar un informe que menciona la calidad del acceso a la justicia a la que se enfrentan las mujeres, la criminalización del aborto, la deuda histórica con las mujeres transexuales asesinadas en la década de los 90, entre otros .

Estefanía Chávez y Mayra Tirira son abogadas de Surkuna e irán a esta audiencia temática de género. Explican que aunque las recomendaciones que dé la Comisión no serán vinculantes, es decir el Estado ecuatoriano no está obligado a cumplirlas, sí debería asumirlas por principio de buena fe por haber suscrito la Convención Americana. Además, dicen las abogadas, es un espacio necesario para hablar de la discriminación que sufren las mujeres en el Ecuador, solo por ser mujeres.

Es la primera vez que la CIDH acepta un pedido de Ecuador sobre temas de género. ¿Cuál creen que es la coyuntura para que hayan aceptado?

Mayra: Creo que son varias cosas. Primero nosotras planteamos estratégicamente el tema del acceso a la justicia y la justicia es algo sobre lo que la Corte IDH y la Comisión se ha pronunciado en reiteradas ocasiones. Tienen bastante jurisprudencia y bastante desarrollo en este tema, entonces creo que de alguna manera es algo que les interesó.

Estefanía: Creo que el tema de niñas embarazadas producto de violación que incluimos en el informe pudo ser considerado interesante para discutirlo. Creo también que lo que interesa acá es que los sistemas de justicia en América Latina y en la región han tenido un desarrollo desigual. Por ejemplo, en Centroamérica las víctimas enfrentan situaciones súper graves. Y acá de alguna forma ya se ha posicionado este discurso de que la cobertura está super asegurada en Ecuador, que superamos el estándar de jueces por cada habitante. Tenemos 12,85 jueces por cada 100 mil habitantes me parece.

¿Y cuál es el estándar mundial?

Estefanía: Me parece que el de la región son diez y nosotros tenemos un poco más.

Pero esas son cifras está en papel y es cantidad. ¿Qué hay de la calidad?

Estefanía: Ese es precisamente el tema que planteamos.

¿Qué plantearon?

Estefanía: Que hay problemas súper fuertes en términos de que la administración de justicia reproduce estereotipos, estigmatiza a las mujeres. De alguna forma tenemos fiscales especializados en violencia de género que hacen su trabajo con todos los reparos que se puede tener porque todavía la Fiscalía no asegura realmente a las víctimas un verdadero acceso en el que puedan realizarse pericias o diligencias pertinentes en sus casos. Digamos que aún cuando eso sigue siendo un obstáculo, el obstáculo más fuerte es que los jueces tienen una resistencia súper marcada por la cultura patriarcal que existe en Ecuador y América Latina, una cultura súper civilista, con la idea de que los maridos tiene que corregir a las mujeres, de que los delitos sexuales no son propiamente delitos que ameriten que una persona se tenga que ir a prisión.

Una cultura machista al final…

Estefanía: Sí, super arraigada en estereotipos de género, una cultura judicial que desestima la violencia sexual como un tipo de violencia grave que transgrede la autonomía sexual de las mujeres y yo creo que todavía es una justicia mojigata.

¿Podrían darme un ejemplo cualitativo de eso? Porque en números el acceso de la justicia parece bien pero, ¿la calidad?

Mayra: Creo que la justicia en infraestructura es buena y se ha mejorado el número de jueces por habitante. Pero cuando tienes que probar la existencia de un delito hacia las mujeres, los estándares para eso son bajísimos. Un claro ejemplo es que para entender la violencia que las mujeres sufren o por qué son asesinadas es fundamental un peritaje de contexto. Este peritaje puede dar a los jueces una herramienta para explicar explicar el contexto en el cual sucede el delito. Sin embargo, en el Consejo de la Judicatura no existe un solo perito especializado en género en ese tema.

¿Qué es un peritaje de contexto?

Mayra: Un peritaje de contexto es el que explica, por ejemplo, por qué en un caso en concreto las mujeres están en situación de vulnerabilidad. En un tema de femicidio, el delito te dice que tienes que probar que fue el asesinato a una persona por ser mujer o por sus condiciones de género. Entonces tienes que probar una cosa en el juicio: que le asesinaron por ser mujer. ¿Pero cómo explicas y cómo pruebas que fue por ser mujer más allá de la biología? Claro, no es el hecho que la hayan matado sino que fue por ser mujer. Para explicar esto tienes que tener una ayuda de alguien que te explique cómo las mujeres en esta sociedad son discriminadas por la violencia machista y esta pericia es fundamental para explicarlo. La pericia de contexto básicamente la puede hacer un sociólogo, un antropólogo, un sociólogo jurídico que analiza cómo en ese contexto la mujer tenía un montón de factores que le hacían estar sujeta a violencia.

¿Puedes dar un ejemplo? Porque entiendo que la sociología es más abstracta y la ley es práctica, entonces parecería que hay un espacio gris que no se logra conectar…

Mayra: Por ejemplo Sandra es una mujer que estaba siendo judicializada por matar a su marido en legítima defensa. A ella la estaban judicializando porque, según ellos, hubo exceso de legítima defensa, le estaban dando una pena de cerca de ocho años. Pero lo que sucedió es que estaba peleando con su marido porque supuestamente ella vio un mensaje de texto de otra pareja de su marido y le reclamó. En ese reclamo él comenzó a golpearla, ella se asustó, fue a la cocina y cogió un cuchillo y le dijo ‘ya no te me acerques más’. En ese momento hubo un forcejeo y le clavó el cuchillo, y él murió. A ella la estaban judicializando por un exceso de legítima defensa. En este caso, un peritaje de contexto podría decir que para una mujer en esta situación de violencia, tal vez su única oportunidad para defenderse era coger un cuchillo. Sandra es una mujer que había vivido 20 años de violencia.

¿Y acá no tenemos eso?

Estefanía: La única perita de contexto que un poco tiene experiencia probada aquí es brasilera. Lo que hace es que cuando ya se está la etapa de instrucción fiscal, cuando se han realizado todas las diligencias probatorias, las pericias, la perita de contexto recoge todo ese universo probatorio y dice ‘ok, yo voy a engranar todas estas pruebas, voy a cotejar también eso que tengo en cuanto a peritaje, con lo que me dice el tipo penal y voy a ver de qué manera el enfoque de género me ayuda a decir esta persona está siendo criminalizada propiamente, porque no es que se excedió en al legítima defensa’. Una perito de contexto se encarga de tener una lectura desde la sociología jurídica, desde el género.

¿Y en el Estado no existe ninguna?

Mayra: No, esta perito es una extraordinaria y nosotras la hemos conseguido aparte porque a través de mecanismos legales uno puede usarla.

¿Es algo extra?

Mayra: Ni siquiera yo le diría algo extra, yo creo que si estamos hablando de acceso a la justicia para las mujeres debería existir.

¿Qué tan común es la figura de perito de contexto en América Latina?

Mayra: En México, me parece, la pericias de contexto en situaciones de género son super necesarias. Tú no podrías hablar de un caso de mujeres, al menos en esta justicia, sin un peritaje de contexto. Los peritos se acreditan voluntariamente pero tiene que haber una política pública, una política judicial que tiene que fomentar que existan peritos.

Como un incentivo…

Mayra: Sí, como un incentivo, si queremos hablar de justicia indígena y solo hay diez peritos de contexto en lenguas ancestrales, entonces es una deficiencia del sistema.

De los jueces que hay en el Ecuador, ¿cuántos creen que estén preparados para atender casos de violencia de género?

Estefanía: Tienes que tener en mente una cosa, no hay una jurisdicción especializada que conozca en el ámbito. Por ejemplo no tienes jueces penales especialistas en género. Los jueces penales son susceptibles de conocer en algún momento de su carrera un femicidio, o un caso de violencia sexual, o un caso de estupro. No hay jueces especializados, lo que hay son fiscales especializados que hacen una investigación en casos de género. Pero no solo necesitas que el fiscal sepa sino también los jueces deberían tener un nivel mínimo de formación, sobre todo los jueces penales. No me gustaría arrojar una cifra así sin hacer un examen previo pero si revisas Fiscalía dice que los delitos más denunciados son violencia sicológica y eso es delito. Ahí lo que requerirías es que si hay un alto grado de denuncias, lo mínimo es que los jueces hayan tenido un módulo o hayan sido formados en un diplomado en violencia de género.

Mayra: Nosotras tenemos las unidades judiciales de violencia intrafamiliar que no necesariamente está vinculada a género. Por lo general sí, porque la violencia intrafamiliar sucede y se manifiesta en las relaciones de género, pero violencia intrafamiliar también es el que el papá le pegó al hijo. Y tenemos resoluciones en las que los jueces de familia dicen el papá le pegó al hijo y entonces en virtud de la CEDAW (Comité para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer)… ¿En qué punto la CEDAW es relevante para un tema de violencia intrafamiliar de papá – hijo? Eso demuestra claramente que los jueces no saben de qué se trata la CEDAW y que están aplicando de manera incorrecta. Entonces no hay una justicia especializada hacia las mujeres y no necesariamente necesitamos que los jueces sean jueces de mujeres o jueces de género, pero que tengan una formación mínima es indispensable.

¿Me pueden dar un ejemplo de estos problemas de acceso a la justicia?

Estefanía: Hay un ejemplo que para nosotras fue uno de los casos más patéticos, el caso de Esthela. Ella tenía 15 años cuando pasó lo que voy a narrar: había sido dejada al cuidado de su abuelo y su tía una noche porque sus padres habían viajado a otra ciudad. Esthela, sus padres, su abuelo y su tía, vivían en el mismo inmueble, en un edificio que tenía varios departamentos. Esa noche uno de los inquilinos aprovechó, se dio cuenta que no estaba el padre de Esthela porque no estaba la moto en el estacionamiento y empezó a mirar intensamente a la niña.

Ella decía ‘él me miraba intensamente’, de una forma con lascivia, me observaba de una forma que me hacía sentir incómoda y esa noche ese señor le dijo a Esthela, que estaba con una niña más chiquita que era su pariente,¿ quieren subir a tomar una gaseosa a mi departamento? y también le dijo Esthela tú siempre me has gustado, ¿cómo estás en el facebook?, ¿quieres ser mi novia? y le pidió que suban a hablar. Ella le dijo ¿de qué vamos a hablar tú y yo no nos conocemos? El sujeto tenía 19 años. Subieron a tomar la gaseosa porque la niña más pequeñita le insistió y Esthela subió. La niña se fue y se quedó Esthela y su agresor. Cuando ella estaba conversando a solas con este tipo, él le insistió, le dijo entra a mi departamento, podemos conversar, podemos ver películas, le insistió tanto que ya cedió y entraron al departamento.

Cuando entraron, él la desnudó y la violó analmente. Esthela se resistió y le dijo por favor déjame, ya basta. Mientras ella se estaba quejando y diciéndole no me hagas daño, no me agredas, él continuó, y luego le dijo si tú te vas yo no sé lo que pueda pasar. La niña se quedó paralizada del miedo, el tipo ya la había violado. Ella se vistió, se retiró del departamento y se quedó paralizada en la gradas analizando qué hacer porque la habían amenazado, le habían dicho ‘si tú te vas yo no sé qué pueda pasar’, entonces siendo una niña ella lo interpretó como qué me puede pasar, me pueden matar a mí o a mi familia, a mis tías a mi mascotas o a mi abuelo.

La tía de la niña le encontró después de buscarla y le dijo ¿qué pasó, dónde estabas? Esthela empezó a mentir y a decir que estaba viendo películas con este tipo y la tía la reconoció nerviosa a la niña, le dijo que diga la verdad y que si no lo hacía la llevaba donde los demás vecinos para contrastar. La tía, como cualquier adulto, se anticipó un poco a las reacciones de la niña y dijo aquí algo está mal.

Cuando la llevaron  donde el vecino, él estaba nervioso y dijo que sí habían visto películas y la tía fácilmente se dio cuenta de que mentía, que era forzado. Ni siquiera tenían donde ver películas.

Luego lo detuvieron en delito flagrante porque llamaron a la policía y la niña en ese momento rompió en llanto y confesó, dijo que la había violado. En ese momento la familia de este tipo intentó hacerle desistir a la familia de Esthela de que pongan la denuncia. Hubo un tema de corrupción ahí porque la policía ese rato intentó hacerle desistir a Esthela.

El delito se empezó a investigar, Mayra Soria fue la fiscal designada, muy competente, porque ella pidió que se haga una valoración sicológica de la niña, se hizo un examen legal en donde se determinó que en efecto había existido una violación anal. La sicóloga que le hizo la valoración también dijo que en efecto los síntomas que tiene la niña son los mismos que tienen las víctimas de delitos sexuales: llanto fácil, estrés post traumático, estaba angustiada, sentía culpa, tenía pesadillas, tenía todo el cuadro de una víctima de violencia sexual.

¿Y lo declararon culpable?

Estefanía: En primera instancia la justicia ratificó la inocencia de él porque el juez dijo que el estrés que había sufrido la niña fue por la presión que le había sido impuesta por tía al pedirle que diga la verdad. Los jueces tuvieron primero un criterio súper absurdo y de hecho hasta inconsecuente con lo que una experta diría y que ya constaba en el expediente lo que la sicóloga había dicho. Entonces los jueces dijeron le damos total credibilidad al testimonio del señor Pedro, que era el violador, y dijeron en el testimonio de la niña nunca se refleja que ella haya sido amenazada porque la niña dio un testimonio anticipado, con cámara de Gessel. Pero los padres decían ese testimonio fue súper difícil para ella, no tuvo un terapeuta que la ayude adecuadamente a decir lo que le había pasado y los jueces dijeron otorgamos total credibilidad al testimonio del señor Pedro y luego de eso dijeron también que en base a la sana crítica, que es el criterio que ayuda a los jueces ha dilucidar y valorar la prueba, nosotros creemos que el testimonio de Esthela, primero, no refleja que hayan existido amenazas graves de las cuales ella haya sido sujeta, segundo el testimonio de Pedro es totalmente creíble. Todo esto aún cuando el violador había dicho yo nunca le pregunte a la niña si quería tener relaciones, él había confesado que no fue consentido.

¿Salió libre?

Estefanía: Entonces le ratifican la inocencia en primer nivel. Luego nosotras asumimos la defensa en segunda instancia en el recurso de apelación, junto con la fiscal apelamos y pedimos audiencia de nuevo. Expusimos todos los criterios y estándares que asisten a las víctimas de delitos sexuales, como por ejemplo no se puede trasladar la carga probatoria a niñas, es decir no puedes decirle: tienes que probar que te sentiste súper amenazada, que el temor que te produjo este tipo fue de tal forma que te paralizó. Los estándares prohiben que tú traslades toda esa carga de probar que fuiste víctima.

Sin embargo, en este caso fue desestimado todo este tipo de estándares. Nosotras dijimos que los niños son doblemente revictimizados en los procesos, dijimos que las pruebas en los delitos sexuales son inferenciales, es decir no existen pruebas directas por cuanto el delito se comete entre dos personas y en un plano íntimo, generalmente.

Pero la prueba inferencial de la violación si existía…

Estefanía: Exacto, esas pruebas existían y probaban la materialidad del delito pero los jueces dijeron no. Ahí en segunda instancia hicieron una conceptualización y dijeron que las amenazas deben cumplir con un requisito fundamental que es incidir de tal forma sobre las facultades de una persona y que esa persona no pueda oponer resistencia alguna, y que las amenazas en este caso no alcanzaban a ser tan graves.

Ellos se abstraen completamente, es una justicia súper abstracta que no puede razonar cómo una niña se siente frente a una amenaza. No tomaron en cuenta el hecho de que un niño va a recibir una amenaza como algo cierto, su aproximación al miedo es distinta a la aproximación al miedo de un adulto. Ratificaron la inocencia de este tipo en segunda instancia y el juez ahí súper tímidamente dijo ‘o sea yo no estoy diciendo que no haya delito, pero en todo caso es un delito de estupro y no un delito de violación’. El estupro es que ella fue engañada y consintió para tener relaciones, ¿cómo puede ser seducida esta niña para que luego sea violada analmente? Fue brutalmente violada pero eso no bastó para que los jueces tuvieran conciencia de lo que estaba haciendo.

Nosotras hemos interpuesto una acción extraordinaria de protección, pero aún no sabemos si ha sido admitida o no. Él está libre y lo grave es que en las dos instancias ratificaron la inocencia de un violador basados en la sana crítica. Una sana crítica que fue lo que ayudó a que los jueces pudieran abstraerse de una realidad súper concreta y de un delito sexual contra una niña. La niña ahora está saliendo adelante, ha tenido que valerse de muchos recursos emocionales, yendo a la psicóloga, pero no deja de ser desgarradora la historia. Su mamá siempre que nos cuenta se quiebra en llanto y es súper difícil también contener a las víctimas cuando tú tienes un delito y una sentencia totalmente grotesca.

¿Estos casos son parte del informe que presentaron?

Mayra: Sí. También pusimos un caso que a mí me parece bien emblemático, de alimentos congruos, que es una figura en la que las mujeres, cuando se separan de su pareja, pueden exigir alimentos. De hecho puede pedir cualquiera de las dos partes el esposo o la esposa, dependiendo quién se queda con los bienes o quién tiene acceso a los bienes de la sociedad conyugal. Esta señora que es una adulta mayor presentó un juicio de alimentos congruos para simplemente tener parte de lo que a ella le corresponde por los bienes. Presentó el juicio en 2015 y hasta el momento no ha recibido un solo centavo del proceso de alimentos y la jueza en su sentencia escribió que los hombres tienen derecho a corregir a las mujeres de manera suave.

¿Una jueza mujer escribió eso?

Mayra: Sí y es de Quito. Yo impugné esta resolución ante el Consejo de la Judicatura porque perpetúa los estereotipos de género y eso afecta a la justicia de las mujeres. El Consejo respondió que eso era un consejo de la san crítica de la jueza y que no iban a sancionarla.

El problema entonces está en los jueces…

Mayra: Exacto, si tienes suerte te toca un fiscal bueno. En todo caso nosotras no hemos tenido problemas tan graves con Fiscalía, pero con los jueces la resistencia es impresionante, por eso yo creo que los jueces también actúan en virtud del espíritu de cuerpo. O sea yo tuve un caso el miércoles de abuso sexual en el ámbito académico, fue de un profesor a una estudiante. En la audiencia, los jueces no fueron capaces de motivar su sentencia, lo único que dijeron es que les parecía que faltaba prueba. ¿Qué más prueba querían?

¿Qué ocurrió en la audiencia?

Mayra: Mientras los jueces hablaban solo pensaba que nos había tocado un tribunal de tres jueces hombres. Cuántas de nosotras sabemos que muchas veces los profesores universitarios son jueces provinciales, jueces de instancias y nosotros sabemos que cuando hemos estudiado en las universidades hay profesores abusadores. Entonces a mí qué garantía me da que un profesor universitario que también es juez y que acosa a sus estudiantes vaya a sancionar correctamente sus procesos cuando tenga un caso de abuso o acoso en el ámbito educativo. Es casi improbable, lo que pasa es que los jueces también hacen un espíritu de cuerpo, entonces pueden tener la formación en género pero si la estructura no cambia, ellos van a seguir dejándoles libres a los acosadores y a los violadores.

Estefanía: Yo creo que el razonamiento en la audiencia de la que habla Mayra fue este profesor que le había metido la mano debajo de la falda a un estudiante.  Creo que ahí el razonamiento del juez fue: pero él ya fue sancionado administrativamente y además cómo vamos a darle tanto valor a eso.

¿Qué sanción tuvo?

Mayra: Fue destituido, pero después de una apelación igual porque primero a él le sancionaron en el ámbito educativo con el 10% de un salario básico unificado, que son treinta dólares y después en impugnación logramos la destitución.

Es un escenario súper complejo, ¿cuáles serían las soluciones o maneras de mejorar el sistema?

Mayra: A corto plazo, la sanción. Yo he presentado una acción disciplinaria en el caso de esta jueza cuando ella dijo que los hombres tienen el derecho de corregir a las mujeres de manera suave entre comillas y no recibió ninguna sanción, pese a haber iniciado una acción disciplinaria en su contra. ¿Cuál es el mensaje que se está dando desde la judicatura a los jueces? Que pueden decir y razonar lo que quieran en contra de las mujeres porque no van a tener ninguna sanción.

Como primera instancia yo creería que el Consejo de la Judicatura, que es el órgano de vigilancia de disciplina de los jueces, sancione a los jueces cuando tienen este tipo de razonamientos, eso es lo mínimo que esperaría de una instancia administrativa judicial. Si tenemos un patrón de jueces sancionados, la siguiente vez que tengan un caso de violencia sexual los jueces se lo van a pensar. Las sanciones tienen que cumplirse y ser adecuadas y por otra parte, el proceso de formación y capacitación tiene que ser extenso, no puede simplemente limitarse en una hora de capacitación virtual que a la final no lo hacen los jueces sino los pasantes, los secretarios, quien sea pero no ellos. Necesitamos capacitación presencial, rel y sobre todo estricta.