Desde el 5 de julio de 2024, el río Machángara tiene derechos. Un Tribunal aceptó una acción de protección —presentada por tres ciudadanos y tres abogados patrocinadores— que decía que, por la altísima contaminación del río que atraviesa Quito, se estaban vulnerando sus derechos.
En la Constitución ecuatoriana del 2008 ya están reconocidos los derechos de la naturaleza —y de todo lo que la conforma como mares, ríos, montañas. Estos ecosistemas no necesitan que un Tribunal los reconozca como sujetos de derechos.
Pero, en el caso del Machángara, explica Gustavo Redín, abogado ambiental, se hizo este reconocimiento como parte de la reparación integral al río para que el río sea una figura jurídica y así poder decir que sus derechos específicos fueron violados. De esta manera hay un responsable y una víctima. En este caso el responsable por la vulneración de derechos es el Municipio de Quito, según el Tribunal, y la víctima el Machángara y quienes viven de él.
Según la acción de protección, se violaron:
- Los derechos de la naturaleza: el río no puede cumplir su ciclo vital natural porque no tiene condiciones óptimas para la vida, su agua no tiene calidad y no puede autolimpiarse.
- El derecho al agua: las aguas del río no pueden ser consumidas por el humano, si esto pasara podrían provocar la muerte o graves infecciones a la salud.
- El derecho al medioambiente sano, saneamiento y salud: el río recibe aguas residuales, servidas y de lluvia sin ningún tipo de tratamiento. Esto provoca un foco infeccioso para los seres vivos.
- El derecho a la ciudad: el ecosistema del río, sus quebradas y la calidad del agua no se han protegido. Hay un crecimiento no planificado y desmedido de la ciudad a lo largo de su recorrido y no hay medidas para tratar y limpiar el agua
En el fallo, el Tribunal reconoció la importancia de proteger y cuidar este río. Según Ramiro Ávila Santamaría, uno de los abogados que patrocinó el caso y ex juez de la Corte Constitucional, la sentencia significa, sobre todo, que se pueden exigir sus derechos cuando son vulnerados.
1. Se reconoce al río Machangara como SUJETO de derechos. El río tiene vida, forma parte de un ecosistema y por tanto tiene derecho a su conservación, cuidado, restauración y protección pic.twitter.com/7IZjSce0jH
— Cabildo Cívico de Quito (@CabildoCivico) July 5, 2024
Según Ávila, un grupo de ecologistas, científicos, académicos, arquitectos y demás ciudadanos se juntaron para presentar la acción y así intentar mejorar la condición de vida del río.
El Machángara nace en los páramos del volcán Atacazo, ubicado en el Cantón Mejía, al sur de la capital. Tiene una longitud de 22 kilómetros y recoge riachuelos de alrededor de 54 quebradas. El río se abastece de otras montañas también al igual que de la unión de los ríos Caupicho, Sanshayacu y Grande y varias quebradas.
El Machángara se une con el río San Pedro en Nayón y forman el río Guayllabamba, este, a su vez, se une al río Blanco para formar el gran río Esmeraldas que desemboca en el Océano Pacífico. Es decir, toda la contaminación que arrastra el Machángara llega hasta el océano.
La acción de protección dice que el río Machángara ha perdido “totalmente su capacidad para realizar y cumplir sus ciclos naturales, funciones ecológicas y socio ambientales”.
Dice, también, que ha perdido aproximadamente el 99% de las especies de invertebrados, vertebrados y de microorganismos que tenía. Que en la actualidad, solo viven en el río “organismos tolerantes a una contaminación severa de sus aguas” y que representan “un peligro para cualquier otro tipo de vida que se ponga en contacto con esas aguas”.
En Quito existe solo una planta de tratamiento de aguas residuales (PTAR) y limpia apenas el 3,42% de las aguas residuales, según datos del propio el Municipio. Además, en el Programa para la descontaminación de los ríos del DMQ, de agosto de 2020, dice que sobre la meta planteada de descontaminar los ríos desde 1996, únicamente han logrado un 1,8% según la demanda En la audiencia el Municipio aceptó que únicamente se trata el 2% de las aguas, es decir, el 98% del agua está contaminada.
>3. Se señaló la responsabilidad del @MunicipioQuito por OMISIÓN en el manejo, control y no tratamiento de aguas residuales del río Machángara, pues sólo trata el 2% (imagínense, el 98% de aguas restantes van directo al río)… pic.twitter.com/hdTqd3hGbx
— Cabildo Cívico de Quito (@CabildoCivico) July 5, 2024
Hugo Navarrete, director de Investigación de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, dice que el Machángara es “un río muerto completamente” desde hace décadas porque no tiene peces ni vida más allá de bacterias y microorganismos. Navarrete explica que el ecosistema alrededor del río está modificado porque ha perdido sus plantas y animales endémicos, y por eso no puede cumplir sus funciones vitales. Por eso, desde hace décadas, el agua no puede ser consumida.
La demanda que declaró al Machángara sujeto de derechos
El 28 de mayo de 2024, Dario Iza, presidente del Consejo de Gobierno del Pueblo Kitu Kara, María Elena Rodríguez, coordinadora general del Cabildo Cívico de Quito, y María Victoria Jaramillo, geógrafa y activista ecológica, junto a los abogados Ramiro Ávila, Felipe Castro y David Cordero, presentaron una acción de protección, en representación del río Machángara.
HOY llevamos un frasco con agua tomada del mismo Machángara como símbolo de su presencia en tribunales, compareciendo por sus propios derechos. Ese frasco de agua oscura, enferma y maloliente (foto) puede recuperarse….👇👇👇 pic.twitter.com/tlmHwEVrsT
— Cabildo Cívico de Quito (@CabildoCivico) May 29, 2024
La acción fue contra el Municipio de Quito que, a través de sus secretarías, es el encargado del manejo y cuidado de los ríos de la ciudad.
Según los demandantes, el Municipio no ha tomado acciones concretas para el cuidado del río y el tratamiento de las aguas residuales y servidas que terminan en el Machángara, ha rellenado quebradas en lugar de limpiarlas, ha permitido que la ciudad crezca de forma “desordenada e irregular” disminuyendo así las áreas verdes.
Las víctimas directas de esta negligencia del Municipio, según la acción de protección, son el río y las 54 quebradas y riachuelos que llegan hasta el Machángara. Las víctimas indirectas son las personas que viven en Quito y las que toman el agua del Distrito Metropolitano, así como las plantas y animales que antes vivían y dependían del río.
El Tribunal determinó que el Municipio de Quito es “responsable por las vulneraciones de derechos del río Machángara”. Por eso, ordenó que implemente un plan de descontaminación del río. El fallo concluyó:
- Declarar al Machángara como sujeto de derechos
- Declarar al río como eje estratégico de restauración ambiental y social
- Disponer la reparación integral de los derechos vulnerados
- Abrir espacios de participación social y designar a las personas que están detrás de la protección del río “como guardianas de la sentencia” para que se cumpla.
Ramiro Ávila dice que uno de los puntos más importantes de la demanda es completar la construcción de las plantas de tratamiento de aguas residuales que el Municipio ha ofrecido y no ha cumplido. Ávila dice que al construirlas, deben considerar “soluciones basadas en la naturaleza”. Es decir, soluciones que aprovechen los recursos naturales y los ecosistemas para proteger a la gente, mejorar las infraestructuras y salvaguardar un futuro sostenible.
En la demanda dice que al no haber plantas suficientes de tratamiento de agua residual, los ríos “están recibiendo una carga de cóctel químico y orgánico muy grande que es muy difícil de procesar” y por ello hay altos niveles de contaminación.
El Municipio de Quito apeló la decisión, pero hasta que la Corte Provincial se pronuncie, el Municipio, dice Ávila, debe empezar a cumplir con la sentencia.
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