La industria global del comercio de vida silvestre —legal e ilegal— mueve entre 4 y 20 billones de dólares por año, según Our World in Data, que recoge datos de miles de investigadores alrededor del mundo.
Para procurar regular y controlar que el comercio internacional de ciertas especies de flora y fauna sea legal, sostenible y trazable existe un acuerdo: la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres —CITES, por sus siglas en inglés, que fue creada en la década de los 70.
Además del valor económico, el uso que el comercio de biodiversidad tiene en el mundo es impetuoso: los animales y plantas silvestres se comercializan como mascotas, para el consumo o venta de carne, para la creación de productos o para la venta de sus partes —pieles, cuernos, entre otros.
El estudio Poaching and Wildlife Trade explica que la vida silvestre se distribuye legalmente en volúmenes muy grandes y estos continúan aumentando con rapidez en el mundo. Por ejemplo, desde 2005 hasta 2014 el comercio legal de vida silvestre superó los 100 millones de organismos (un par de orejas o un cráneo, por ejemplo) por año; la década desde 1975 hasta 1985 fue diez veces menor.
¿Qué implica la convención CITES?
El objetivo de la convención CITES es “asegurar que el comercio internacional de especímenes de animales y plantas silvestres no amenace la supervivencia de las especies”, según su sitio web. Actualmente, 184 Partes —que pueden ser Estados u organizaciones de integración económica regional, como la Unión Europea— están adheridas voluntariamente a este tratado internacional. Ecuador es una de ellas.
Las Partes que ratifican o se comprometen a acatar lo estipulado en la convención CITES están vinculadas jurídicamente a sus disposiciones y, básicamente, tienen que aplicar la convención. Sin embargo, esto no significa que estas disposiciones suplanten a las leyes nacionales de cada Estado miembro. Más bien, el acuerdo “ofrece un marco que ha de ser respetado por cada una de las Partes, las cuales han de promulgar su propia legislación nacional para garantizar que la CITES se aplique a escala nacional”, se aclara en el sitio web.
Sin importar si su tráfico se da como especímenes vivos, como abrigos de piel o como hierbas deshidratadas, CITES protege a más de 37 mil especies de animales y plantas. Para el abogado especialista en Derecho Ambiental Internacional, Franklin Bucheli, la convención no solamente busca proteger a las especies de vida silvestre, sino también a los derivados de la vida silvestre. Entre los productos procedentes de animales y plantas silvestres que se derivan de un mayor número de especies están la carne para el consumo humano, las medicinas tradicionales y las partes de animales de uso ornamental (cuernos, astas o pieles). “No olvidemos que el tercer negocio ilícito más rentable del mundo es, justamente, el tráfico de la vida silvestre y de sus derivados”, le recalcó el experto a GK.
¿Cómo funciona la CITES?
Todas las importaciones y exportaciones de ciertos especímenes de vida silvestre —protegidos bajo la convención— deben ser reguladas por la CITES mediante un sistema de concesión de licencias. Es decir, el comercio internacional de dichas especies está sometido a los controles de la CITES, que son realizados por las autoridades administrativas y científicas designadas en cada país miembro.
Las especies que se encuentran protegidas bajo la convención están divididas en un texto que contiene tres apéndices o partes. Estos apéndices determinan el grado de protección que las especies necesitan; estos son los tres apéndices:
- Apéndice I: Incluye todas las especies en peligro de extinción, como los osos panda, pájaros carpinteros y varios tipos de orquídeas. Debido al delicado estado de los especímenes que congrega, su comercio está autorizado solamente bajo circunstancias excepcionales.
- Apéndice II: Incluye especies que no necesariamente están en peligro de extinción, pero que deben ser controladas para que su comercio no impacte negativamente a su supervivencia u ocasione su extinción, como las jirafas, varias especies de iguanas o los ciruelos africanos.
- Apéndice III: Incluye especies que están protegidas, al menos en un país miembro, y que ha solicitado ayuda de los otros países que conforman la convención para regular su comercio en el mundo. Enmarcadas en este apéndice se encuentran las magnolias y algunas especies de serpientes coral.
La CITES en Ecuador
La Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres está en la legislación ecuatoriana, asegura el abogado Bucheli. “Estas convenciones, en Derecho, se llaman principios de extraterritorialidad de la norma”. Es decir, este acuerdo rige en varios países y Ecuador es uno de sus signatarios, por lo que la convención también debería regir a cabalidad en el territorio ecuatoriano. Sin embargo, para Bucheli y otros expertos ambientales consultados, no sucede así.
Gustavo Redin, presidente de la Coordinadora Ecuatoriana de Organizaciones para la Defensa de la Naturaleza (Cedenma), dice que el convenio en el Ecuador, “creo que sí está fallando”. Según él, especialmente para con las especies marinas. Las aletas de tiburón, por ejemplo, así como los troncos o cualquier otra parte del tiburón, requieren de permisos CITES para su exportación en Ecuador. “Y se están otorgando estos permisos arbitrariamente, sin mayor revisión del Estado y vulnerabilidad de las especies. Sí hay un peligro en el tema marino”, asegura el presidente de Cedenma.
Para Alejandra Jaramillo, docente de Medicina de Fauna Silvestre en la Universidad San Francisco de Quito, uno de los principales problemas del funcionamiento de la convención en Ecuador es que los controles de la autoridad ambiental son ineficientes o inexistentes. La autoridad ambiental del país que se encarga de los temas relacionados a la convención —conocida como autoridad CITES— está representada por el Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica (Maate).
Jaramillo explica que muchas especies exóticas o raras que sí están protegidas por la CITES pasan desapercibidas por la autoridad ambiental en Ecuador. “Es más fácil regular especies nativas, de aquí del país, porque en el Código Orgánico no hay algo que diga que los animales exóticos [originarios de otros países] están bajo alguna regulación”, dice la experta en fauna silvestre.
Aunque las fallas de esta convención en el país son varias, según coinciden los expertos, el abogado ambiental Franklin Bucheli dice con entusiasmo que el fortalecimiento de la cooperación internacional es clave. Mediante la cooperación internacional, dice Bucheli, el control del comercio ilegal de flora y fauna silvestre podría llevarse de manera más eficiente. Y Bucheli cree que los espacios para poder lograrlo son aquellos como la COP19 de la Convención CITES, que se realizará en la ciudad de Panamá en noviembre de 2022. En ella, actores de la sociedad civil, políticos, autoridades científicas y ambientales de los países miembros discutirán las complicaciones de la Convención en cada país, así como analizarán el estado de las especies incluídas en ella.
Este contenido fue realizado con el apoyo de Earth Journalism Network (EJN).
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