Desde las 9:30 de la mañana de hoy, 10 de junio de 2022, se instaló la audiencia de la Corte Constitucional —la más alta corte del país— sobre un conflicto que lleva una década sin ser resuelto en Ecuador. El pueblo de sarayaku, ubicado cerca del río Bobonaza, en la provincia amazónica de Pastaza, demandó al Estado ecuatoriano en 2019 por incumplimiento de una sentencia dictada a su favor por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en 2012.
Después de tres horas y media de audiencia, hoy, la jueza de la Corte Constitucional, Carmen Corral, dijo que las partes tendrán ocho días para presentar todas las pruebas referentes al caso. “Solicito a todas las instituciones que han intervenido el día de hoy, hagan llegar a la Corte toda la documentación, informes y registros”, dijo Corral.
Asimismo, le pidió a la Procuraduría General del Estado que le haga llegar a la Corte Constitucional los informes que se presentaron, en su momento, ante la Corte IDH para evaluar el cumplimiento de la sentencia de 2012.
Adicionalmente, la jueza Corral les dio un plazo de 72 horas a todas las partes para que legitimen sus intervenciones. Es decir, para que los abogados de las instituciones que están involucradas en el caso presenten la delegación de sus autoridades que intervendrán en la próxima audiencia.
La jueza sustanciadora Carmen Corral Ponce agradece la participación de las partes procesales, terceros con interés y amicus curiae; y otorga el término de 72 horas para que las partes legitimen sus intervenciones. #AudienciaPúblicaCCE
— Corte Constitucional (@CorteConstEcu) June 10, 2022
¿Qué implicó la sentencia de la Corte IDH?
La sentencia de la Corte IDH en 2012 obliga al Estado ecuatoriano a neutralizar y desactivar una tonelada y media de pentolita —un explosivo usado por la industria petrolera— enterrada en el territorio del pueblo de sarayaku. La presencia de estos explosivos en Kawsak Sacha o selva viviente —como ha denominado a su territorio el pueblo de sarayaku en quechua— , sería el resultado de la explotación petrolera de la empresa argentina Compañía General de Combustibles (CGC) en 1996.
Tupac Viteri, presidente de la comunidad de sarayaku, dijo en una rueda de prensa el 2 de julio de 2020 que la inacción de las autoridades ha afectado a las 7 comunidades sarayaku por décadas. Es decir, a 1.200 personas.
La sentencia de la Corte IDH incluía:
- Un acto público para reconocer la responsabilidad estatal de los hechos,
- implementar cursos sobre los estándares nacionales e internacionales en derechos humanos de los pueblos indígenas, y
- pagar una compensación económica por los daños.
La Corte fijó un pago en 90 mil dólares por daños materiales, 1,25 millones por daño inmaterial y 58 mil por los gastos del proceso judicial.
De esta cantidad, el Estado debía entregar 18 mil al Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) —que presentó el caso ante la Corte con los indígenas ecuatorianos—y el resto a la Asociación del Pueblo Sarayaku.
Mario Melo, abogado principal de la defensa del pueblo sarayaku, le dijo a GK que después de esta audiencia ha quedado claro que la sentencia dictada por la Corte IDH en 2012 no ha sido cumplida por el Estado.
Melo explicó que la Corte IDH le dio tres años al Estado ecuatoriano para que retire una tonelada y media de explosivos que dejó la empresa petrolera CGC en el territorio sarayaku. “Han pasado diez años y ha quedado claro que el Estado ecuatoriano no ha retirado ni un solo gramo a partir de la sentencia”, dijo Melo. Según la CEJIL, el Estado no ha retirado desactivado “ni un kilogramo de los más de 1.400 kg de explosivo presentes en el territorio”.
Además, la Corte IDH ordenó que si el Estado ecuatoriano quería extraer recursos naturales o tomar cualquier decisión que afecte al pueblo de sarayaku, debía realizar una consulta libre, previa e informada. Sin embargo, según el abogado Melo, la regulación del derecho a la consulta previa mediante una ley orgánica y bajo los estándares del sistema interamericano tampoco ha sido ejecutada por parte del Estado.
Así respondió el Estado
Por su parte, la abogada Yolanda Salgado, en representación de la Presidencia de la República, dijo que le asombraba la “insistencia en decir que el Estado ha incumplido, a pesar de que la Corte Interamericana ha dicho que son disposiciones que se encuentran en proceso de cumplimiento”. Se refirió a este punto después de que el abogado Melo hablara, en la audiencia, sobre la pentolita que aún no ha sido retirada del territorio sarayaku.
Uno de los puntos que resaltó la abogada Salgado fue que la indemnización que debía realizar el Estado al pueblo sarayaku, como parte de la sentencia de la Corte IDH, ya fue realizada. “Tengo que decir también que la compensación económica que fue ordenada por la Corte Interamericana ya fue cumplida, como lo expresó la Procuraduría General del Estado”, afirmó Salgado antes de finalizar su última intervención.
Ante esto, el abogado Melo le dijo a GK que las indemnizaciones del Estado no son lo que el pueblo sarayaku está reclamando. Más bien, recalcó que la intención de la demanda se focaliza en el retiro de los explosivos del territorio sarayaku y en el hecho de que no se haya regulado el derecho a la consulta previa conforme a la sentencia de la Corte IDH.
El caso sarayaku, en breve
En 1996, el Estado concesionó 135 mil hectáreas de tierra del pueblo de sarayaku a la compañía petrolera argentina CGC para la exploración y explotación de petróleo sin el consentimiento del pueblo indígena.
Entre 2002 y 2003, la empresa petrolera abrió caminos, introdujo explosivos y deforestó, destruyendo árboles y plantas de valor sagrado y cultural para la comunidad. En 2003, el caso fue presentado a organismos internacionales de derechos humanos para “proteger la vida e integridad de los miembros del pueblo sarayaku mediante una serie de acciones que el Estado debía implementar”.
Para 2012, la Corte IDH dictó una sentencia a favor del pueblo de sarayaku, por la que hasta el día de hoy existe un conflicto legal sobre si se ha cumplido o no. En 2020, la Corte Constitucional resolvió darle trámite a la demanda presentada por el pueblo sarayaku un año antes, en la que denunciaron el incumplimiento por parte del Estado ecuatoriano.