El empresario de telecomunicaciones Ricardo Rivera, condenado a seis años en prisión por el delito de asociación ilícita en el polémico caso Odebrecht, saldrá en libertad. Rivera, quien también es tío del ex vicepresidente Jorge Glas y que ostentó varios cargos relacionados a las telecomunicaciones en el gobierno de Rafael Correa, se acogió al beneficio penitenciario del régimen semiabierto —lo que le permitirá terminar de cumplir su pena fuera de una prisión. 

El juez Luis Jiménez Valema, de la Unidad Judicial Especializada de Garantías Penitenciarias de Guayaquil, decidió concederle el régimen semiabierto. Hoy Rivera recuperará su libertad, aunque deberá cumplir 13 medidas obligatorias, mientras completa el 40% restante de su condena. 

Rivera fue condenado por su participación en el flujo de sobornos de más de 13 millones de dólares entregados por la constructora brasileña Odebrecht a cambio de contratos con el Estado. El hombre, de 72 años, cumplía su sentencia en la cárcel regional del complejo penitenciario de Guayaquil. En esa prisión están varios de los líderes de las bandas narco delictivas involucrados en las cuatro masacres que estallaron en 2021 como Adolfo Macías, alias Fito, y Junior Roldán, alias JR. 

El 31 de mayo de este año, Rivera pidió acogerse al acceso al régimen semiabierto, un mecanismo alternativo de rehabilitación en el que la persona sentenciada puede cumplir su condena fuera de la cárcel. Es una libertad que está condicionada, pues debe cumplir una serie de requisitos establecidos en el reglamento del Sistema de Rehabilitación Social. El principal, de acuerdo con la normativa, es que haya cumplido el 70% de su pena.

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Libre, pero no inocente

Rivera podría dejar su celda hoy, pero depende de a qué hora llegue la boleta de excarcelación certificada a la cárcel. Si no llega a tiempo, podría permanecer una o un par de noches más en el centro carcelario, si el sistema decide ser más ágil con él, en contraste con los cientos de presos que aún logran acceder a ese derecho carcelario. 

Cuando lo haga, Rivera tendrá que cumplir más de diez medidas dispuestas por el juez Jiménez Valema: 

  • No podrá salir del país. La prohibición es irrevocable.
  • Tiene que usar un dispositivo de vigilancia electrónica.
  • Solo podrá transitar dentro de su provincia de domicilio. Es decir, Guayas. 
  • Solo puede ir a Quito para cumplir con diligencias judiciales. Si necesita trasladarse a otra zona del país, puede hacerlo pero con la autorización de un juez. 
  • Debe presentarse ante la Fiscalía cada 20 de cada mes, hasta que culmine su condena. 
  • Debe ir a una unidad de reinserción social —también podría ser una casa de confianza— una vez a la semana. Allí, tendrá que realizar diferentes actividades: laboral, familiar, social y comunitaria. 
  • Tiene prohibido mantener un vínculo, tanto personal como laboral, con personas sentenciadas por el mismo proceso. Es decir, en teoría, no puede comunicarse con su sobrino, Jorge Glas. 
  • No puede volver a cometer delitos, ni a reincidir en el que ya fue sentenciado. 
  • No puede ser condenado por una contravención, un tipo de infracción que existe en la legislación ecuatoriana y que son de menor gravedad que los delitos. Por ejemplo, hay varias infracciones de tránsito que son contravenciones.
  • No puede consumir bebidas alcohólicas, ni drogas, al menos no mientras termine su sentencia. 
  • Deberá vivir en el domicilio que reportó para acceder al régimen semiabierto. La Policía vigilará que así se cumpla. 

La vulneración de cualquiera de estas condiciones, hará que el régimen semiabierto sea revocado y la persona deberá volver a una cárcel. 

Estos son los requisitos que deben cumplirse para acceder al régimen semiabierto

El régimen semiabierto es uno de los mecanismos alternativos a la prisión para que las personas puedan cumplir sus penas en libertad, o para que sus penas sean rebajadas. Están contenidos en el reglamento del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI)

Entre ellos, se incluye la libertad controlada, la prelibertad, un sistema de méritos y, también, el régimen semiabierto. Para acceder a este último es necesario:

  • Haber cumplido el 60% de la pena, excepto en los casos en los que una persona presa solicite un recurso de casación, pues significaría que el proceso continúa abierto. 
  • Informe de valoración y calificación con un promedio de al menos cinco puntos durante la ejecución del plan individualizado del cumplimiento de la sentencia. 
  • Certificado emitido por la dirección del centro carcelario, que garantice que una persona presa no haya sido sancionada por faltas disciplinarias graves o gravísimas.
  • Documento certificado que avale que se encuentra en una celda ubicada en mínima seguridad. 
  • Acta que justifique el domicilio fijo en el que vivirá la persona privada de la libertad: contrato de arriendo o documento de compromiso. 
  • Informe jurídico del centro penitenciario que indique que no tiene otro proceso penal pendiente. 
  • Informe psicológico, elaborado por el centro, que garantice que las condiciones para la reinserción de una persona privada de la libertad son favorables, además de certificados de participación en grupos de apoyo grupal, psicoterapia o comunidades terapéuticas.

¿Beneficios penitenciarios para todos? 

En medio de la profunda crisis carcelaria que vive el país, el acceso a los beneficios penitenciarios son ahora una cuestión de vida o muerte. 

A Ricardo Rivera le han otorgado el régimen semiabierto luego de haber cumplido casi el 70% de su pena. Pero muchas otras personas presas reclaman que, para los más pobres, que no tienen dinero para un abogado, los que al parecer no tienen relevancia, el derecho a completar la pena en libertad es casi un lujo al que no logran acceder.

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Freddy Salas, por ejemplo, está a punto de cumplir el 90% de su pena en la Penitenciaría del Litoral. Fue condenado a cinco años de prisión por un accidente de tránsito en el que atropelló a una persona que sobrevivió y que no fue herida de gravedad. 

Freddy Salas sobrevivió ya a cuatro masacres carcelarias y teme una nueva en diciembre -la violencia suele intensificarse en las festividades y feriados. En 2020, solicitó el régimen semiabierto. La audiencia se programó para un año después, el 26 de noviembre último, pero se suspendió. El juez de turno, quien debía conocer la causa en la misma unidad judicial en la que a Rivera le concedieron el acceso, estaba de vacaciones. No había quien haga la diligencia. “Si algo le llega a pasar a mi hijo, ustedes serán los culpables”, dice su madre. 

Glas, visitado por la CIDH

A inicios de diciembre, una misión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) llegó al Ecuador para constatar la situación en la que viven las más de 37 mil personas presas en el país, luego de la escalada de violencia que arrebató al menos 324 vidas. 

Sin embargo, la misión especial no pudo ingresar a la Penitenciaría del Litoral por falta de garantías a su seguridad. A quien sí pudo visitar fue al ex vicepresidente Jorge Glas, a quien la CIDH le otorgó medidas cautelares el 31 de diciembre de 2021. El organismo internacional así lo decidió tras considerar que se encuentra en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos”.

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Karol E. Noroña
Quito, 1994. Periodista y cronista ecuatoriana. Cuenta historias sobre los derechos de las mujeres, los efectos de las redes de delincuencia organizada en el país, el sistema carcelario y la lucha de las familias que buscan sus desaparecidos en el país. Ha escrito en medios tradicionales e independientes, nacionales e internacionales. Segundo lugar del premio Periodistas por tus derechos 2021, de la Unión Europea en Ecuador. Recibió una Mención de Honor de los Premios Eugenio Espejo por su crónica Los hijos invisibles de la coca. Coautora de los libros 'Periferias: Crónicas del Ecuador invisible' y 'Muros: voces anticarcelarias del Ecuador'.

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