El 30 de agosto se conmemora el Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas. El 21 de diciembre de 2010, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) expresó su preocupación por el aumento de las desapariciones forzadas, involuntarias y secuestros en varias regiones del mundo y decidió rendir homenaje a todas sus víctimas y declaró este día.
La Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas dice que la desaparición forzada es el arresto, detención, secuestro o “cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado” o por personas que actúan con la autorización del Estado. Según el Fundamento de las Normas Internacionales de los Derechos Humanos, la desaparición forzada es un crimen de lesa humanidad, que son uno de los crímenes más graves que se pueden cometer pues atentan contra los más elementales derechos humanos de un forma sistemática contra un grupo civil.
Lidia Rueda, presidenta de la Asociación de Familiares y Amigos de Personas Desaparecidas en Ecuador (Asfadec) dice que esta fecha es un llamado de atención para exigirle al Estado ecuatoriano que “sea capaz de actuar de manera coherente para solucionar el tema de personas desaparecidas, en Ecuador la desaparición de personas está invisibilizado por parte del Estado.”
En las últimas dos décadas al menos 200.000 personas han desaparecido en América Latina. Hasta 2018, Colombia encabezaba la lista: 82.998 desapariciones, seguido de México con 36.265. Le siguen Guatemala, Perú, El Salvador, Chile y Argentina. Para Efrén Guerrero, abogado y profesor de derecho en la Pontificia Universidad Católica del Ecuador (PUCE), “hay que tener en cuenta que la desaparición forzada de personas es una de las violaciones de derechos humanos más graves que existen en el mundo”. Según el Grupo de Trabajo de Desapariciones Forzadas de la ONU, en 2019 estaban abiertos 45.811 casos de desaparición en 92 países.
El abogado Guerrero explica que la responsabilidad de evitar las desapariciones y averiguar el paradero está en manos de las autoridades de los países. Además, Guerrero afirma dice que muchas veces los conflictos armados internacionales o nacionales provocan desapariciones y violación de los derechos humanos.
Ecuador y la desaparición forzada de personas
Un reporte del Ministerio de Gobierno dice que desde 1947 hasta el año 2019 ha habido 57.397 denuncias de desapariciones.
El 98% han sido localizados, mientras que 1.392 casos siguen en investigación. Solo de enero a mayo de 2020, 2.287 personas han desaparecido, el 58% de los casos responden a mujeres. Así lo reporta el Ministerio de Gobierno. De este universo, 100 personas aún continúan desaparecidas y se suman a las 1392 reportadas hasta el 2018.
El artículo 84 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) dice que la desaparición forzada es cuando un agente del Estado actúa con su consentimiento “somete a privación de libertad a una persona” y que se niega a dar información sobre el paradero del desaparecido. La sanción por este delito es de 22 a 26 años de cárcel. Además, el COIP considera la desaparición forzada dentro de los delitos contra la humanidad.
En cuanto a las medidas para prevenir las desapariciones forzadas la Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJCC) establece la acción de hábeas corpus, cuyo fin es “proteger la libertad, la vida, la integridad física y otros derechos conexos de la persona privada o restringida de libertad, por autoridad pública o por cualquier persona”, misma que, entre otros, es un mecanismo de prevención y protección de la desaparición forzosa de personas.
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