Gustavo Angulo Arboleda, alias Cherry, fue sentenciado a 28 años de prisión por el secuestro del equipo de El Comercio en 2018. Según la Fiscalía General del Estado de Colombia, el 11 de junio de 2021, una jueza lo declaró culpable de los delitos de concierto para delinquir agravado y secuestro extorsivo agravado. 

Angulo deberá cumplir la pena en la cárcel La Picota de Bogotá, capital de Colombia. Además, deberá pagar 5.056 salarios mínimos legales mensuales colombianos. Es decir, más de 4,5 mil millones de pesos colombianos (1,2 millones de dólares). Angulo tampoco podrá ejercer cargos públicos por 28 años. 

¿Qué son estos delitos?

Según el Código Penal de Colombia, el concierto para delinquir se comete cuando “varias personas se concierten con el fin de cometer delitos”. Es penado con prisión de entre 4 y 9 años. La pena aumenta cuando los delitos concertados son de genocidio, trata de personas, homicidio, tortura, secuestro, lavado de activos y otros similares. En esos casos puede ser de 8 a 18 años. Moisés Carreño, abogado litigante colombiano especializado en derecho penal y derechos humanos, dice que también es conocido como “el delito de los grupos criminales al margen de la ley o grupos organizados porque ocurre cuando varias personas se reúnen con el objetivo de dedicarse a ‘de manera profesional’ a cometer uno o varios delitos”. Carreño dice que, por ello, la figura es utilizada por las autoridades para perseguir guerrillas, paramilitares y cualquier otra organización al margen de la ley que tiene como objeto delinquir.

Carreño dice que en Colombia los delitos se consideran o simples o agravados. Los simples son cuando se cometen sin que se evidencie que hubo deseo de infringir dolor. Por ejemplo, dice el abogado, cuando una persona puede robar sin que nadie se dé cuenta, ahí comete un hurto simple. Cuando sí se causa dolor, Carreño dice que el delito incluye circunstancias de agravación punitiva. Es decir, si alguien roba y golpea a su víctima, es un delito de hurto agravado. En el caso de los periodistas ecuatorianos las circunstancias de agravación punitiva son que el crimen se cometió con violencia y contra personas que ejercían una actividad protegida internacionalmente:el periodismo.

El abogado Carreño explica que el “concierto para delinquir” es un delito autónomo; es decir que se comete por el simple hecho de que exista la agrupación dedicada a actividades ilegales. Sin embargo, dice que el delito se concreta cuando se cometen otras infracciones. En este caso, secuestro extorsivo. Según el Código Penal colombiano, este es delito que se comete cuando se “arrebate, sustraiga, retenga u oculte a una persona, con el propósito de exigir por su libertad un provecho”. Este delito se pena entre 26 y 42 años de cárcel. 

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¿Qué papel tuvo alias Cherry en el secuestro?

El periodista Javier Ortega, el fotógrafo Paúl Rivas y el conductor Efraín Segarra fueron secuestrados el 26 de marzo en Mataje, en Esmeraldas, en la frontera con Colombia. El 13 de abril se confirmó que fueron asesinados y sus cuerpos se encontraron después en una zona rural de Tumaco, un municipio del sur de Colombia. Javier Enrique García, delegado contra la criminalidad organizada de la Fiscalía de Colombia, dijo que, según las pruebas, los tres hombres fueron retenidos en Esmeraldas por integrantes del Frente Oliver Sinisterra, una narcoguerrilla disidente de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC). 

Según García, cuando fueron trasladados a territorio colombiano “y entregadas entregadas a alias Cherry quien se las presentó a Walter Patricio Arízala Vernaza, alias Guacho”, antiguo líder del Frente Oliver Sinisterra que murió en diciembre de 2018, presunto responsable del secuestro y asesinato del equipo periodístico. 

García dijo que la investigación estuvo liderada por una fiscal de la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales de la Fiscalía colombiana. Ahí, dijo, se estableció que Angulo “hizo parte del denominado primer anillo que se encargó de custodiar a los secuestrados hasta que Guacho ordenó el crimen”. Según la Fiscalía de Colombia, alias Cherry aceptó su responsabilidad y, a través de su abogado defensor, pactó un preacuerdo con la Fiscalía. El abogado Carreño dice que alias Cherry no fue condenada en un juicio porque aceptó los cargos imputados por la Fiscalía y fue “condenado de manera anticipada”. Las autoridades colombianas no han dado más detalles del acuerdo. 

Un comunicado de la Fiscalía colombiana dice que Angulo “realizó un acto de perdón y arrepentimiento” con los familiares de las víctimas por videollamada. La juez del caso permitió que Angulo hablé con ellos porque la decisión de hacerlo fue “espontánea y voluntaria”. El colectivo Nos faltan 3, creado por familiares de las víctimas y organizaciones que defienden la libertad de prensa, dijo que en el acto de perdón hubo “varios problemas técnicos” y que “el relato de alias Cherry presentó contradicciones”. 

Según un comunicado del colectivo, no se vio interés de alias Cherry de revelar la verdad del crimen porque se negó a responder las preguntas de los familiares de las víctimas. “La actitud asumida por Cherry estuvo fuera de la solemnidad y respeto por las víctimas que requiere este tipo de actos de perdón”, dice el comunicado. Según Nos faltan 3, fue un “nuevo escenario de revictimización”. Cherry parecía haberlo hecho como “una mera formalidad impuesta por la judicatura para obtener beneficios punitivos”, afirmó el colectivo, que aseguró que presentarán un informe al juzgado que aprobó el preacuerdo para decir que no se cumplieron los fines de “verdad y reparación simbólica” que tenía el acto. 

Gustavo Angulo, alias Cherry, y Gustavo Alonso Ospina, alias Barbas, fueron detenidos en julio de 2018 por estar presuntamente involucrados en delitos de “secuestro extorsivo y concierto para delinquir con fines de homicidio”, según la Fiscalía de Colombia. En agosto de 2020, los dos quedaron en libertad por el vencimiento de los términos legales para iniciar la etapa de juicio establecidos en el proceso penal en Colombia. El caso de alias Barbas todavía está pendiente. 

Otros procesados en el caso 

Alias Cherry no es el único condenado por su participación en el secuestro y asesinato del equipo de El Comercio. Un día antes del tercer aniversario del secuestro, el 25 de marzo de 2021, se sentenció a la primera persona por delitos relacionados a este caso. Un tribunal de Tumaco sentenció a 28 años de cárcel a Jesús Vargas Cuajiboy, alias “Reinel” por el delito de secuestro extorsivo. 

También ha habido condenas en Ecuador. El pasado 31 de mayo, cinco personas que pertenecían al frente Oliver Sinisterra fueron sentenciadas por el Tribunal de Garantías Penales de Esmeraldas a nueve años de cárcel por delincuencia organizada. Además, deberán pagar una multa de 10 mil dólares y otros 200 mil dólares como reparación integral al Estado ecuatoriano.