El proyecto de Ley Orgánica de Libre Expresión y Comunicación tiene 14 artículos. Según el documento —entregado ayer a la Asamblea Nacional ayer por el presidente Guillermo Lasso— su objetivo es “defender, promover y garantizar las libertades de expresión, de comunicación y de prensa”. Dice también que todas las funciones del Estado garanticen “los derechos de libertad de expresión, libertad de prensa y comunicación”. Un día antes de entregar el proyecto de Ley, Lasso derogó el reglamento de la Ley de Comunicación, aprobada en el 2013 en el gobierno del expresidente Rafael Correa.
María Dolores Miño, abogada experta en Derechos Humanos, califica al proyecto de Ley como “un paso alentador”. Dice que “recoge, casi de manera textual, los estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH) y la Declaración de Principios sobre Libre Expresión”
En su artículo 3 la propuesta de ley dice que “la libertad de expresión y prensa no serán consideradas como un derecho limitado al ejercicio profesional de la comunicación”. Afirma que abarca también expresiones artísticas, culturales, religiosas, políticas o de cualquier otra índole.
En ese mismo artículo el proyecto de ley sostiene que ningún medio de comunicación, periodista o comunicador podrá ser sancionado por opinar, criticar o denunciar contra el poder público. “No podrá iniciarse en contra de ellos procedimientos penales, de ninguna naturaleza, por sus opiniones”, dice la ley. En el gobierno del expresidente Rafael Correa, la Ley de Comunicación —y su respectivo reglamento— fue utilizada para perseguir a varios periodistas como los reporteros de investigación Juan Carlos Calderón y Christian Zurita, y el caricaturista Xavier Bonilla, más conocido como Bonil, entre otros más.
Otro de los puntos que se abordan en la ley es el de la autorregulación. El artículo 5 dice que los medios de comunicación deberán regular su propio comportamiento por medio de códigos de ética y políticas editoriales. Estos deberán difundirse en sus portales web o en un instrumento que se halle a disposición del público.
Sobre el derecho a la réplica o respuesta, se establece que toda persona que haya sido directamente mencionada en un medio de comunicación, de forma que afecte sus derechos a la dignidad, honra o reputación, tiene derecho a que el medio publique o permita su derecho a la réplica. La réplica será de forma gratuita y se publicará en un lapso de 72 horas o en las próximas 3 programaciones, a partir de la solicitud escrita planteada por la persona afectada.
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Por otra parte, el artículo 12 dice que los periodistas tienen derecho a la reserva de la fuente. Esto quiere decir que ninguna persona que difunda información de interés general podrá ser obligada a revelar la fuente de la información. A este artículo se suma el del derecho a mantener el secreto profesional, que significa que ningún periodista o comunicador social está obligado a revelar secretos confiados “en el marco del ejercicio de estas actividades”.
Después de enviar el proyecto de ley a la Asamblea para su tratamiento, el presidente Lasso celebró la noticia. En su cuenta de Twitter dijo que están “comprometidos con un ECUADOR LIBRE, donde el derecho a la libertad de expresión esté plenamente garantizado”.
Ahora, el proyecto de Ley Orgánica de Libertad de Expresión deberá ser aprobado por el Consejo de Administración Legislativa (CAL). Una vez aprobado el proyecto de ley por el CAL, pasará a una de las quince comisiones permanentes de la Asamblea Nacional para su tratamiento.








