La mañana de hoy, 10 de mayo de 2021, el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional autorizó el arribo de un buque mercante con bandera de Singapur al puerto de Posorja, en la provincia costera de Guayas, debido a que uno de sus veinte tripulantes falleció en altamar por covid-19.
El buque Morning Chorus salió de Chile y se dirigía hacia Corea del Sur. Sin embargo, en la ruta murió uno de sus tripulantes por coronavirus. Ahora la embarcación necesita que se retire el cadáver del barco por razones sanitarias por lo que se ha solicitado a Ecuador que se permita el ingreso de la nave.
Permitir que acodere en el país es una obligación humanitaria que el Ecuador debe cumplir —además por razones de esencial diginidad— por ser parte de la de la Organización Marítima Internacional(OMI) y por ser un Estado suscriptor del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar. El COE dijo en un comunicado que cumplirá con sus obligaciones internacionales en este caso.
Debes Saber
En su comunicado, el COE también dijo que el arribo de la embarcación cumplirá con los protocolos para el levantamiento del cadáver bajo estrictas medidas de seguridad biosanitaria y será liderada por la Capitanía del Puerto de Posorja, la máxima autoridad naval en un puerto. El levantamiento de cadáver estará a cargo de las autoridades para luego repatriar los restos del tripulante muerto a su país de origen, cuya nacionalidad no fue revelada.
Los otros 19 tripulantes serán sometidos a pruebas PCR para detectar el covid-19. Ninguno desembarcará a suelo ecuatoriano. En caso de que las pruebas de covid-19 sean positivas permanecerán en cuarentena dentro del barco hasta que superen la infección.
Si su estado de salud se complica, los tripulantes serán llevados a un hospital local para ser atendidos. Si alguno de ellos por su nacionalidad necesitase una visa para ingresar al país, se hará una excepción para que entren a territorio ecuatoriano sin la visa de rigor para ser atendidos por el Ministerio de Salud Pública, bajo la coordinación del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y la Subsecretaría de Migración del Ministerio de Gobierno.
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Mientras la embarcación permanezca en aguas nacionales, que son las doce millas contadas desde la línea costera del Ecuador continental y el archipiélago de las Galápagos, la Armada del Ecuador estará a cargo de su monitoreo y control. De las 12 hasta las 24 millas náuticas es zona contigua en las que los derechos se reducen consistentemente. Después tienes la Zona Económica Exclusiva, que no puede exceder 200 millas náuticas desde la base. Desde las zona contiguas se debe conferir derechos pacíficos a los navíos que estén transitando pacíficamente por esa zona.





