Un estado de excepción es una medida que permite al gobierno limitar el ejercicio de algunos derechos constitucionales en circunstancias extraordinarias. La Constitución del Ecuador establece que bajo un estado de excepción, está permitido aumentar las facultades de vigilancia del Estado. Se dicta mediante un decreto ejecutivo —es decir, solo puede ser ordenado por el Presidente de la República, que es quien encabeza la función Ejecutiva del Estado ecuatoriano. 

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Algunas de las circunstancias especiales bajo las que se puede declarar un estado de excepción son: los conflictos armados —externos o internos—, una grave conmoción interna, las calamidades públicas, y los desastres naturales. Un estado de excepción solo puede ser declarado por el presidente de la República mediante un decreto ejecutivo.

El decreto que establece el estado de excepción debe especificar ciertas características. Entre ellas deben constar las razones que justifiquen la declaratoria, dónde se aplicará —si se hará solo en ciertos lugares o será a nivel nacional—, por cuánto tiempo estará vigente, y qué derechos se verán suspendidos o limitados.

El estado de excepción, independientemente de las razones por las cuales se haya decretado, debe observar ciertos principios. Tiene que respetar la necesidad, la temporalidad, la territorialidad, y la razonabilidad detalladas en el decreto. Además, se deben cumplir con los principios de legalidad establecidos en la Constitución. 

Durante un estado de excepción, el presidente del Ecuador solo podrá suspender o limitar ciertos derechos. Estos son el derecho a: la inviolabilidad de domicilio, inviolabilidad de correspondencia, la libertad de tránsito, la libertad de asociación y reunión, y la libertad de información.

La Constitución dice que la inviolabilidad de domicilio se refiere a que nadie puede ingresar al hogar de una persona, ni realizar inspecciones, sin su autorización, o sin una orden judicial. La inviolabilidad de correspondencia, significa que la correspondencia virtual o las cartas  físicas de los ciudadanos no pueden ser retenidas, abiertas, o examinadas. 

Por otro lado, la libertad de tránsito implica que cualquier persona puede transitar libremente por el territorio nacional, y entrar y salir libremente del país. El derecho de asociación y reunión dice que todas las personas tienen derecho a “asociarse, reunirse y manifestarse” de manera libre y voluntaria. Finalmente, el derecho a la libertad de información se refiere al oportuno y libre acceso a la información que es de carácter público. 

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Además, mientras un estado de excepción, está vigente, el  presidente de la República puede tomar ciertas decisiones extraordinarias. Algunas de ellas son por ejemplo, el recaudar impuestos de forma anticipada, y usar fondos públicos que estaban destinados para otros fines —con excepción de los de salud y educación—.

También puede trasladar la sede del gobierno a otro lugar del país. Durante el estado de excepción por las protestas de octubre de 2019, por ejemplo, el presidente Lenín Moreno trasladó la sede del gobierno a la ciudad costera de Guayaquil.

Durante un estado de excepción, el presidente puede disponer del personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, y cerrar puertos, aeropuertos y pasos fronterizos. Por ejemplo, en el primer estado de excepción, decretado en marzo de 2020 por la emergencia sanitaria de covid-19, Moreno cerró todas las fronteras marítimas, terrestres y aéreas del país, para contener la propagación del virus. 

Cuando un presidente declara un estado de excepción, tiene que notificar la declaración a la Asamblea Nacional, a la Corte Constitucional y a los organismos internacionales —en el caso del cierre de fronteras. La notificación tiene que hacerse máximo 48 horas después de firmado el decreto ejecutivo correspondiente. Esteban Ron, director de la facultad de Derecho de la Universidad Internacional (UIDE) explica que la Corte “siempre revisa la declaración del estado de excepción porque es una obligación de carácter constitucional”. Ron también dice que cuando un estado de excepción no cumple con los principios establecidos en la Constitución, la declaratoria constituye una violación de derechos. Por ende, la Corte puede declarar el estado como inconstitucional. La Asamblea Nacional puede revocar el decreto en cualquier momento, independientemente de si la Corte Constitucional se haya pronunciado o no sobre su constitucionalidad. 

Un estado de excepción puede durar máximo sesenta días, según la Constitución. Sin embargo, en casos especiales, y si las motivos por los que se lo declaró continúan, puede extenderse hasta por treinta días más. Cuando las razones por las que se declaró el estado, lleguen a su fin, el presidente tiene que decretar el final del estado de excepción. 

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En lo que va del gobierno de Lenín Moreno, se han decretado 16 estados de excepción. Entre 2019 y 2020, se decretaron seis. El 16 de mayo de 2019, el presidente Lenín Moreno declaró el estado de excepción del Sistema de Rehabilitación Social del país. El motivo fue el aumento de la violencia dentro de las cárceles. También en 2019, durante el paro nacional de octubre, se declaró otro estado de excepción. Esta vez se aplicó en todo el territorio nacional. 

En agosto de 2020, se declaró un nuevo estado de excepción en las cárceles del país. Además, entre marzo y diciembre de 2020, se decretaron tres estados de excepción a nivel nacional por la emergencia sanitaria de covid-19. El primero se decretó el 16 de marzo y estuvo vigente hasta junio. En junio, se decretó uno nuevo que se extendió durante 60 días. El último fue decretado el 21 de diciembre, pero la Corte Constitucional determinó que es inconstitucional.