Este reportaje es parte de la alianza entre GK y Mongabay Latam
Las comunidades aledañas al Bosque Protector Los Cedros llevan nueve meses sin poder celebrar, a plenitud, la sentencia de la Corte Provincial de Imbabura a favor de su bosque. A pesar de que el 19 de junio de 2019, la Corte falló a favor del Gobierno Autónomo Descentralizado (GAD) de Cotacachi —que había interpuesto una acción de protección en contra de la Empresa Nacional Minera (ENAMI EP) y el Ministerio de Ambiente—, la empresa continuó con sus actividades de exploración dentro de un bosque que es hogar de más de 216 especies de pájaros, 180 especies de orquídeas y 600 especies de polillas.
Y no solo eso, ENAMI EP, además, interpuso una acción de protección ante la Corte Constitucional (CC) —el máximo organismo de control encargado de la interpretación y administración de justicia constitucional— para apelar la sentencia en su contra.
Todo indica, según el último pronunciamiento de la CC, del 7 de febrero de 2020, que la celebración tendrá que esperar más aún, pues ahora la CC admitió la apelación. Las comunidades de Los Cedros temen que la respuesta definitiva de la Corte Constitucional revierta lo que creían que habían logrado: mantener el Bosque Protector Los Cedros libre de minería.
Mientras se espera el pronunciamiento judicial, la bióloga Elisa Levy adelanta que la ENAMI sigue operando en la zona de manera ilegal y sin registro ambiental.
Una historia de audiencias y apelaciones
Todo comenzó el 3 de marzo de 2017, cuando el Estado ecuatoriano otorgó dos concesiones mineras, para fase de exploración inicial en mediana y gran minería (metálicos y no metálicos), a la Empresa Nacional Minera (ENAMI EP). El proyecto, llamado Río Magdalena —con las concesiones Magdalena 1 y Magdalena 2—, está ubicado en el Bosque Protector Los Cedros, en el sector Llurimagua del cantón Cotacachi en la provincia de Imbabura. Cerca de 3568 hectáreas están concesionadas, lo que representa el 68 % de este bosque.
La ENAMI EP —y su socio estratégico, la canadiense Cornerstone S.A— empezó a operar cuatro meses después, en julio de 2017. Luego de 18 meses, el 5 de noviembre de 2018, el GAD de Cotacachi presentó la acción de protección —que se puede interponer cuando existe una vulneración de los derechos constitucionales, en este caso los de la naturaleza— ante la Corte cantonal de Cotacachi, en la que indicaba que se había violado la seguridad jurídica porque un bosque protector es una figura de conservación. “De acuerdo al Tulsa (Texto Unificado de Legislación Secundaria de Medio Ambiente) que estaba vigente cuando interpusimos la acción de protección, hay ciertas actividades que no se pueden hacer dentro de un bosque protector, como la minería”, explica el abogado ambiental Fred Larreátegui. Y agrega que en el actual reglamento del Código Orgánico Ambiental también se prohíbe la minería en bosques protectores.
En la acción de protección se dice que a pesar de que Los Cedros no se encuentra en el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), en 1994 el Instituto Ecuatoriano Forestal y de Áreas Naturales y Vida Silvestre (INEFAN) lo declaró área de Bosque y Vegetación Protectores. La acción, puntualmente, exige que se revoque el registro ambiental a la empresa, que es el requisito que le permite ejecutar la exploración minera.
El recurso jurídico mencionaba que además de los derechos de la naturaleza se violó el derecho a la consulta previa, aludiendo el artículo 398 de la Constitución. “En el presente caso, conforme lo sostenemos, la población misma y los habitantes de las comunas de la parroquia de García Moreno, que se encuentran asentadas en el área de influencia directa e indirecta de las concesiones mineras Río Magdalena 1 y Río Magdalena 2, debieron ser consultadas previamente para conceder el registro ambiental y determinar la viabilidad o no del proyecto minero”, se lee en el documento. Y agrega que la ENAMI EP “no realizó consulta previa a la población de la zona afectada, ni a las comunas existentes”.
Cuatro días después de ser presentada la acción de protección en 2018, se llevó a cabo la audiencia en la Unidad Judicial del Cantón Cotacachi. Allí, el juez Óscar Coba Vayas la negó argumentando que no se podía consultar sobre la concesión, ya que dentro del bosque protector no existen comunas o comunidades. Además, dijo el juez —según la resolución disponible en el Consejo de la Judicatura—: “no se le puede culpar a la empresa ENAMI EP sino se ha traído ante este juzgador pruebas del daño ambiental”.
“La actitud del juez es muy indignante”, dice Elisa Levy, bióloga y coordinadora de investigación de la Estación Científica Los Cedros. “Tenía declaraciones como que ‘ustedes hablan de derechos de la naturaleza que está en la Constitución pero nosotros como jueces, ¿a quién le vamos a preguntar? a los árboles, a los pájaros’”, recuerda Levy. Según la bióloga, estos comentarios ignoran que la naturaleza, según el artículo 71 de la Constitución del Ecuador, es un sujeto de derechos, y que “toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza”. En el Ecuador, para reclamar la violación de estos derechos, quien denuncia se convierte en el tutor de esta.
Los derechos ignorados
El artículo 184 de la Ley de Minería dice que la autoridad competente, en este caso el MAE, es la llamada a informar a la población que podría verse afectada por los proyectos, obras o actividades, y sobre los posibles impactos socioambientales esperados y la pertinencia de las acciones a tomar. Pero en el caso de Los Cedros, esto no se cumplió. Darwin Cumba vive en Magdalena Alto, una de las comunidades que se vería afectada por la mina. Cuenta que nadie preguntó a la comunidad si querían o no la minería. “Ellos vinieron así y siguieron haciendo su trabajo. Después hicieron unas reuniones pero nunca preguntaron si querían o no querían y siguieron trabajando”.
No consultar a las comunidades afectadas por proyectos mineros es apenas uno de los varios problemas que resaltan los afectados. Para el abogado experto en derecho ambiental Fred Larreategui, “no existe una normativa que regule de manera concreta” el tema de la consulta previa. Se debería realizar “antes de la concesión o antes de que den el registro ambiental”, explica.
Cuando el juez cantonal negó la acción de protección, el GAD de Cotacachi apeló. El caso pasó a segunda instancia a la Corte Provincial de Imbabura. En una de las audiencias, los jueces de la Corte aceptaron visitar el territorio y las tres comunidades más afectadas: Brilla Sol, Magdalena Alto y El Paraíso, todas poblaciones de mestizos y afroecuatorianos.
Después de dos audiencias y una visita de campo, el 19 de junio de 2019, la Corte Provincial aceptó parcialmente la acción de protección: reconoció que las comunidades no habían sido consultadas pero no se refirió a la entrega de concesiones en bosques protectores.
Entre las resoluciones de la sentencia se exigía la revocatoria del registro ambiental obligando a detener la exploración inicial. “Tenían que dejar de operar desde el momento de notificación de la sentencia”, dice el abogado Larreátegui. “Pero hasta la fecha de hoy siguen explorando sin registro ambiental”, dice Elisa Levy.
Aunque la ENAMI EP no respondió al pedido de información de Mongabay Latam, en un tuit de su cuenta oficial del 4 de marzo de 2020 se observan fotografías de retroexcavadoras con el mensaje “maquinaria de Enami EP que fue entregada en comodato al GAD parroquial de García Moreno, empieza a realizar trabajos de arreglos de vía en beneficio a las comunidades de Magdalena Alto y Brilla Sol dentro del #ProyectoMagdalena, provincia de Imbabura”, revelando de alguna manera que el proyecto está vigente.
En un comunicado de prensa sobre la sentencia, la ENAMI dijo que “la Corte Provincial reconoce que no existieron, ni existen, daños ambientales que afecten a la naturaleza en las concesiones donde se desarrolla el proyecto”.
Como la acción de protección fue aceptada parcialmente por la Corte Provincial y quedaron puntos a ser considerados, como el reconocer la importancia ecosistémica del bosque protector, en agosto de 2019 el GAD de Cotacachi presentó una acción extraordinaria de protección a la Corte Constitucional. Pero el pedido fue negado por la Corte. El máximo tribunal argumentó que el criterio de valoración que pudo tener el juez de instancia no es parte de la acción extraordinaria de protección.
A su vez, la ENAMI EP también presentó su acción extraordinaria de protección a la Corte Constitucional y esta sí fue aceptada. Según la Corte Constitucional, la ENAMI reclama que la Corte Provincial confunde los distintos tipos de consulta: la ambiental, con la popular. La confusión se dio cuando en la sentencia se afirmó que “debe existir un proceso (…) de participación ciudadana y control social, en el que se materialicen las mínimas garantías democráticas como: 1. Preparación de la consulta; 2. Jornada electoral; 3. Cómputo y resultados de la consulta; y, 4. Impugnación; 5. Declaratoria de validez.”, todas características de una consulta popular y no de una consulta previa.
Mongabay Latam contactó a la ENAMI EP para tener su versión pero hasta la publicación de este reportaje no recibimos ninguna respuesta. Según el abogado Fred Larreategui, habría sido muy interesante que la Corte Constitucional “se pronuncie sobre la seguridad jurídica del Bosque al otorgar permiso de minería donde no se podía hacer”.
Las consecuencias ambientales
Como muchos otros proyectos mineros en zonas de alta conservación, las consecuencias de continuar con la fase de explotación podrían ser devastadoras. Los bosques protectores se encuentran ubicados en cabeceras de cuencas hidrográficas o en zonas que por sus condiciones climáticas no son aptas para la agricultura o la ganadería. Su función es conservar el agua, el suelo, la flora y la fauna silvestres.
El Bosque Protector Los Cedros comparte una frontera con la Reserva Ecológica Cotacachi-Cayapas, por eso a sus alrededores hay especies únicas e incluso en peligro de extinción. En esta área viven 179 especies con alto riesgo de extinción, según el artículo científico New Mining Concessions Could Severely Decrease Biodiversity and Ecosystem Services in Ecuador. Entre las especies en grave peligro se encuentran tres monos: el mono araña de cabeza morena (Ateles fusciceps), el capuchino de cabeza blanca (Cebus capucinus) y el mono aullador con manto (Alouatta palliata). Además hay jaguares (Panthera onca), una especie que según la Lista Roja de especies amenazadas de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) se encuentra catalogada como Casi Amenazada .
“Con el inicio de la minería en Los Cedros habrá extinciones de especies, sin duda”, dice Roo Vandegrift, biólogo e investigador de la Universidad de Oregon. Dice también que habrá contaminación del agua por la presencia de relaveras —la piscina donde se depositan todos los desechos de la extracción— y se empeorará porque en “Los Cedros llueve más de cuatro metros al año, por lo que será imposible evitar fugas en tales estanques”.
En los últimos años, en el Ecuador se han desarrollado proyectos mineros en áreas de alta biodiversidad. Uno de ellos es Mirador, el primer proyecto minero a gran escala y a cielo abierto que está en la Cordillera del Cóndor, considerado como un ecosistema biodiverso.
Solo entre 2016 y 2017, más de 2,9 millones de hectáreas en todo el Ecuador fueron concesionadas para exploración minera. Entre los lugares donde se realizarán estas actividades están los bosques protegidos, territorios indígenas y ecosistemas de cabeceras de ríos. Varios de los bosques protegidos tienen más del 50 % de su área total concesionada a las mineras y otros tienen, incluso, hasta el 90 % como en el caso del Bosque protector de Molleturo y Mullopungo, según el estudio Alcance de las concesiones mineras recientes en el Ecuador.
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Los Cedros tiene concesionado casi el 70 % de su área, y aunque tiene una sentencia de la Corte Provincial a su favor, aún no se conoce la resolución de la Corte Constitucional frente a la acción de protección que presentó la ENAMI EP que insiste en explotar allí. El abogado Fred Larreátegui dice que la respuesta de la Corte puede tardar años ya que actualmente están resolviendo acciones extraordinarias de protección de 2013 y 2014. Pero mientras eso pasa, “todos esperan que no se dé la minería en Los Cedros”, dice Darwin Cumba habitante del Magdalena Alto.
Este reportaje fue publicado originalmente en Mongabay Latam