El exvicepresidente del Ecuador, Jorge Glas Espinel, recibió medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), el 31 de diciembre de 2019. Veinticinco días antes, recibieron el mismo tipo de medidas la prefecta de Pichincha Paola Pabón y sus coidearios Virgilio Hernández y Christian González. Los tres estaban en prisión preventiva por el supuesto delito de rebelión desde el 14 de octubre de 2019, cuando finalizó el paro nacional. 

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Los procesos contra los tres siguen abiertos, y a pesar de que tienen que cumplir con medidas sustitutivas de la prisión preventiva, ninguno tiene una sentencia en firme que determine, de forma irrevocable, su responsabilidad en los delitos que se les imputan. 

Por el contrario, Jorge Glas tiene una sentencia ejecutoriada de seis años por el delito de asociación ilícita. Rubén Castro, docente de jurisprudencia de la Universidad Central del Ecuador, dijo que en ninguno de los dos casos, ni en  el de Glas o el de Pabón, las medidas pretenden “que la justicia levante la privación de libertad ni contra Pabón ni contra Glas”. 

Tras la medida a favor de Pabón y sus coidearios, la Corte Provincial de Justicia de Pichincha aceptó revocar la prisión preventiva. La experta en derechos humanos Lolo Miño dijo que en ese caso, las medidas de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos fueron otorgadas para proteger el derecho de la Prefecta a permanecer en el cargo político para el que fue electa por voto popular en marzo de 2019, y a contar con medios adecuados para su defensa. Si Pabón hubiese seguido en prisión, podría haber sido removida de su cargo por un supuesto abandono. 

Pero en el caso de Glas, Castro explica que “es imposible” que las medidas impliquen que el exvicepresidente pudiese beneficiarse “de la prisión domiciliaria o usar grillete”. Lo que significan, según el académico, es que el Estado debe tomar las medidas de seguridad para que Glas no sufra ninguna vulneración su integridad personal: darle vigilancia permanente, ponerlo en un sitio más seguro donde nadie pueda atentar contra él. Miño coincide en que las medidas son para que el Estado garantice su vida e integridad mientras está privado de libertad, pero no que la CIDH haya revertido, o esté impugnando, la sentencia ejecutoriada que pesa sobre Glas. 

Castro explica que las medidas cautelares de la Comisión no le permitirían a Glas —vicepresidente del Ecuador entre 2009 y 2018, primero como segundo al mando de Rafael Correa y luego de Lenín Moreno— acogerse al régimen de prelibertad o libertad controlada. Dichos sistemas, previstos en la legislación ecuatoriana, dependen del cumplimiento de cierto tiempo de la pena y otros requisitos previstos en la legislación ecuatoriana