El 5 de agosto de 2025, Daniel Noboa presentó siete preguntas con las que busca convocar a los ecuatorianos a una nueva jornada electoral. El 13 de agosto envió sólo cinco a la Corte Constitucional: cuatro como referéndum y una como consulta popular. La votación, según adelantó, está prevista para finales de 2025.
El referéndum se utiliza cuando se busca reformar la Constitución, el conjunto de normas que organiza el Estado y establece los derechos de las personas. En el caso de un referéndum, las preguntas deben señalar de forma clara qué artículos se modificarían y, si gana el “sí”, los cambios entran en vigencia de inmediato.
La consulta popular, en cambio, sirve para decidir sobre asuntos de interés nacional que no requieren modificar la Constitución. Si gana el “sí”, la Asamblea Nacional debe crear una ley , reformar una ley existente, o el Ejecutivo debe aplicar una política pública que haga efectiva la decisión.
Con esa diferencia, así quedan las propuestas de Daniel Noboa:
Preguntas de referéndum
1. ¿Está usted de acuerdo con eliminar el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), y transferir sus deberes y atribuciones a la Asamblea Nacional, Defensoría del Pueblo y Contraloría General del Estado, enmendando la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta?
- Qué cambiaría: El artículo 207 de la Constitución, que reconoce al CPCCS como parte de la Función de Transparencia y Control Social. La propuesta plantea eliminar este organismo y transferir sus funciones a la Asamblea Nacional, la Contraloría y la Defensoría del Pueblo.
- Implicaciones: La Asamblea asumiría el poder de designar autoridades de control, lo que concentraría atribuciones en el poder político.
2. ¿Está usted de acuerdo con reducir el número de asambleístas y para ello modificar el sistema de elección, enmendando la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta?
- Qué cambiaría: El artículo 118 de la Constitución, que establece la fórmula de representación para integrar la Asamblea: quince asambleístas nacionales, dos por provincia y uno adicional por cada 200 mil habitantes.
- Implicaciones: Se reduciría el tamaño de la Asamblea Nacional. El argumento del gobierno es que abarataría costos y haría más eficiente su funcionamiento, aunque también limitaría la representación de provincias pequeñas.
3. ¿Está usted de acuerdo con permitir la contratación laboral por horas, únicamente para el sector de turismo, siempre que se trate de la primera relación laboral, garantizando los derechos laborales y respetando los derechos adquiridos de los trabajadores, enmendando la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta?
- Qué cambiaría: El artículo 327 de la Constitución, que prohíbe expresamente la contratación por horas. La pregunta busca habilitar esta modalidad solo en turismo y únicamente en la primera relación laboral de un trabajador.
- Implicaciones: Se abriría un espacio para empleo más flexible en un sector en expansión, pero con el riesgo de generar condiciones laborales menos estables.
4. ¿Está usted de acuerdo con que los jueces de la Corte Constitucional sean también considerados como autoridades sujetas a juicio político, enmendando la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta?
- Qué cambiaría: El artículo 431 de la Constitución, que señala que los jueces constitucionales no están sujetos a juicio político. La propuesta busca modificarlo para que puedan ser sometidos a este proceso y, si hay los votos suficientes, ser destituidos por la Asamblea.
- Implicaciones: Se establecería un mecanismo adicional de control sobre la Corte Constitucional, aunque con el riesgo de exponerla a presiones políticas.
Pregunta de consulta popular
1. ¿Está usted de acuerdo con permitir el funcionamiento de salas de juego y casinos dedicados a juegos de azar en hoteles categorizados con cinco estrellas, quienes entregarán al Estado un tributo del veinte y cinco por ciento (25 %) de sus ventas por esta actividad, para el financiamiento de programas de lucha contra la desnutrición crónica infantil y de alimentación escolar, conforme la Asamblea Nacional lo regule mediante ley?
- Qué cambiaría: La prohibición de casinos no está en la Constitución, sino en normas secundarias derivadas de la consulta popular de 2011 durante el gobierno de Rafael Correa. Para aplicarla, la Asamblea Nacional tendría que aprobar una nueva ley o reformar la existente para autorizar casinos exclusivamente en hoteles de lujo —como lo establece la propia pregunta de Noboa— obligándolos a entregar el 25% de sus ingresos al Estado para financiar programas contra la desnutrición infantil y de alimentación escolar.
- Implicaciones: Reabriría una actividad cerrada hace más de una década. El gobierno lo plantea como fuente de inversión y recursos fiscales; la medida genera debate por los riesgos de blanqueo de capitales y también se cuestiona que se utilice la desnutrición infantil como argumento para justificar la reapertura de los casinos.
Cuatro de las preguntas plantean reformas constitucionales directas y, por lo tanto, se votarán en referéndum. La de los casinos se resolverá por consulta popular porque requiere una nueva ley, no un cambio constitucional.
Al combinar ambos mecanismos, el gobierno de Noboa pone a votación tanto reformas estructurales al Estado como una medida puntual de política pública.
Únete a la GK Membresía y recibe beneficios como comentar en los contenidos y navegar sin anuncios.
Si ya eres miembro inicia sesión haciendo click aquí.