Garantizar la seguridad interna, “mantener el orden” de las prisiones ecuatorianas y acompañar los procesos de rehabilitación de las personas privadas de la libertad han sido, históricamente, las principales funciones de los agentes de seguridad penitenciaria en las cárceles ecuatorianas. 

Antes del cambio del modelo de gestión penitenciaria, que comenzó en 2011, los agentes eran llamados “guías”. Para organizaciones como la Alianza contra las prisiones —una coalición de colectivos que se formó a partir de la primera masacre carcelaria, en febrero de 2021—aquel cambio no solo fue de forma sino que transformó la lógica de acompañamiento de rehabilitación por una más restrictiva.

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Durante años, los agentes han reclamado mejores condiciones: trabajan en tres turnos para poder abastecer en los centros carcelarios donde hay hacinamiento, pocas garantías de seguridad para su trabajo y las funciones que a diario deben entender. 

En las 36 prisiones del país hay, actualmente, poco más de 1700 agentes.

Estas son las principales funciones de los agentes de seguridad

Los agentes de seguridad, que forman parte del  Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria,  tienen como cuatro funciones, de acuerdo con el Código Orgánico de las Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público (Coescop): 

  • Precautelar, mantener, controlar, restablecer el orden y brindar seguridad en las cárceles. 
  • Garantizar la seguridad, custodia, vigilancia y traslado a las diligencias judiciales de las personas presas y unidades de aseguramiento transitorio. Para los casos de traslados y comparecencias en audiencias, pueden solicitar el apoyo de la Policía Nacional. 
  • Proteger el lugar, preservar los vestigios y elementos materiales de las infracciones –o delitos— cometidos en el interior de las cárceles. 
  • Garantizar la seguridad del personal técnico y administrativo que labora en las prisiones, así como la de los visitantes. 

Formación de agentes, aún una deuda 

Hasta 2021, el déficit de agentes penitenciarios era del 70%. En 2022, según información del Servicio Nacional de Atención Integral para Personas Adultas Privadas de la Libertad y Adolescentes Infractores (SNAI), al menos mil cuatrocientos aspirantes a agentes están 

siendo capacitados para ser incorporados en noviembre de este año. El Servicio, liderado por el general de policía, Pablo Ramírez, se comprometió a concretar la primera Escuela Penitenciaria en Ecuador. 

Pero para los agentes que ya trabajan en el sistema carcelario —varios de ellos, como en Guayaquil, han tenido que custodiar incluso a pabellones con más de seiscientos internos— se necesita mayor capacitación, información y blindaje. 

El reglamento del sistema de rehabilitación, en su artículo 19, establece que la capacitación de los agentes debe ser transversal, atravesada por una formación con enfoque de derechos humanos, prohibición de tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes, género, interculturalidad, intergeneracional, discapacidad, movilidad humana, prevención del delito, seguridad penitenciaria y uso progresivo de la fuerza.

Varios agentes piden también formación en defensa personal. Carlos* (nombre protegido), un agente que trabaja en la Penitenciaría del Litoral, dijo que cuando comenzó a ejercer su oficio en el extinto penal García Moreno, lo que más le impactó fue el hacinamiento, la cantidad de personas presas que allí convivían confinados. En un principio, dijo Carlos, no sabía qué hacer. “Desde aquel tiempo, hasta ahora, te enseñan mucha teoría: sumak kawsay, derechos humanos y algo de mediación, cosas que lamentablemente no se practican en la cárcel cuando ya trabajas ahí. No tenemos una buena formación, sobre todo, en defensa personal. A mí solo me dieron 15 días para hacer prácticas en el penal y no es que haya servido de mucho”. 

Los agentes, para supervisar y mantener el control en las prisiones, también realizan conteos, muchos de ellos no son efectivos por la falta de personal. Carlos decía que es difícil no caer en un error teniendo que custodiar a seiscientas personas. 

Actualmente, ¿qué es lo que hacen —y lo que tienen prohibido hacer— los agentes?

Requisas y revisiones rutinarias

Los agentes penitenciarios, según el reglamento del sistema carcelario, pueden ejecutar requisas, registros e inspecciones a las personas presas y sus celdas, además de requisas en espacios físicos. 

Deben realizarse respetando los derechos humanos de los internos y en cumplimiento del uso progresivo de la fuerza por el “tiempo estrictamente necesario”. Sin embargo, la normativa no especifica cuánto. 

Pueden realizar estos operativos, de forma preventiva, cuando tengan indicios suficientes de la existencia de artículos prohibidos, ilegales o no autorizados. 

Para hacerlos, también estarán presentes miembros de la Policía y personal de la Fiscalía. Pero los agentes también pueden hacer  revisiones rutinarias o preventivas sin la presencia de estos funcionarios. 

Los agentes deben entregar los artículos decomisados a las autoridades competentes (Policía y Fiscalía) para que ingresen a una cadena de custodia. Quienes incumplan con la entrega de información sobre los hallazgos serán sometidos a una sanción administrativa disciplinaria. 

Conteo

Los agentes de seguridad deben encargarse de realizar un conteo, pabellón por pabellón, de las personas privadas de la libertad cuando regresan a sus celdas. También lo pueden hacer de forma rutinaria para detectar cualquier anomalía. 

Tratamientos farmacológicos

Los agentes de seguridad tienen prohibido retirar, destruir, dañar o eliminar tratamientos farmacológicos o medicinas de las personas presas si fueron recetados por un médico de la cárcel. Sin embargo, para los internos es difícil mantener sus tratamientos, pues solo 25 de las 36 cárceles cuentan con un doctor de cabecera para atenderlos. 

Material educativo 

Los agentes no pueden ni deben retirar materiales educativos o didácticos que hayan sido autorizados por la dirección y administración de la prisión. 

Registro de los agentes

Si bien los agentes pueden hacer operativos de registro, ellos también deben someterse a procedimientos de control y registro en las prisiones por parte de sus colegas u policías. 

Prohibición de relaciones con personas presas 

El reglamento prohíbe tanto a los agentes, como a todos los servidores públicos del Sistema Nacional de Rehabilitación Social, vínculos y relaciones sexuales con internos o internas. 

Si existe un vínculo previo matrimonial o de unión de hecho legal, se cumplirán con visitas ordinarias. 

El uso de la fuerza sí puede aplicarse en las cárceles, pero está normado

El Código Orgánico de las Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público establece, además, que el personal del Cuerpo de Seguridad puede aplicar el uso racional, legítimo, proporcional y progresivo de la fuerza, si así se requiere, para el cumplimiento de sus funciones. 

Pero tiene sus condicionamientos. El Reglamento General del Sistema de Rehabilitación Social dice que antes de recurrir a la fuerza, deben aplicar técnicas preventivas como advertencias verbales u otras técnicas de negociación, mediación, persuasión o disuasión. 

El reglamento dice que el empleo de la fuerza debe ser el último recurso. Debe recurrirse a ella solo cuando los otros métodos resultasen ineficaces. “El uso de la fuerza será por el tiempo y en la medida indispensable para mantener la seguridad del centro, restablecer el orden y precautelar los derechos de las personas que se encuentran en los centros de privación de libertad”, establece el reglamento. 

Si el uso de la fuerza causa la muerte de una persona presa, el director del centro carcelario deberá informarlo al Organismo Técnico de Rehabilitación Social, que es el ente supervisor del SNAI y al juez de garantías penitenciarias.

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Karol E. Noroña
Quito, 1994. Periodista y cronista ecuatoriana. Cuenta historias sobre los derechos de las mujeres, los efectos de las redes de delincuencia organizada en el país, el sistema carcelario y la lucha de las familias que buscan sus desaparecidos en el país. Ha escrito en medios tradicionales e independientes, nacionales e internacionales. Segundo lugar del premio Periodistas por tus derechos 2021, de la Unión Europea en Ecuador. Recibió una Mención de Honor de los Premios Eugenio Espejo por su crónica Los hijos invisibles de la coca. Coautora de los libros 'Periferias: Crónicas del Ecuador invisible' y 'Muros: voces anticarcelarias del Ecuador'.
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