En 2018, en  Cuenca, la ciudad más grande del sur del Ecuador, estalló uno de los mayores casos de violación y prenografía infantil conocidos en el país. Un hombre llamado Juan Andrés Vintimilla, alias “El Mangajo”, tiene diez denuncias en su contra y enfrenta siete procesos judiciales según la Fiscalía General del Estado. 

Hasta la fecha, tiene cuatro sentencias condenatorias: dos por violación (una ejecutoriada y la otra en casación, es decir, está tramitándose en la Corte Nacional de Justicia, último tribunal al que puede recurrir), una por pornografía infantil y la cuarta por distribución de material pornográfico de niñas, niños y adolescentes.

Esta es una cronología del caso 

El primer caso comenzó el 4 de junio de 2018, cuando la mamá de una menor de edad denunció ante la Fiscalía General del Estado que “el Mangajo” había abusado sexualmente de su hija, que en aquel entonces tenía 15 años.  

El 26 de junio siguiente, “El Mangajo” fue detenido en un parque de Cuenca, después de que la Fiscalía allanara su domicilio e incautó celulares, computadoras y una tablet, juguetes sexuales, preservativos, pastillas y armas de fuego. El día después, la Fiscalía pidió la prisión preventiva y formuló cargos por violación a una adolescente de 15 años, que habría ocurrido el 24 de mayo de 2018.

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Esta primera denuncia motivó a otra joven a contar lo que le había sucedido, lo que abrió un segundo caso en contra de Vintimilla. Ella tenía 14 años cuando, junto a una amiga, “El Mangajo” las habría llevado desde su colegio a su casa, ubicada en el sector conocido como Puertas del Sol, en Cuenca, donde las habría violado. Según la investigación de la Fiscalía, el delito habría ocurrido el 19 de abril de 2018.

El 9 de marzo de 2019 la jueza Alexandra León llamó a juicio a Juan Andrés Vintimilla, alias “el Mangajo”, en calidad de autor de la violación a una adolescente (del primer caso) y ratificó la orden de prisión en su contra y las medidas de protección a favor la víctima. 

El 6 de junio de ese año, se abrió otra instrucción fiscal, el tercer caso, en contra de Vintimilla. Esa es una derivación del primer caso, porque en el allanamiento hecho en esa investigación se encontró material que, a criterio de la Fiscalía, era ilegal.   Presuntamente, “El Mangajo” habría participado en un delito de pornografía infantil al haber tomado en, mayo de 2018, fotografías de naturaleza sexual a una adolescente de 15 años y luego las habría compartido a través de medios digitales.

En paralelo, el primer caso llegaba a sentencia. El 13 de julio de 2019, la Fiscalía presentó 108 pruebas testimoniales, documentales, periciales y materiales para demostrar la responsabilidad de Vintimilla como autor de la violación de la adolescente de 15 años. Un tribunal de garantías penales de la provincia del Azuay lo sentenció a veintinueve años y cuatro meses de prisión y al pago de 5.000 dólares como reparación integral a la víctima. El sentenciado apeló, pero el 14 de octubre  de 2019, la Sala de Garantías Penales de la Corte Provincial del Azuay acogió los argumentos de la Fiscalía y ratificó la sentencia.

Al mismo tiempo, el 12 de junio de 2019, Vintimilla afrontó el juicio por el segundo caso en su contra. En él, fue procesado por el delito de violación de la adolecente de 14 años. Durante la audiencia de evaluación y preparación de juicio, el juez Alfredo Serrano acogió los elementos de convicción expuestos por la Fiscalía y llamó a juicio a alias “el Mangajo”. Además, ratificó en su contra la medida cautelar de prisión preventiva.

El 12 de julio de 2019, un día antes de ser sentenciado por el primer caso, la Fiscalía reformuló los cargos por lo que se procesaba a “El Mangajo” en el segundo/tercer/caso. Según los artículos 103 y 104 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) la comercialización de pornografía de niñas, niños o adolescentes en actitud sexual será sancionada con pena privativa de libertad de trece a dieciséis años.

El 19 de septiembre de 2019 la Fiscalía abrió una cuarta instrucción fiscal de noventa días en contra de Vintimilla por su presunta responsabilidad en el delito de distribución de material pornográfico a niñas, niños y adolescentes. El juez Guido Chalco, en atención al pedido de la fiscal Alejandra Ledesma, dictó orden de prisión preventiva contra  “El Mangajo”. Además, dispuso tres medidas de protección para la víctima: la prohibición de que el procesado se acerque a la víctima, a testigos y a determinadas personas,  la prohibición de que el procesado realice actos de persecución o de intimidación a la víctima o a miembros del núcleo familiar por sí mismo o a través de terceros, y, el otorgamiento de una boleta de auxilio a favor de la víctima y de los miembros de su núcleo familiar.

El 25 de octubre, el fiscal Fernando Sánchez emitió dictamen acusatorio en contra de Vintimilla. Lo acusó de “fotografiar, grabar y transmitir imágenes con contenido sexual de una adolescente, en concurso real con almacenamiento de pornografía con utilización de niñas y niños”. En la audiencia de evaluación y preparación de juicio, realizada entre el 15 y 25 de octubre, el Juez aceptó el pedido de Fiscalía y llamó al acusado a juicio.

En diciembre de 2019, un tribunal penal del Azuay sentenció a Juan Andrés Vintimilla, “El Mangajo”, a 29 años y 4 meses de privación de libertad y al pago de 5.000 dólares como reparación integral a la víctima del segundo caso. En esta audiencia hubo quince testimonios de testigos y peritos, y cinco pruebas documentales presentadas en la audiencia de juicio, como pruebas del cometimiento del delito y la responsabilidad de alias “el Mangajo” en la agresión sexual a la adolescente de 14 años. En apelación, la Sala de Garantías Penales del Azuay ratificó la sentencia en contra Vintimilla.

El 11 de febrero de 2020, inició la audiencia de juicio por fotografiar, grabar y transmitir imágenes con contenido sexual de una adolescente. En el primer día de audiencia, el fiscal del caso presentó dos testigos: la madre de la víctima y un agente investigador de la Policía. El 18 de febrero, la Fiscalía también acusó a Vintimilla por presunta distribución de material pornográfico a niñas, niños y adolescentes, con base en seis elementos de convicción, entre los que estaban una pericia del material, además la versión de la víctima.

Un mes después, la Fiscalía obtuvo la tercera sentencia condenatoria en contra de Juan Andrés Vintimilla, por distribución de material pornográfico a niñas, niños y adolescentes, delito por el cual fue condenado a tres años de privación de libertad y al pago de 2.500 dólares, para el tratamiento psicológico de la víctima. La Fiscalía demostró que, entre mayo y julio de 2018, que el “Mangajo”. tuvo contacto telefónico con una adolescente de 15 años y le envió videos con contenido sexual.

El 5 de agosto de 2020 la Fiscalía abrió una quinta  instrucción fiscal de noventa días contra el “Mangajo”, por su presunta responsabilidad en el delito de violación contra otra menor de edad. Favio Guaraca, juez de Cuenca, acogió el pedido de Fiscalía y dictó orden de prisión preventiva para el procesado. Según la investigación Juan Andrés Vintimilla, alias el “Mangajo”, entabló una conversación por Facebook con una chica de 16 años para buscar su amistad. En esa red social, le pidió una cita, haciéndose pasar  por un menor de edad, aunque en aquel entonces tenía 33 años. 

Según la Fiscalía, el  21 de junio del 2018, “El Mangajo” habría citado a la menor en un centro comercial y ya en ese lugar se identificó como otra persona.  Además, le enseñó un arma de fuego, obligándola a bajar hasta al parqueadero del lugar, la subió en su vehículo y se la llevó contra su voluntad. “El Mangajo” habría recogido a la víctima en su casa para llevarla hasta su domicilio, donde le obligó a beber una “limonada” con la que ella perdió el conocimiento. Esto se repitió al menos durante un mes. En este tiempo, en varias ocasiones, ella se habría despertado desnuda y sin recuerdos de lo ocurrido.

En diciembre de 2020, la Fiscalía emitió el tercer dictamen acusatorio contra Juan Andrés Vintimilla, por la presunta violación de una adolescente de 16 años. El juez Favio Guaraca acogió el  pedido de Fiscalía y ratificó la prohibición de que el “Mangajo” realice actos de persecución o de intimidación a la víctima o a miembros del núcleo familiar por sí mismo o a través de terceros y ordenó la prohibición de enajenar los bienes de Juan Andrés Vintimilla.

Hoy, 7 de junio de 2021,  el Tribunal de Garantías Penales del Azuay, por voto de mayoría, confirmó el estado de inocencia del Mangajo en el tercer caso,por lo que la fiscal especializada en investigar delitos de Violencia de Género, Alejandra Ledesma, señaló que apelará la sentencia, debido a que dos jueces no valoraron adecuadamente el testimonio de la víctima, que es considerado como prueba fundamental en este caso.