A dos días de las elecciones del 11 de abril, en la que se elegirá al nuevo presidente del Ecuador comenzó el programa Voto en Casa, un programa del Consejo Nacional Electoral (CNE) y el Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades (Conadis) para que adultos mayores con discapacidad puedan participar en el proceso electoral. Según un comunicado del Consejo Nacional Electoral (CNE), cerca de 653 personas se beneficiarán de esta iniciativa. 

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Esta iniciativa, que empezó en 2012, moviliza a funcionarios electorales y miembros de las juntas receptoras del voto a los domicilios de personas con discapacidad física igual o superior al 75 % y que son mayores de 50 años. Según el artículo 111 del Código de la Democracia, el CNE debe garantizar los mecanismos para que las personas con discapacidad puedan ejercer su derecho al sufragio.

Como parte del protocolo de bioseguridad para evitar contagios de covid-19, el CNE ordenó que los miembros de las juntas receptoras del Voto en Casa no ingresen a las casas de los electores. Según el protocolo, después de que el elector haya llenado la papeleta, se guardará en el mismo sobre donde vino y luego las entregarán a alguno de los miembros de la junta electoral. El CNE ordenó que las medidas y protocolos de bioseguridad de esta modalidad de votación se apliquen de forma “obligatoria”.

Para el voto en Casa, el CNE tiene un convenio con la Federación Nacional de Operadoras en Taxis (Fedotaxis) para que los miembros de las juntas se movilicen a las diferentes direcciones. 

Ayer, jueves 8 de abril, las personas privadas de su libertad, sin sentencia condenatoria ejecutoriada, fueron las primeras en ejercer su obligación y derecho al voto. En el proceso electoral participaron 7.862 hombres y 445 mujeres recluidos en 39 centros de privación de libertad en 20 de las 24 provincias del Ecuador. 

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Hoy, viernes 9 de abril, también comienza el silencio electoral. La norma dice que cuarenta y ocho horas antes del día de las elecciones y hasta las 17h00 del día del sufragio, queda prohibida la “difusión publicidad electoral, opiniones o imágenes, en todo tipo de medios de comunicación, que induzcan a los electores sobre una posición o preferencia electoral”.