Este es el enredo político y jurídico en que está el Ecuador: el Vicepresidente —que no tiene funciones desde junio de 2017— está en prisión, y su reemplazo momentáneo es su compañera de partido, María Alejandra Vicuña. Glas, y los pocos amigos que hoy le quedan en el poder —entre ellos las legisladoras Marcela Aguiñaga y Soledad Buendía— creen que el nombramiento, aunque provisional, de Vicuña es inconstitucional, y plantearon una acción constitucional en contra de su designación que un juez rechazó en primera instancia. Glas insiste que él pidió (y se autorizó) las vacaciones pero Johana Pesántez, Secretaria Jurídica de la Presidencia dice que no. A finales de octubre de 2017,  la Contraloría General lo sancionó destituyéndolo de su cargo como vicepresidente por irregularidades en la adjudicación del campo petrolero Singue. Pero por más cantinflesco que esto suena, la decisión de la Contraloría no significa que, en efecto, Glas haya dejado de ser el segundo mandatario, pero tampoco quiere decir que sí lo sea. Todo sucede en Alianza País, el agonizante partido de gobierno, herido de muerte por la fracción total entre quienes se aferran al recuerdo de Rafael Correa y quienes dicen abrazar una nueva forma de ‘revolución ciudadana’, comandada por Lenín Moreno.

El caos es total: juristas y politólogos de toda ralea intentan dar con la explicación precisa al limbo en que está Glas, pero no logran ponerse de acuerdo. Opinólogos de todos los colores creen tener la respuesta al intríngulis legal y constitucional en que está sumido el tablero político del Ecuador, pero no hay opción que no saque a flote nuevas dudas. Si hace una década Rafael Correa pateó el tablero político, Lenín Moreno lo ahogó al atarle el lastre incómodo del futuro de Jorge Glas.

La decisión de la Contraloría lejos de aclarar el panorama, ha traído más confusión. La primera duda que genera es sobre qué tanto poder tiene un Contralor —en este caso, Pablo Celi— para instituir una autoridad electa por votación popular. El artículo 46 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado faculta al organismo a destituir a funcionarios públicos, sin que exista excepción alguna. “No existe una norma específica para la destitución de un Vicepresidente”, dice María Paula Romo, abogada y exasambleísta. Recuerda que en los últimos años, se ha aplicado esta misma norma para destituir a otros dignatarios de elección popular.

En 2016, Cirilo González fue destituido por el Concejo Municipal luego de que la Contraloría señalara responsabilidad en 17 “desviaciones administrativas”.  González era alcalde del cantón Balzar de la provincia del Guayas, y dice que tiene una sentencia que lo restituye como alcalde y que no se ejecuta, según afirma, por presiones de Marcela Aguiñaga. En otro caso, que linda ya con los límites de lo increíble, la Contraloría resolvió tres veces la destitución al Alcalde Manuel Casanova de Quinidé (diciembre de 2014, mayo de 2015 y agosto de 2016), en la provincia de Esmeraldas, e incluso la Fiscalía le formuló cargos por enriquecimiento ilícito. Los concejales se autoconvocaron en noviembre de 2016 para destituirlo acogiendo la resolución de la Contraloría y lo volvieron a hacer en enero de 2017. Quinindé llegó a tener dos alcaldes: Casanova y Ángel Torres, nombrado por la mayoría de concejales. La pugna duró tres años, hasta que en septiembre de 2017, Torres fue posesionado como alcalde encargado y Casanova quedó fuera.

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El caso de Jorge Glas tiene similitudes con los de Casanova y González, pero la ambigüedad de la legislación hace que sea un proceso más complejo y menos claro aún. María Paula Romo cree que la vía para resolver la situación de Glas es la Asamblea Nacional. “Todos coincidimos en que este no es un proceso normal, no está reglado. Haciendo un paralelismo con lo que ha pasado en alcaldías y prefecturas, la Asamblea podría convertirse en ejecutora de la decisión de la Contraloría y votar con mayoría simple una resolución que confirme que el Vicepresidente de la República ha sido destituido”, dice. Por el momento la Asamblea —sumida en la fractura del bloque de Alianza País— no se ha pronunciado, aunque el Contralor Pablo Celi notificó ya de la destitución de Glas a José Serrano, presidente de la Asamblea.

La ruptura interna del Movimiento País es una pieza clave en el enredo: si la mayoría parlamentaria cambia, Glas podría finalmente ser relevado de su cargo por las irregularidades en el Campo Singue —quizás la menor de las acusaciones que pesan sobre el Vicepresidente sin funciones. Un acto casi rutinario podría convertirse en la razón para su muerte política.

La versión corta de la historia es que Glas participó en una adjudicación llena de irregularidades en 2012. Era Ministro Coordinador de Sectores Estratégicos y miembro del Comité de Licitación Hidrocarburífera (COHL), el organismo a cargo de los procesos de licitación petrolera. El campo fue concesionado al consorcio ecuatoriano Dygoil-Gente Oil Ecuador incumpliendo normas precontractuales y de la fase de explotación. La más notoria fue que el 244% de la producción planificada para veinte años se hizo en tres años y el funcionario a cargo de la estimación de producción pasó luego a ser empleado de la petrolera. El nombramiento de la hija del entonces ministro Wilson Pástor como alta ejecutiva de Dygoil 14 días después de la firma del contrato entre el Estado ecuatoriano y Dygoil, también levantó sospechas en la Contraloría pues Pástor fue también responsable de la adjudicación.

El procedimiento de la sanción contra Glas es uno de los recovecos del laberinto. Recorrerlo es recoger estos pasos: la Contraloría hizo un examen especial al proceso entre el 1 de enero de 2011 y el 30 de septiembre de 2016. Revisó los procesos precontractuales, contractuales y de ejecución del contrato suscrito entre el Estado ecuatoriano y Dygoil-Gente Oil Ecuador.  El informe final —hecho público a principios de agosto de 2017—  determinaba la responsabilidad civil y administrativa de cerca de 20 personas, entre ellas, Jorge Glas, Según la Contraloría, había indicios de responsabilidad penal de los involucrados, pero como no es competencia suya dirimir si hay delitos o no, el caso está en manos de la Fiscalía que tiene abierta una indagación previa para determinar si es que, en efecto, hubo algún delito. Menos de dos meses después, la Contraloría resuleve que, efectivamente, Jorge Glas falló en el cumplimiento de sus deberes como funcionario público (era Ministro Coordinador de Sectores Estratégicos, en esa época). Por lo tanto, debía ser destituido de su cargo ministerial (que no ocupa desde noviembre de 2012, un detalle que ahonda la confusión sobre el cargo, destino y suerte del ingeniero Jorge Glas).

El vicepresidente sin funciones se defendió de las alegaciones de la Contraloría: “Llama la atención que se pretenda la destitución del cargo de ministro de Sectores Estratégicos, que dejé en 2012. Su autoridad sabía que la famosa pena de destitución no tendría eficacia jurídica, sin embargo, la dictó. Soy vicepresidente constitucional de la República, el régimen de mi destitución lo estatuye la Constitución de la República”. Su exposición no convenció a la Contraloría, que procedió con la destitución, le impuso una multa de 5 mil 840 dólares y le notificó la medida el 27 de octubre. El mismo día, notificó al Ministerio de Trabajo de la sanción a Glas y el 30 de octubre lo hizo a la Asamblea Nacional. En el documento dirigido a José Serrano, presidente del Parlamento, Celi le pide que en el ejercicio de sus competencias “adopte las decisiones pertinentes”. Con eso, traslada la responsabilidad de ejecutar la destitución a la Asamblea. El caso administrativo se vuelve una potencial causal de juicio político.

La Asamblea no ha dicho nada.

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Qué va a pasar es algo que ni el más diestro de los oráculos podría adivinar. No se sabrá a ciencia cierta hasta que el Ecuador encuentre un consenso político y jurídico. El constitucionalista Rafael Oyarte dijo en una entrevista radial que Jorge Glas es ya un exvicepresidente. “Cuando la Contraloría establece responsabilidades administrativas no distingue, no hay una salvedad para funcionarios electos. Lo único que dice la norma es que en caso de ser un funcionario nominado, quien debe operativizar la destitución, es el órgano nominador”. Puso un ejemplo: si la Contraloría ordenara la destitución de un ministro, quien debería ejecutarla es el Presidente de la República, quien lo nombró. Pero, según su explicación, si es que es una autoridad electa, no tiene un órgano nominador, la destitución es directa. “Y eso ya ha ocurrido”, dice. Recuerda los casos de los alcaldes de Quinindé, Balzar y el prefecto de Orellana, que enfrentaron la destitución con figuras similares a las que se está aplicando a Glas. “En el Ecuador el Contralor es un hombre muy poderoso, tanto que le puede sacar hasta al Presidente de la República. Me puede parecer escandaloso pero es así”.

Con él coincide María Paula Romo. La discusión también se ha centrado en el cargo del que se le destituye a Glas: Ministro Coordinador de Sectores Estratégicos. La destitución aplicada desde el momento en que se dictó la sanción —octubre de 2017— tiene además como consecuencia la prohibición de ejercer cargos públicos durante un período de dos años, lo que significaría que Glas no podría ser vicepresidente, función que tampoco cumple a cabalidad desde que Lenín Moreno le retirara sus funciones, el 3 de agosto de 2017. Hay en Jorge Glas y su cargo una paradoja de tiempo y espacio.

El Contralor Pablo Celi ha dicho que  que a él no le corresponde establecer si Jorge Glas pierde su función como vicepresidente pues según él, “la Contraloría determina la sanción que corresponde a las observaciones encontradas en sus informes” pero no aclara quién debe ejecutarlas. La defensa de Glas, a través de su cuenta de Twitter se pronunció: Jorge Glas es Vicepresidente por mandato popular y la Contraloría no tiene facultades constitucionales para destituir al Vicepresidente, según su abogado, Eduardo Franco Loor.

Frente a los medios de comunicación, Franco citó los artículos 129 y 130 de la Constitución que establecen las causales para destituir a un Vicepresidente: por arrogarse funciones que no le corresponden, por grave conmoción social o política o mediante un juicio político. Esta vía, que fue el primer recurso que intentó usar la oposición —y falló estrepitosamente— reaparece como la vía más efectiva para que Glas deje definitivamente la Vicepresidencia. “Decisión de Contralor es otro elemento para avanzar con juicio político a Vice y destituirlo como tal por estar inhabilitado” tuiteó el asambleísta socialcristiano Luis Fernando Torres. El jefe de bloque de Creo, Roberto Gómez, dijo que las firmas para un segundo intento de llevar a juicio a Glas superan las 60 que se presentaron la primera vez. El martes 7 de noviembre, con 55 firmas, se presentó el pedido de juicio político contra Glas; eso dice mucho de la oposición que suma 63 asambleístas, 8 no firmaron.

La única solución legítima para cortar el nudo político en que se ha convertido la legalidad y constitucionalidad de la permanencia de Glas en el gobierno parece estar en la Asamblea Nacional. Mientras tanto, el país sigue viviendo un situación inédita: su vicepresidente  electo no tiene ni funciones, ni despacho, ni la capacidad real de ejercer el cargo para el que fue elegido, porque está preso, aunque él insista que se ha ido de vacaciones. El fraccionamiento del movimiento que lo llevó al poder por segunda ocasión contribuye también a su debilitamiento. Glas pierde apelaciones, amigos, influencia y poder político. Lo único que parece seguir ganando son acusaciones, y quizás su única esperanza de seguir en el poder es que el enredo que aún lo mantiene en el poder no se desate.