El 10 de julio de 2025, con 80 votos a favor, la Asamblea Nacional aprobó la Ley para el Fortalecimiento de las Áreas Protegidas. Entre los informes de primer y segundo debate y el final, el proyecto tuvo cambios en temas clave como la privatización de estos espacios, la consulta previa, y el tipo de institución que las controlará. Concretamente, el informe aprobado prohíbe la privatización de las áreas protegidas, menciona el respeto a la consulta previa a los pueblos y comunidades indígenas, y especifica que el Servicio Nacional de Áreas Protegidas no será una empresa pública.
La Asamblea Nacional aprueba la #LeyÁreasProtegidas que busca:
— Asamblea Nacional (@AsambleaEcuador) July 10, 2025
☑️Inversión en infraestructura de turismo a través del Servicio Nacional de Áreas Protegidas
☑️Proteger a guardaparques
☑️Combatir delitos como minería ilegal y tráfico de animales.
¡Por nuestro patrimonio natural 🇪🇨 pic.twitter.com/BcFdoyxZUv
A pesar de estos cambios que habían levantado alertas de expertos en Derecho Ambiental y activistas, hay expertos que aún advierten que la puerta a la posible privatización no está totalmente cerrada, que no se habla sobre estudios de impacto ambiental en actividades que se podrán hacer en estos espacios, y que todavía hay disposiciones en la ley que aparentemente no tienen relación directa con las áreas protegidas.
Los especialistas concuerdan que si bien tuvo cambios significativos, para que la ley sea aplicada correctamente y no queden hilos sueltos que afecten a las áreas protegidas, deben involucrar a la sociedad civil en la elaboración del reglamento. Este documento, que detalla cómo se aplicará la ley, debe ser enviado por el presidente Daniel Noboa en máximo 45 días después de su publicación en el Registro Oficial.
Aquí puedes leer las 4 claves del primer informe de la ley para entender mejor los cambios en los artículos de esta, y a continuación el detalle de cómo quedó la ley aprobada:
Los cambios más significativos
Empresa o servicio
En el informe para primer debate decía que el presidente Daniel Noboa creará la empresa pública Servicio Nacional de Áreas Protegidas EP que se encargará de la gestión y servicio de estos espacios.
Ese artículo despertó cuestionamientos de expertos que decían que una empresa pública tiene fines de lucro. Es decir, que no podría regular, controlar o sancionar lo que pase en las áreas, que es algo importante en estos espacios por sus frágiles ecosistemas.
La ley aprobada dice que el Servicio Nacional será un organismo público que podrá regular, controlar y sancionar en las áreas protegidas, bajo el Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica.
Tarsicio Granizo, director de World Wildlife Fund (WWF) en Ecuador, dice que en el reglamento tiene que estar la mención explícita sobre la gestión de las áreas protegidas por parte del Servicio Nacional de Áreas Protegidas, algo que no menciona el artículo en la ley que fue aprobada.
La gestión es el conjunto de acciones, decisiones y estrategias que se aplican para conservar, proteger y usar de manera sostenible los recursos naturales, culturales y de biodiversidad dentro de las áreas protegidas.
Gustavo Redín, abogado ambiental, dice que la ley aprobada no incorporó mecanismos adecuados de salvaguardas y protección a la biodiversidad y la naturaleza para evitar que las actividades que afecten a los animales, plantas y demás especies.
Privatización
Al final del artículo 4 dice que “en ningún caso se permitirá la privatización de las áreas protegidas”, otro tema que también fue cuestionado en la primera versión.
Redín dice que el Servicio Nacional todavía tiene riesgo de ser una empresa pública mediante un decreto y “es ahí donde hay un riesgo sobre privatización, ya que las empresas públicas pueden tener un 49% de participación privada”, explica.
A Granizo también le preocupa la posible privatización y la vulneración de derechos de los pueblos indígenas.
Estos temas, coinciden Granizo y Redín, deberían ser socializados con organizaciones y personas de la sociedad civil para aclarar los diferentes puntos de la ley y no dejar cabos sueltos que podrían ir contra la protección y conservación de las áreas protegidas.
Consulta previa
El último tema que en los informes previos encendió alarmas en expertos y colectivos de derechos humanos fue la omisión del tema de la consulta previa, libre e informada a los pueblos y nacionalidades indígenas. En los informes anteriores, esta consulta se la delegaba a los privados, cuando es una responsabilidad del Estado. El informe anterior también decía que si no llegaban a un acuerdo con las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades, el proyecto igual se ejecutaría.
En la ley aprobada por el Pleno —que aún espera el posible veto del presidente Noboa— se aumentó una disposición que dice que para el desarrollo de los proyectos en las áreas protegidas “considerando que no incluyen actividades de prospección, explotación y comercialización de recursos no renovables” deben garantizarse los numerales 5, 7, 8 y 9 del artículo 57 de la Constitución del Ecuador. Todos hablan sobre la consulta como responsabilidad del Estado, las actividades en estos lugares, entre otros temas similares.
Gustavo Redín dice que si bien es correcto que hayan eliminado los párrafos que considerados inconstitucionales, no se agregaron las obligaciones a la consulta ambiental (que no es la misma que la consulta previa, libre e informada). Este tipo de consulta aplica a todas las personas que se verían afectadas por un proyecto, no únicamente a las que pertenecen a pueblos indígenas.
Otros cambios relevantes de la ley aprobada
En el artículo 2 de los primeros informes se mencionaba que la ley no aplicará a las Islas Galápagos. En el informe aprobado, además de las islas se incluyó los sitios donde viven los pueblos de aislamiento voluntario. Este es un tema que últimamente ha dado de qué hablar, luego de que la fundación evangélica estadounidense Come to the Rainforest anunciara su intención de contactarlos, y el colectivo Yasunidos presentara una acción de amparo para que el Estado cumpla con sus obligaciones de protección a estos pueblos.
A las finalidades de la ley se agregó también que su objetivo es garantizar el desarrollo local y que implementarán mecanismos de gobernanza participativa, respetando los derechos de la naturaleza y los colectivos de pueblos y nacionalidades indígenas.
En las primeras versiones, el Servicio Nacional de Áreas Protegidas era el encargado de crear un fideicomiso para el financiamiento de estos espacios. En el último informe, el encargado es el Ministerio de Ambiente. Granizo opina que si se crea un fideicomiso debe tener un directorio que incluya a varios sectores de la sociedad “para asegurar la transparencia en el manejo de los fondos”.
Granizo explica que una forma de obtener ingresos puede ser el cobro por el alquiler de áreas protegidas para proyectos cinematográficos o eventos, algo que funciona en Costa Rica, siempre y cuando se siga y respete la normativa ambiental.
En la primera versión, se mencionaba que la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas intervendrían en las áreas protegidas que estén amenazadas por grupos criminales. En la ley aprobada, se agregó que esta intervención será “de forma temporal hasta neutralizar la amenaza y reestablecer las condiciones de normalidad” y que será bajo petición del Ministerio de Ambiente.
En el proyecto aprobado se detallaron los objetivos de las actividades que se pueden realizar en las áreas protegidas, algo que no estaba en los primeros informes. Se agregaron 6 objetivos:
- Preservar y conservar los recursos naturales, brindar experiencias seguras y educativas a los visitantes, y promover el desarrollo sostenible
- Preservar la flora, fauna, formaciones geológicas y paisajes únicos tomando en cuenta la importancia de restaurar ecosistemas y proteger las fuentes hídricas
- Brindar una experiencia natural a los visitantes en los centros de interpretación, senderos, áreas de campamento y servicios para turistas, promoviendo la seguridad y buscando minimizar el impacto humano en las áreas protegidas
- Ofrecer programas de educación ambiental para informar a los visitantes sobre la historia natural y cultural del área protegida, y la importancia de su conservación
- Implementar prácticas sostenibles como reducir residuos, usar tecnologías renovables y reducir las emisiones
- Promover la investigación científica autorizada para comprender mejor sus ecosistemas y cómo se ven afectados por el cambio climático y otras influencias humanas
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