La ley de Cultura fue aprobada con 118 artículos y Noboa la vetó de forma total. Ahora, la Asamblea Nacional deberá esperar un año para volver a tratar la reforma de la Ley de Cultura, como ordena el artículo 138 de la Constitución.
Noboa dio dieciocho razones para objetar totalmente esta reforma.
Este veto no solo responde a errores de fondo y forma, sino que también plantea interrogantes sobre la coherencia y viabilidad de las políticas culturales en el país. En este contexto, es fundamental analizar las razones detrás de esta decisión y sus implicaciones para el futuro de la cultura en Ecuador.
El Ejecutivo fundamentó su decisión en dieciocho páginas de preocupaciones y cuestionamientos.
Los motivos del veto de Noboa
La primera es que, alega el Presidente, un proyecto tan importante como este, debe pasar por un proceso exhaustivo de preconsulta con “gestores, artistas y profesionales de la cultura” nacional.
Luego, Noboa realizó una serie de puntualizaciones sobre el Sistema Nacional de Cultura, la integralidad de la reforma y sus fuentes de financiamiento.
Entre los puntos destacados en la reforma que fue vetada, se proponía ampliar las facultades de la Casa de la Cultura Ecuatoriana Benjamín Carrión, permitiéndole crear Empresas Públicas de manera autónoma.
El Ejecutivo argumentó que esta autonomía podría llevar a una falta de control y supervisión sobre el uso de recursos públicos.
Además, la reforma incluía un régimen sancionatorio para infracciones patrimoniales y culturales, lo que generó inquietud sobre la posibilidad de que se implementaran medidas excesivamente punitivas, que podrían afectar la libertad de expresión y la creatividad artística.
Otro aspecto relevante que terminó vetado fue que al menos el 60% del gasto en espectáculos públicos de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (como municipios y prefecturas) estuviera destinado a artistas nacionales, así como el fortalecimiento de la Cinemateca Nacional y la autonomía administrativa del Museo Nacional del Ecuador.
El gobierno consideró que estas medidas, aunque bien intencionadas, podrían limitar la diversidad cultural y la inclusión de artistas internacionales, afectando la calidad y variedad de las ofertas culturales en el país.
Además, la disposición de que se necesitarán permisos de filmación solo en casos de daño ambiental fue vista como una simplificación que podría comprometer la regulación necesaria para proteger el patrimonio cultural y natural.
En conjunto, estas preocupaciones llevaron a Noboa a vetar la reforma, buscando equilibrar el impulso cultural con la necesidad de una gestión responsable y sostenible.
La falta de rigor en la redacción de la ley, evidenciada por al menos 12 artículos con errores de puntuación y redacción, también fue motivo de crítica de Noboa a la Asamblea.
Uno es, por ejemplo, el uso incorrecto del término “Casa de la Cultura del Ecuador”, en lugar del oficial “Casa de la Cultura Ecuatoriana Benjamín Carrión”.
Este error, aunque pueda parecer trivial, tiene profundas implicaciones, ya que varias disposiciones de la ley reformatoria dependen de este término.
El Ejecutivo argumenta que este tipo de errores no solo vulnera la precisión legal, sino que afecta la seguridad jurídica, principio constitucional fundamental que garantiza que las leyes se aplican de manera clara y predecible, protegiendo los derechos de las personas.
En este ámbito, puede determinar el éxito o fracaso de iniciativas de fomento cultural. Además, estos errores tan groseros plantean serias dudas sobre la capacidad de la Asamblea para legislar de manera efectiva en cuestiones tan delicadas.
Impacto fiscal de los incentivos culturales
Otro aspecto relevante del veto es la preocupación del Presidente sobre el impacto fiscal que conllevan los incentivos y estímulos propuestos en la reforma.
Aunque la intención de promover el arte y la cultura es loable, es imperativo considerar las consecuencias económicas de tales medidas.
Los incentivos monetarios y las exoneraciones fiscales, aunque pueden estimular la inversión en el sector cultural, también representan una reducción en los ingresos del Estado, lo cual podría afectar la financiación de otros servicios públicos.
El veto subraya que es fundamental que el Ejecutivo mantenga la facultad para modificar, crear o eliminar tributos, lo que implica que cualquier incentivo debe ser cuidadosamente evaluado en términos de su sostenibilidad fiscal.
Es decir, si es financieramente viable. La creación de un marco normativo que favorezca el arte y la cultura no puede afectar la salud financiera del Estado, y es ahí donde está el delicado equilibrio que debía buscar la reforma a esta ley.
Preocupaciones sobre el patrimonio cultural
La reforma también incluye disposiciones que generan preocupación entre expertos y legisladores.
Un ejemplo es el artículo 41, que establece que los bienes construidos hace más de cincuenta años pasarían a formar parte del patrimonio cultural nacional simplemente por su antigüedad.
Esta medida, aunque busca proteger el patrimonio, carece de un enfoque técnico adecuado.
La crítica de Ana Belén Cordero, candidata a asambleísta nacional, resalta la falta de un inventario que defina qué bienes cumplen con los estándares de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, conocida abreviadamente como Unesco (Unesco) para ser considerados patrimonio cultural.
La inclusión automática de todos los bienes antiguos en el patrimonio cultural podría tener consecuencias significativas.
Cordero advierte que, en Quito, más del 50% de los bienes inmuebles podrían ser afectados por esta normativa.
El costo del mantenimiento de estos bienes patrimoniales podría resultar prohibitivo para muchos propietarios, quienes, ante la imposibilidad de afrontar gastos que duplican o triplican los costos de mantenimiento habitual, podrían optar por abandonar estos inmuebles.
Esto no solo afectaría la preservación del patrimonio cultural, sino que también podría tener repercusiones en el sector inmobiliario, un pilar importante de la economía ecuatoriana, pues representa poco más del 6% del Producto Interno Bruto (PIB).
La Ministra de Cultura, Romina Muñoz Procel, defendió las reformas a ley de cultura. Ella había enfatizado la importancia de esta reforma como una oportunidad para reafirmar el compromiso con la protección del patrimonio cultural y el fomento de la creatividad artística.
Sin embargo, la postura de Muñoz no fue suficiente para que el Presidente no vetara de forma total la reforma.
Aseguró que no todos los bienes construidos antes de 1974 iban a pasar a ser patrimoniales automáticamente, sino sólo aquellos que se considere necesario hacerlo.
En un comunicado subrayó que las casas con 50 años de antigüedad pueden considerarse patrimoniales, siempre y cuando “contengan un valor cultural e histórico que sea menester proteger”.
Aseguró que el proyecto fue socializado con municipios y que busca proteger bienes de arquitectura moderna.
Sin embargo, las alcaldías de Cuenca y Quito lo niegan. Aseveran que no hubo esa consulta, y además, sostienen que el proyecto de ley no explica cómo se van proteger estos nuevos bienes patrimoniales que, solo en Quito son más de ocho mil.
La necesidad de un enfoque integral
El veto del presidente Noboa pone de manifiesto la necesidad de un enfoque más integral y técnico en la formulación de políticas culturales.
La cultura no puede ser vista como un mero conjunto de incentivos fiscales o como una serie de leyes que regulan el patrimonio.
Es primordial que exista un diálogo constante entre los diferentes actores involucrados, incluyendo a artistas, gestores culturales, académicos y legisladores.
Solo a través de una colaboración efectiva se podrá construir un marco normativo que realmente responda a las necesidades del sector, y que garantice la protección y promoción del patrimonio cultural ecuatoriano.
Además, es esencial que se realicen estudios de impacto que evalúen los efectos de cualquier reforma en el sector cultural.
La falta de datos y análisis rigurosos ha sido una constante en la elaboración de políticas en Ecuador, lo que ha llevado a decisiones apresuradas y, en ocasiones, contraproducentes.
La Ley de Cultura: contexto y evolución
La Ley de Cultura en Ecuador, promulgada en 2016, fue un hito en la institucionalización de las políticas culturales en el país.
Su creación fue el resultado de un proceso de debate y consulta con diversos actores del sector.
Esta ley busca no solo proteger el patrimonio cultural, sino también fomentar la creación y difusión de expresiones artísticas diversas, reflejando la riqueza cultural de las diferentes regiones del país.
Uno de los objetivos centrales de esta ley es garantizar el acceso a la cultura como un derecho fundamental.
Esto implica que todos los ciudadanos, independientemente de su origen socioeconómico, tengan la oportunidad de participar en actividades culturales y acceder a bienes culturales.
La ley establece mecanismos para promover la equidad en el acceso a la cultura, considerando la diversidad étnica y cultural de la población ecuatoriana.
La ley también aborda la necesidad de financiamiento para proyectos culturales. Establece directrices sobre la asignación de recursos públicos para el desarrollo de iniciativas culturales, buscando incentivar la inversión en el sector.
Sin embargo, la implementación efectiva de estos financiamientos ha enfrentado desafíos.
Entre ellos, la falta de coordinación entre distintas instituciones gubernamentales y la limitada disponibilidad de recursos en el presupuesto estatal.
A lo largo de los años, la Ley de Cultura ha sido objeto de críticas y propuestas de reforma.
Algunos sectores han señalado que, a pesar de su existencia, las políticas culturales no se han traducido en un apoyo tangible para los artistas y creadores.
Esto ha llevado a un llamado a la revisión de la normativa, con el fin de hacerla más efectiva y adaptarla a las necesidades cambiantes del sector cultural. Especialmente, en la crisis que ha enfrentado Ecuador en los últimos años.
Finalmente, la Ley de Cultura no solo tiene un impacto en el ámbito artístico, sino que también juega un papel crucial en la construcción de la identidad nacional.
Al promover y proteger las diversas manifestaciones culturales del país, la ley contribuye a fortalecer el sentido de pertenencia y la cohesión social.
De esta manera, se busca no solo preservar el patrimonio cultural, sino también enriquecer el diálogo intercultural y fomentar el desarrollo sostenible de la cultura en Ecuador.
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