La participación de las mujeres en política nacional era impensable hasta hace casi un siglo. Fue hasta 1924 que se lo dejó de considerar un derecho reservado solo para hombres y desde entonces, esta presencia se ha ido incrementando, año tras año. A tal punto que para las elecciones 2023, para las candidaturas de presidente y vicepresidente habrá paridad de género; es decir, por cada hombre inscrito, se inscribe una mujer. Sin embargo, las mujeres continúan sin encabezar las listas.
Desde 1920 la realidad comenzó a cambiar, especialmente después de que Matilde Hidalgo, primera médica ecuatoriana, se propuso votar. Tras revisar la Constitución del Ecuador encontró que en esta no se especificaba el género de quienes podían sufragar. Por lo que decidió inscribirse en los registros electorales del cantón Machala, en el litoral ecuatoriano.
Sin embargo, este primer intento de Hidalgo falló después de que no la inscribieran en el padrón por ser mujer. A pesar de la negativa, no se rindió e hizo una consulta al Parlamento y al Honorable Consejo de Estado, que estaba presidido por el ministro de Gobierno de entonces, Francisco Ochoa Ortiz. Años después, el 9 de junio de 1924, Ochoa resolvió que “no hay prohibición legal para que las mujeres se inscriban en los registros electorales y que, por consiguiente, la referida señora debe ser inscrita como lo había solicitado en uso de su derecho”.
En 1925, Matilde Hidalgo fue la primera mujer que pudo votar en elecciones nacionales en Ecuador, así como la primera que lo hizo en América Latina.
Tras este hito, en 1929, en la Constitución del Ecuador se incorporó el voto de las mujeres de forma facultativa. Ese voto se convertiría en obligatorio en 1967; sin embargo, esto no significó que las mujeres de la época pudieran incidir en políticas públicas o llegar al “alcance de un tratamiento equitativo en cuanto a derechos de participación”, según explica la investigación Una Mirada política de Género del Ecuador, del Observatorio Nacional de la Participación Política de la Mujer. Esto porque la participación se limitaba al voto y no a que las mujeres estuvieran en cargos de elección popular o públicos.
La participación en los últimos años
En noviembre de 1980, Ecuador firmó la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw), que fue ratificada en noviembre del 1981. En este documento se establecen las acciones que deben realizar los estados miembros para eliminar la violencia contra las mujeres, así como la promoción de cambios estructurales en todos los niveles: desde conductas, percepciones y actitudes individuales, hasta las prácticas institucionales, así como las estructuras del poder social y económico, como lo explica la página de la Cedaw.
En 1995, Ecuador apuntaló su compromiso con la eliminación de la violencia de género a través de dos hitos. El primero fue que, en ese año, el país se adhirió a la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer de Belém do Para y se unió a la Plataforma de Acción de Beijing —un programa encaminado a crear condiciones necesarias para la potenciación del papel de la mujer en la sociedad. Con la adhesión a ambos convenios, el país se comprometía a luchar contra todo tipo de violencia en contra de las mujeres, incluidas las agresiones por estereotipos— donde se relega a las mujeres a estar en roles domésticos— e incluirlas en las esfera pública, incluyendo la política.
Aunque para 1997, el papel de las mujeres en la sociedad ecuatoriana había mejorado y ya no era inusual ver mujeres abogadas, médicos o profesionales en varias áreas, aún estaban excluidas de la vida política. Un ejemplo de esto fue el caso de Rosalía Arteaga, quien en 1997 fue posesionada como presidenta del Ecuador, después de que Abdalá Bucaram fuera destituido.
Sin embargo, el Congreso de aquel entonces, un día después de la posesión de la Presidenta, creó una figura inexistente en la Constitución con la que sacaron a Arteaga del cargo y pusieron a un hombre —Fabián Alarcón— en el poder, bajo el cargo de presidente interino.
En este contexto, en 1997, se promulgó la primera “Ley de Cuotas” como una medida que buscaba garantizar el derecho al trabajo y la no discriminación en el ámbito laboral. Esto después de que el Congreso Nacional asegurara que “el grado de preparación alcanzado por la mujer ecuatoriana, la capacita para participar en condiciones de igualdad con el hombre, en todas las actividades productivas, contribuyendo cada vez más al engrandecimiento del país”, como lo explica el documento Una Mirada política de Género del Ecuador.
Esta ley también estableció el porcentaje de participación de las mujeres en política, que debía ser de un 20% en espacios públicos como la Función Judicial, los juzgados, notarías y cortes superiores. Además, ese mismo porcentaje debía estar presente cuando se conformarán las listas pluripersonales de elecciones nacionales y seccionales.
Ana Karen Gómez, abogada de la Asociación Mujeres por la Equidad de Género y Autonomía (Mega), explica que aunque en 1997 se expidió esta ley, pasaron siete años para que pueda ser aplicada, por falta de voluntad política.
En el año 2000, el Congreso Nacional decidió reformar este porcentaje: estableció que la participación de las mujeres en cargos públicos debería ser del 30%. Pero eso no fue todo, ya que el Congreso definió otro precedente en los derechos de la mujer ecuatoriana.
En la reforma que se impulsó ese año, se especificó que la participación de las mujeres debería aumentar gradualmente a partir de ese momento y un 5% más en cada elección hasta alcanzar la paridad, como se explica en Una Mirada Política de Género del Ecuador. Además, el Congreso introdujo los principios de alternancia y secuencialidad entre sexos para la conformación de las listas de candidatos. Asimismo, se reguló la sanción en caso de que no se cumpliera la norma: no se oficializaría la candidatura por parte del órgano electoral encargado.
En el 2018, tras el cambio de la Constitución del Ecuador, la Asamblea Nacional promulgó la Ley Orgánica Integral para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres, en todas sus formas —incluyendo la política—, con el fin de enfocar la acción del Estado en la sensibilización y prevención de esta en las esferas públicas y privas.
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