La Corte Constitucional admitió a trámite la demanda del pueblo sarayaku contra el Estado, presentada en noviembre de 2019, por incumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de 2012. “El Estado ecuatoriano no atiende debidamente a las comunidades ecuatorianas” dijo Tupac Viteri, presidente de la comunidad, en una rueda de prensa el 2 de julio de 2020.

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En 1996, el Estado concesionó 135 mil hectáreas de tierra sarayaku a la compañía petrolera argentina CGC para la exploración y explotación de petróleo sin el consentimiento del pueblo indígena. Entre 2002 y 2003, la empresa petrolera abrió caminos, introdujo explosivos y deforestó, destruyendo árboles y plantas de valor sagrado y cultural para la comunidad. En 2003, el caso fue presentado a organismos internacionales de derechos humanos para “proteger la vida e integridad de los miembros del pueblo sarayaku mediante una serie de acciones que el Estado debía implementar”. 

En 2012, la CIDH sentenció al Estado ecuatoriano a neutralizar y desactivar una tonelada y media de pentolita —un explosivo usado por la industria petrolera— enterrada en el territorio sarayaku en un plazo de 3 años. Además, ordenó que si el Estado quería extraer recursos naturales —o tomar cualquier decisión que afecte al pueblo— debía cumplir una consulta previa. 

La sentencia incluía un acto público para reconocer la responsabilidad estatal de los hechos, implementar cursos sobre los estándares nacionales e internacionales en derechos humanos de los pueblos y comunidades indígenas y pagar una compensación económica por los daños. La Corte fijó ese pago en 90 mil dólares por daños materiales, 1,25 millones por daño inmaterial y 58 mil por los gastos del proceso judicial. De esta cantidad, el Estado debía entregar 18 mil al Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) —que presentó el caso ante la corte con los indígenas ecuatorianos—y el resto a la Asociación del Pueblo Sarayaku.

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Ocho años después de la sentencia, ninguna de las disposiciones ha sido acatada por el Estado. Según Viteri, la inacción de las autoridades ha afectado a las 7 comunidades sarayaku —1.200 personas— por décadas. 

Mario Melo, abogado del pueblo, dijo que la sentencia de la CIDH dio “órdenes precisas, claras y concretas” al Estado para que proteja al pueblo. Sin embargo, las autoridades “no han sido capaces de cumplir con sus obligaciones”. Según Melo, acudir a una instancia nacional después de que el más alto tribunal de la región emite una sentencia, “no debería pasar”. Pero decidieron  acudir a la Corte Constitucional para que ratifique que “el Estado está obligado a cumplir con lo que la CIDH sentenció” y que se respeten los derechos de los indígenas ecuatorianos. 

Desde que se dictó la sentencia, el pueblo Sarayaku se ha reunido con las autoridades nacionales para coordinar la reparación de los daños. “Dos gobiernos la han inclumplido, pese a la insistencia”, dijo Melo. El abogado explicó que en 2017 el presidente Lenín Moreno, cuando empezaba su mandato, se comprometió a cumplir la sentencia. Se organizaron reuniones con Ministros, pero nunca se hizo efectivo el compromiso.

El pueblo Sarayaku proclamó a su territorio Kawsak Sacha, que significa Selva Viviente. Esto implica el reconocimiento de que su territorio es “un ser vivo y consciente de quienes interactúan con él”, según el abogado Melo. El territorio “está lastimado por la presencia de explosivos”, dijo Melo. Esos daños se transmiten al pueblo que es parte y dueño de ese territorio. Por eso, aclaró Melo, “la inacción del Estado tiene una trascendencia muy grande”.

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Los sarayaku esperan que el proceso no sea largo. “Las audiencias tienen que ser cuanto antes para que los casos se vayan resolviendo pronto”, dijo Viteri en la rueda de prensa. El abogado Melo espera que se empiece a discutir la consulta previa y su formalización legal que es un tema que calificó de urgente para los pueblos amazónicos. Además de la consulta, para reparar los daños los sarayaku esperan que se retiren los explosivos y que se reconozca la relación especial que tiene el pueblo con su territorio.