Un hombre que estaba recluido en la cárcel El Inca de Quito fue diagnosticado positivo con covid-19, el 11 de abril 2020. Seis días después,  la Ministra de Gobierno, María Paula Romo dijo que el paciente —un agente penitenciario detenido por un delito no especificado— había fallecido en un hospital de Quito. Su muerte reabre un debate sobre el sistema penitenciario ecuatoriano —su hacinamiento, el abuso de la prisión preventiva, la falta de control al interior de sus cárceles— pero, sobre todo, nos recuerda cuán poco importan las ‘personas privadas de libertad’. 

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La emergencia sanitaria que padece el Ecuador ha mostrado las costuras de sus servicios sociales. Los así llamados centros de “rehabilitación social”, no se escapan de ello. Los primeros síntomas se habían visto en los últimos dos años, cuando  el sistema penitenciario del Ecuador atravesó una grave crisis: hubo asesinatos por riñas entre bandas y varias cárceles tuvieron que ser militarizadas. 

La pandemia del covid-19 vuelve a mostrar sus falencias. Según el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI) a febrero de 2020 había un 33.5% de hacinamiento en las 59 cárceles del Ecuador, clasificados en Centros de Rehabilitación Social y Centros de Adolescentes Infractores. El sistema tiene una capacidad para alojar a 29 mil personas pero hay más de 39 mil. 

El alto  hacinamiento carcelario no es nuevo: en 2018, la entonces ministra de Justicia, Rosana Alvarado, decía que en 2007 había llegado a 120%, luego bajado a niveles históricos pero que con la aprobación del Código Orgánico Integral Penal se había disparado hasta el 40%. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publicó en 2013, el Informe sobre el uso de la prisión preventiva en las Américas en el que dice que recibió información sobre Ecuador que altos funcionarios del poder ejecutivo obligaban a los jueces de garantías a aplicar la prisión preventiva en ciertos casos. Según Claudia Alvarado, especialista en derecho penal, en el Ecuador entre el 60 y 63% de la población penitenciaria está ahí cumpliendo prisión preventiva. “Se la ha usado de forma abusiva y excesiva, sin tomar en cuenta que hay otras medidas que se podrían adoptar y que ayudarían a reducir la población penitenciaria”, explica. 

El hacinamiento carcelario es un mal regional. Según una nota publicada en septiembre de 2019 por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) hay en el continente más de un millón y medio de presos. El 58% no tiene una cama. El 20% no tiene acceso a suficiente agua potable. Tan solo el 37% tiene jabón. Agua y jabón son esenciales para prevenir el covid-19. 

El SNAI tiene tres versiones del protocolo Lineamientos y medidas de prevención, contingencia y reacción ante la emergencia sanitaria covid19. En la última actualización del protocolo del 27 de marzo de 2020, entre las medidas que toma el sistema penitenciario están intensificar el control de ingreso a las cárceles, como tomar la temperatura a familiares que hagan visitas, funcionarios administrativos o vigilantes penitenciarios. Las personas que tengan síntomas respiratorios no podrán ingresar, dice el documento.

Rodrigo Henríquez, experto en salud pública, dice que los presos son personas vulnerables a contraer el covid-19 por las condiciones de hacinamiento en las que viven, en especial durante el tiempo en el que están confinadas en sus celdas. Henríquez dice que en el caso de que el virus llegue a las cárceles, y  no sea posible aplicar medidas de aislamiento en celdas individuales, se debe pensar en aislamientos grupales, reubicando a los pacientes en celdas compartidas, y a los sanos separarlos en otras celdas. 

Además, en ese nivel de hacinamiento, Claudia Alvarado dice que el distanciamiento social es muy difícil de cumplir. “En las cárceles no hay una Unidad de Cuidados Intensivos, no hay la infraestructura adecuada ni el personal necesario”, dice. La situación sanitaria hace que en cárceles, por ejemplo, el riesgo de contraer tuberculosis sea entre 10 y 100 veces más alto que en el exterior.  Alvarado dice que “es importante no olvidar a estas personas y proporcionar los recursos adecuados y en especial a presos que tienen enfermedades catastróficas”. Hacinamiento, enfermedades preexistentes y falta de insumos para la higiene: las cárceles del Ecuador —y de América Latina— podrían ser severos focos de infección de la enfermedad causada por el nuevo coronavirus y, también, de muertes. 

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No es un problema desconocido para las autoridades ecuatorianas. El 12 de abril de 2020, la Corte Nacional de Justicia (CNJ) sugirió a las juezas y los jueces del país que apliquen medidas cautelares alternativas a la prisión preventiva para personas detenidas por delitos flagrantes o ancianos, mujeres embarazadas y personas con enfermedades catastróficas. Al descongestionar las prisiones, la propagación del covid-19 en esos centros podría reducirse.

El pedido no se ha hecho solo a nivel local. La Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos pidió a los gobiernos que tomen medidas para proteger la salud y la seguridad de las personas detenidas y frenar la pandemia del covid-19 en las cárceles. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos emitió una resolución para proteger a las personas privadas de la libertad dentro de la pandemia. La abogada Claudia Alvarado dice que si bien las personas detenidas están cumpliendo una pena, su castigo es la privación de libertad y no la privación de otros derechos como el acceso a la salud que el Estado debe garantizarles. Es una pena, no una venganza.

Las medidas cautelares alternativas según el Código Integral Penal (COIP) son cinco formas para asegurar la presencia de la persona que cometió el delito en todo el proceso de investigación y juzgamiento que no implican que una persona entre a una prisión. La experta en derechos humanos de las personas privadas de la libertad, Daniela Oña, dice que la prisión preventiva debería ser la última medida a aplicarse, por propio mandato de la Constitución del Ecuador, pero es la medida que más se usa. Las otras cinco son la prohibición de ausentarse del país, la obligación de presentarse periódicamente ante una autoridad, la aplicación del arresto domiciliario, la colocación del dispositivo de vigilancia electrónica o grillete, y la detención en casos de flagrancia.

Aplicar medidas cautelares alternativas sería una decisión sensata de los jueces en ciertos casos. “Tomando en cuenta que los flagrantes de estos momentos en su mayoría son incumplir el toque de queda”, dice Oña. En el Ecuador hasta el 15 de abril de 2020 había 1220 personas procesadas por no cumplir el toque de queda. De ellas, 403 están en prisión preventiva. La Ministra de Gobierno, María Paula Romo, ha repetido en algunas ruedas de prensa virtuales que en la tercera vez que la persona incumpla el toque de queda, recibirá de uno a tres años de prisión, según la ley. Oña cree que como la pena por infringir el toque de queda es muy baja, no se justifica que se dé prisión preventiva. Además, las personas pueden acogerse a un proceso abreviado, para reducir mucho más la sanción, explica la experta. 

No solo la sustitución de la prisión preventiva es una opción. También hay personas sentenciadas que pueden acceder al beneficio de la prelibertad si cumplen ciertas condiciones, entre ellas, haber cumplido el 60% de su pena. Recurrir a estas medidas puede ser, por supuesto, polémico. “Estamos hablando de dar libertad a personas que han sido sentenciadas pero que muchas de ellas se encuentran en su derecho en poder acceder a beneficios como la  prelibertad”. Daniela Oña explica que los jueces tienen la última palabra, aunque la Defensoría Pública puede sugerirles. “Habrá casos en los que caben las medidas alternativas y en los que no, por ejemplo, en un caso de femicidio”, dice Oña. Pero podrían darse a quienes hayan cometido infracciones de menor gravedad —como incumplir el toque de queda.

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A nivel nacional hay 56 personas sentenciadas por estar en la calle en el toque de queda y 500 personas ya se han beneficiado de las medidas alternativas, según datos de la Fiscalía General del Estado. Oña dice que en vez de la prisión preventiva, se deben imponer las medidas sustitutivas que plantea la CNJ. “Es posible que las personas que estuvieron afuera que incumplieron el toque de queda sean portadores asintomáticos o que todavía no desarrollan síntomas”, dice Oña, “eso podría generar  problemas muchísimo más graves en las cárceles”. En otros países, la situación ya se ha salido de control. En Italia, Brasil y Colombia, los presos han protagonizado motines con decenas de heridos, muertos y saqueos a enfermerías. En el inicio de la pandemia, España aisló a los más de 50 mil presos del sistema penitenciario. En cambio, Irán decretó prisión domiciliaria temporal para 70 mil presos. China informó que más de 500 presos se contagiaron de covid-19.  Las advertencias están hechas.