Ahora, según el artículo 49, se establece el Consejo de Regulación de la Información y Comunicación (Cordicom) tendrá nuevas funciones. El Cordicom estará encargado del Sistema de Comunicación Social. En la antigua Ley de Comunicación solo administraba los mecanismos para el ejercicio del derecho a la comunicación y regular el acceso a la información. Ahora deberá regular la difusión de contenidos en radio, televisión y prensa escrita, definir y monitorear los tipos de contenido adecuados, formular observaciones sobre la distribución equitativa de frecuencias, entre otras atribuciones.

De acuerdo a las reformas al artículo 48, el Cordicom estará conformado por cinco delegados permanentes. Un representante de: el Ejecutivo, de los Consejos Nacionales deIgualdad, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, los Gobiernos Autónomos Descentralizados y del Consejo de la Educación. En la antigua ley, los integrantes del Cordicom eran delegados de: la Función Ejecutiva, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, los Consejos Nacionales de Igualdad, los Gobiernos Autónomos Descentralizados y un representante del Defensor del Pueblo. Ahora, el representante del Defensor del Pueblo fue reemplazado por un miembro del Consejo de Educación.