En la mañana del 14 de agosto de 2019 la Superintendencia de Bancos anunció que “tras los inconvenientes suscitados en el sistema de Banco Pichincha se desplegó un operativo de supervisión y monitoreo”. Dijo que los procesos de control habitual estaban activos en todas las instituciones financieras del país. 

Horas más tarde, en un comunicado difundido en redes sociales oficiales, la superintendenta de Bancos, Ruth Arregui, dijo que el organismo había sido informada de “que el problema técnico del Banco Pichincha será superado en las próximas horas, por lo que se espera que los servicios financieros se normalicen paulatinamente”.  

La Superintendencia de Bancos aseguró en Twitter que tomará las acciones que le faculta la ley, una vez que se determinen las causas de la falla tecnológica. También rechazó los rumores falsos difundidos sobre el caso y recordó que causar pánico financiero está penado por la ley. El artículo 307 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece que “la persona que publique, difunda o divulgue noticias falsas que causen daño a la economía nacional para alterar los precios de bienes o servicios con el fin de beneficiar a un sector, mercado o producto específico será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años”.