PARE DE MENTIRNOS fue la frase —dicha en un correo electrónico por un Capitán de Corbeta de apellido Ortega— que despertó la característica presidencial dominante: su narcisismo. Fue el detonante para activar el mecanismo judicial de protección de derechos constitucionales a favor de Rafael Correa, violando la Ley e, incluso, el sentido común. Es curioso que el Presidente de un país sumergido en una crisis económica tenga el tiempo para leer mails “injuriosos” en su contra, pero lo que más sorprende es que sea capaz de activar el aparataje judicial, tan desgastado de por sí, para vengar su honor. Al más puro estilo de una discusión infantil.

Vamos por partes. Antes de hablar de la afectación a la honra, hay que decir que los correos electrónicos cruzados entre el Presidente y el referido funcionario militar eran privados y no debían ser revelados. La pregunta fundamental aquí es quién lo divulgó. Esa persona, de acuerdo a lo que dispone la Constitución, contravino el derecho a la inviolabilidad de la correspondencia, tanto del Presidente como del capitán Ortega. Hasta ahora, nadie se ha hecho responsable por la filtración.

Los correos electrónicos cruzados entre Ortega y Correa no daban lugar a ninguna acción judicial: era discusión entre dos (desiguales) protegida por el secreto de la correspondencia. Sin embargo, el Presidente ha convertido la rabieta de un oficial (y la suya misma) en un asunto de protección constitucional. Para quienes no hayan seguido el más reciente capítulo de nuestra novela nacional: Ortega fue absuelto (por decirlo de algún modo) por un consejo de disciplina militar después de que el Ministro de Defensa le iniciara una acción por haber faltado el respeto a un superior, el Presidente. Es importante anotar que de acuerdo al artículo 147 de la Constitución corresponde al Presidente de la República ejercer la máxima autoridad de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional. Sin embargo, hay algo que la argumentación de la defensa de los intereses personales y vanidosos presidenciales no ha tomado en cuenta: el Reglamento de Disciplina Militar invocado para pretender sancionar al subordinado rige exclusivamente cuando el militar contraventor se encuentra en servicio. La respuesta a un correo electrónico no constituye un acto de servicio. Más allá de eso: lo más delicado de todo el asunto es es que el aparataje de reconocimiento de derechos constitucionales se haya activado porque el presidente Correa discrepa con uno de sus subalternos.

Este gobierno se ha caracterizado por llevar a la misma conclusión a todos los actos con los cuales el Presidente no está de acuerdo: perseguirlos y doblegarlos por la vía judicial. La acción de protección como tal, es un mecanismo para evitar la violación de derechos fundamentales por parte del Estado. Su existencia nace del artículo 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos, que establece la protección judicial como un derecho humano. Es curioso que a esta institución recurra un un gobierno cuyo partido oficialista se ha pronunciado en varias ocasiones en contra de las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, organismo subsidiario de la Convención. Parecería que los mecanismos de protección de derechos humanos son útiles y legítimos, única y exclusivamente, cuando sirven al interés del oficialismo.

Veamos en detalle el fallo de la señora Jueza que resolvió el pedido del presidente Correa. Lo acepta y declara nula la resolución del Consejo de Disciplina. En su sentencia dice que se vulneró el derecho a la seguridad jurídica (existencia y aplicación de normas jurídicas previas y claras) del artículo 82 de la Constitución, porque el Consejo de Disciplina no considera al Primer Mandatario como parte integrante de los superiores de acuerdo al Reglamento de Disciplina Militar. De hecho el reglamento, no contempla al Presidente de la República, que no tiene grado militar ni antigüedad. En otras palabras, el pedido de Rafael Correa no era únicamente la sanción, sino que buscaba que se lo declare la más alta autoridad militar. Todo para que ningún miembro militar soslaye su honor. Algo no solo jurídicamente aberrante sino bastante autoritario.

Ahora, un nuevo Consejo de Disciplina tendrá la obligación de sancionar a Ortega para alabanza del Presidente y cumplimiento efectivo de sus caprichos. Sin embargo el precedente jurisprudencial, uno de muchos, que deja este exabrupto del poder es realmente dañino para la seguridad jurídica del país. Las Fuerzas Armadas, de un sólo plumazo judicial, han perdido la capacidad de ejercicio de su jurisdicción administrativa. Se ha pisoteado el mecanismo de protección de derechos en el que, todos aquellos que sentimos violentadas nuestras prerrogativas constitucionales, nos amparábamos: el Estado recibiendo una protección que es exclusiva para los ciudadanos es una pésima noticia para la democracia. Solo faltaría que la nueva máxima autoridad militar de la República empiece a vestir un uniforme verde. La pobreza de ideas jurídicas y el autoritarismo van de la mano: muchas violaciones a derechos esenciales se han quedado sin respuesta como los casos de la explotación de Yasuní, la minería indiscriminada en Íntag, entre otros, que han afectado a colectivos marginados, pero cuando el ofendido es el Presidente, ahí no ha quedado piedra judicial que no se remueva: los derechos humanos y sus mecanismos de protección funcionan de acuerdo a la entrañable transparencia de la querida presencia del comandante Rafael Correa.