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Dos asesinatos, dos culpables, una escena del crimen y un motivo sexual, así de simple es para el Ministro del Interior la resolución del caso más mediático del año. El 27 de febrero de 2016 se hizo pública, a través de redes sociales, la petición de búsqueda de Marina Menegazzo y María José Coni, turistas argentinas que habían desaparecido en Montañita, una pequeña (pero internacionalmente conocida) playa ecuatoriana. Asombrosamente, vía twitter, el señor Ministro del Interior, José Serrano Salgado anunciaba —en menos de 24 horas— que había encontrado los cuerpos. Ecuador y Argentina buscaban explicaciones ante un hecho horroroso, por usar el calificativo más ligero. Ante esto y en un afán por evidenciar una justicia rápida, eficaz y eficiente, el mismo Ministro había resuelto el caso y decía —nuevamente vía twitter— que habían aprehendido a los dos autores confesos del asesinato. Los declaró culpables sin un proceso penal previo, todo esto en menos de 48 horas.

Para el ministro Serrano no existen las leyes, ni los procedimientos, menos aún las instancias judiciales. Todo inicia y culmina en él. Sin embargo, sus asesores jurídicos deberían recordarle que el cumplimiento de los derechos y principios constitucionales del debido proceso es imperioso para alcanzar el ideal de justicia. La Constitución dice que el principio de inocencia es inviolable, y que una persona solo puede ser declarada culpable por los jueces competentes. Algo que el mismo presidente Correa reiteró en días posteriores manifestando: los jueces son los únicos que pueden decir que una persona es culpable. La justicia penal no puede observar sus principios sólo en ciertos casos, porque si no, significaría que  no están al servicio de toda la sociedad, sino únicamente a los fines que convienen al ejercicio detectivesco de nuestro criollo Sherlock Holmes.

La historia contada por nuestro Ministro pretendía ser tan simple que pondría a dudar al más ingenuo. El relato pretende aseverar que dos individuos sin otro motivo que la intención violar  a las turistas las asesinaron y conservaron sus pertenencias ensangrentadas. Desde Argentina, los reclamos de los familiares de las víctimas no se hicieron esperar. Nunca reconocieron los cuerpos y dudan de la veracidad de la historia. Afirman que los presuntos asesinos no son individuos que frecuentarían Marina y María José durante sus viajes. La idea del asesino confeso —y acomodado a la historia— presentada por el señor Serrano pretende tirar abajo años de evolución normativa. El fin del derecho penal es comprobar hechos mediante la investigación científica, más allá del simple relato, por una sóla razón: las personas pueden mentir, la ciencia no.

Existen una variedad de diligencias procesales tendientes a dilucidar la verdad de los hechos que sucedieron entre el 24 y el 26 de febrero de 2016. Al encontrarse el proceso en una etapa judicial se entiende que es público de acuerdo a lo consagrado en la Constitución de la República y el Código Orgánico Integral Penal. Hasta el día de hoy el Ministro Serrano no ha manifestado públicamente la práctica de ninguna prueba científica a los cuerpos, sin embargo los individuos ya han sido condenados, con el descontento de los familiares de las víctimas. Aun así el señor Serrano no ha hecho eco de ningún tipo de aseveración científica que permita comprobar su historia. Esto genera aun más dudas con respecto a si dichas evidencias científicas se practicaron o no, talvez sus resultados sean contrarios a la historia simple de Serrano. No sé ha contado, hasta ahora, de la existencia de un examen de DNA que permita establecer que los cuerpos encontrados en realidad corresponden a Marina y María José, a pesar de estar sus familiares aquí con quienes se puede contrastar la muestra. Tampoco ha manifestado el señor Ministro si existe examen de DNA que permita evidenciar científicamente que las manchas de sangre encontrada en la vivienda de propiedad de uno de los detenidos es compatible científicamente con la de las mendocinas. Asimismo se encontró el teléfono celular de Marina a pocos metros del lugar, sin saber hasta ahora cuáles fueron sus últimas comunicaciones. 

No ha informado, el señor Ministro, si se ha practicado un examen psicológico a los detenidos que permita entender su accionar y catalogarlos de acuerdo a su propensión a cometer actos violentos. Todas estas son prácticas procesales necesarias para el correcto ejercicio de la acción penal. De otro modo la práctica judicial se convierte en una cacería de brujas, carente de legitimidad, en fin, un bochorno internacional.

La actuación de José Serrano y la celeridad de su resolución evidencia muchos errores en el ejercicio práctico de la jurisdicción penal, producto de la injerencia del ejecutivo en el Poder Judicial. El debido proceso consagrado en los artículos 75, 76, 77 y 169 de la Constitución de la República es pisoteado por las propias autoridades, que toman actitudes políticas, subjetivas que decantan en señalamientos ilegales e ilógicos. Prácticas como estas impiden a la sociedad de confiar en la justicia. Pocos entenderán que el ejercicio del poder sancionador penal del Estado está al servicio de intereses particulares, que atropellan los derechos de los ciudadanos.

La apresurada sentencia dictada por el Ministro ha convertido a este proceso judicial en un ir y venir de incoherencias y dudas. Definitivamente hay más dudas ahora que cuando Marina y María José desaparecieron. Los procesados han cambiado varias veces de declaración, provocando la desconfianza de varios sectores sociales que propugnan por una justicia ágil pero no acomodada. Él mismo Ministro “justiciero” ha tratado de justificar su accionar ágil manifestando en la misma red social que la mayoría de asesinatos se resuelven en los primeros siete días. Olvidando esta vez mencionar que, de acuerdo a sus propias cifras,  únicamente el 67% de los casos, como estos, se resuelven

Asistimos a una época de desarrollo jurídico y normativo a partir de los requerimientos de colectivos sociales. No podemos volver a los tiempo del justiciero local, aquel que pretende resolver los procesos judiciales de forma subjetiva y a su antojo. Al final del día, a más de hacer justicia, los familiares de las víctimas merecen saber la verdad. La Corte Interamericana de Derechos Humanos, así lo ha manifestado en reiteradas ocasiones: la justicia tiene como componente esencial el derecho de las familias a conocer la verdad sobre lo que sucedió con sus seres queridos. 

El ejercicio de la investigación preprocesal y procesal penal de acción pública corresponde a la Fiscalía General del Estado por norma constitucional. Las violaciones constitucionales que se evidencian con la irrupción del ejecutivo en la justicia ocasionan que casos emblemáticos, como el de María José y Marina, sean manipulados y conviertan la labor judicial en una suerte de plataforma política. Por eso, desde distintos espacios, es deber de todos los ciudadanos decir no a la intervención del ejecutivo en la justicia y sí al respeto de los procedimientos legales establecidos. Sólo así lograremos, tal cual reza el famoso slogan,: hacer de la justicia una práctica diaria.

Bajada

¿Es la Policía Nacional, a cargo del Ministro del Interior, tan efectiva como para resolver el crimen más mediático del año en 48 horas?

fuente

Fotografía de Agencia de Noticias ANDES bajo licencia CC BY-SA 2.0. Sin cambios.