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¿Nos estamos convirtiendo en un país adicto a demandar?

El fin del mundial Brasil 2014 marcó el inicio de otro juego, afuera de las canchas, para la Federación Ecuatoriana de Futbol (FEF). Empezó cuando dirigentes de clubes y ciudadanos en redes sociales solicitaron cuentas claras al presidente de la FEF, Luis Chiriboga. El organismo anunció posibles demandas contra Rodrigo Paz, dirigente de Liga Deportiva Universitaria de Quito (LDU-Q), y ciento veintidós tuiteros  acusados de difamación. La reacción fue de indignación general, y pronto desembocó en humor y sarcasmo. El hashtag #DemándameChiriboga fue tendencia en Twitter y no pasó mucho tiempo hasta que la FEF comunicara que no tomaría acciones contra las críticas en redes sociales. Al parecer, triunfaron los tuiteros. Pero no es la primera vez que vemos a alguien pretendiendo judicializar la opinión pública en los últimos años.

Demandar tuiteros es posible, pero no siempre recomendable. Las redes sociales no son ni deben ser sinónimo de impunidad, pero sí un espacio de libre expresión donde la opinión personal de los ciudadanos sea de fácil acceso. Por su naturaleza, basada en la circulación de ideas, pueden influir en el resultado de un caso, en la imagen de una figura pública e incluso en la dirección que pueda tomar una campaña electoral.

No es lo mismo una demanda por injurias a un tuitero que a un periodista o un medio de comunicación, a quienes un individuo no siente precisamente cercanos a su condición. Al contrario, criminalizar a un usuario de redes sociales puede agudizar la crítica y crear “espíritu de cuerpo” en el resto de las personas, pues probablemente tienen también cuentas donde se sienten libres de escribir lo que les venga en gana sin correr el riesgo de irse presos por ello. Y la opinión pública pesa, como demostró el reciente caso de la “Afiliación Voluntaria Obligatoria” al IESS, cuando el rechazo popular llevó a la institución a derogarla,  y a su director, Fernando Cordero, a renunciar.

Hay que saber diferenciar una opinión o crítica –por dura, hilarante u ofensiva que fuere– de una amenaza de agresión o de otras publicaciones en redes que sí constituyen delitos. Pero la mayoría de tuits críticos sobre los últimos dieciséis años de la FEF son opiniones que un personaje público como Chiriboga debería tolerar. Según el experto en derechos fundamentales Miguel Carbonell, la libertad de expresión es una “condición necesaria para que en un determinado país pueda decirse que existe democracia”. Poder hablar sin miedo permite la creación de la opinión pública, la libre discusión y la depuración de ideas, que es lo contrario a que una ideología o visión sea impuesta por medio de la ley.

En cierta forma, la libertad de expresión permite que el juego democrático fluya, para que el partido en el que se enfrentan ideas contrarias se vuelva “de ida y vuelta”, alegre y con muchos goles en ambos arcos.

Más allá de las cuentas de la FEF y el desempeño de la selección en el mundial, la verdadera discusión en el caso #DemándameChiriboga es la de la judicialización de la opinión, una práctica que se ha vuelto común en los últimos años. Casi cualquier discusión puede terminar con una investigación penal, pues en la ley vigente siempre se podrá encontrar un delito o contravención que se acomode a la circunstancia.

 

El Derecho Penal es la única rama jurídica  que puede sancionar con la privación de la libertad, y solo debe ser utilizado cuando no es posible otra solución. Pero hoy se ha expandido al punto de llenarse de delitos “bagatela”. El diálogo pierde terreno como forma de solucionar los conflictos cuando desde el poder se plantea “arreglar” la sociedad de manera coercitiva, con correazos en lugar de incentivos. Todo se puede demandar, pero no toda demanda llega a buen fin, así como todos los que hemos pateado una pelota no somos futbolistas. Sin embargo, en los últimos años, algunos procesos judiciales inverosímiles han resultado exitosos.

 

Los tuiteros amenazados tuvieron a su favor los precedentes jurisprudenciales del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, donde los casos Herrera Ulloa vs Costa Rica, Kimel vs. Argentina y Canese vs. Paraguay terminaron con fallos a favor de periodistas de investigación condenados en sus países por supuestas difamaciones a personajes públicos en sus reportajes.

 

Que un país goce de libre expresión y prohibición de censura no quiere decir que no pueda haber reglas para su ejercicio, pero estas deben ser tales que la libertad siga teniendo sentido. La única uniformidad posible es el silencio, y el silencio está bien para los cementerios. Entre los vivos es buena la pluralidad de pensamiento.

 

Un país democrático debe saber tolerar las críticas y desacuerdos de todo tipo, tanto en el fútbol como en la política. Es peligroso pretender la unanimidad de criterios por medio de la ley. No vaya a ser que una opinión judicializada haga que nuestra libertad de expresión sea eliminada, como la selección, con un gol de último minuto.