La Ley de Integridad Pública está vigente desde el 26 de junio de 2025. Más allá de los artículos controvertidos y las críticas porque no cumple los requisitos para ser una  ley económica urgente, contiene disposiciones transitorias. Estas son cláusulas temporales que regulan la aplicación de la nueva ley y buscan asegurar una transición ordenada.

Aunque esta ley fue presentada con el objetivo de fortalecer la contratación pública, su contenido abarca temas variados como remisiones tributarias, uso de radares para el control de velocidad, evaluación de funcionarios públicos y creación de una Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria.

Aquí te explicamos cuatro disposiciones clave:

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1. De cooperativas a bancos 

La Ley de Integridad Pública dispuso la creación de la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria. Antes existían por separado: una Junta de Política de Regulación Financiera y otra Junta de Política de Regulación Monetaria. 

Esta nueva entidad, adscrita al Ejecutivo y conformada por cinco miembros designados por la Asamblea Nacional, tendrá entre sus atribuciones nombrar al gerente general del Banco Central del Ecuador y presentar al Presidente de la República propuestas de modificación de la legislación financiera, monetaria, crediticia, de valores, seguros y servicios de atención integral de salud prepagada. 

Además, la ley le asigna otra función: en un plazo de 90 días desde su conformación, la Junta deberá identificar a las cooperativas de ahorro y crédito que deberán transformarse en bancos. 

La decisión de la Junta debe basarse en un análisis que determine que la cooperativa no provoque un fallo al sistema financiero —a esto se le llama riesgo sistémico

Según la ley, el objetivo de esta medida es “proteger los ahorros de los ciudadanos” y garantizar la estabilidad del sistema financiero. 

La Asociación de Organismos de Integración del Sector Financiero Popular y Solidario (Asofipse) rechazó esta disposición transitoria. Asofipse, que es la entidad máxima de representación del sector cooperativo de ahorro y crédito, dijo que las cooperativas ofrecen “servicios financieros con inclusión y solidaridad”

Una cooperativa se diferencia de un banco porque no tiene  fines de lucro y sus socios son dueños y usuarios; un banco es una entidad, pública o privada con fines de lucro y sus propietarios son los accionistas (mira más en el cuadro).

Cristina Castro, experta en finanzas, dice que los análisis para que cooperativas pasen a ser bancos deberán basarse en el valor del patrimonio, la cobertura y las provisiones

El patrimonio son los activos netos que tiene la cooperativa, es decir, lo que tiene menos lo que debe. La cobertura evalúa el alcance y número de usuarios o socios. Y las provisiones son reservas de dinero que la cooperativa aparta para cubrir posibles pérdidas. 

El presidente de la Asociación de Instituciones de Microfinanzas, Patricio Chanabá, dijo en una entrevista en Ecuavisa que esta disposición de la ley responde a la preocupación del Fondo Monetario Internacional (FMI) frente a la falta regulación de las cooperativas.

Antes, las cooperativas y los bancos estaban controlados por la misma norma y la Superintendencia de Bancos, y se aplicaban las mismas regulaciones y la calidad de supervisión. Se les exigía metodologías para la administración del riesgo de crédito, especialmente en microcrédito y consumo. Desde 2014, con el Código Monetario, las cooperativas no tienen esa exigencia, dijo Chanabá. 

La metodología, por ejemplo, incluía las herramientas que usan las entidades financieras para evaluar, monitorear y mitigar el riesgo de que una persona o empresa no pague un crédito.

2. Condonaciones tributarias

Una disposición transitoria de la ley dispuso que los contribuyentes puedan obtener una condonación del 100% de intereses, multas, costes y recargos si pagan el capital pendiente de sus obligaciones tributarias hasta el 31 de diciembre de 2025.

Las obligaciones tributarias incluyen IVA, impuesto a la renta, salida de divisas.

Esta disposición aplica únicamente a impuestos administrados por el Servicio de Rentas Internas (SRI), cuyo hecho generador —en el IVA, por ejemplo, el hecho generador se da cuando se vende un bien o se presta un servicio gravado— haya ocurrido hasta el 31 de diciembre de 2024

Es decir, si una persona o empresa debe impuestos de años anteriores, en 2022 y 2023, puede pagar solo el capital y quedar libre de intereses y sanciones.

Por ejemplo, si una empresa debe al SRI 10.000 dólares, pero con intereses y multas la deuda sube a 16.000,  con la remisión tributaria, el Estado podría perdonar los 6.000 de intereses y multas. 

Condonaciones del SRI entre las disposiciones transitorias de la Ley de Integridad Pública

Con la nueva ley habrá remisión triburaria, es decir, los contribuyentes no tendrá que pagar multas e intereses. Captura de la pantalla de la páginad el SRI.

Si el usuario ya pagó antes de la ley un monto equivalente al capital, también se condonan los valores adicionales —intereses, multas. Si pagó más allá del capital, ese excedente no se considera pago indebido, por lo tanto no es reembolsable.

Esta remisión no aplica al impuesto a la renta del 2024.

El 28 de junio de 2025, el SRI emitió una resolución para establecer los lineamientos para aplicar esta condonación que busca “aliviar la carga económica a cerca de 82.000 contribuyentes que mantienen obligaciones tributarias pendientes”. 

En su mayoría, dijo el SRI, son pequeños y medianos contribuyentes. El SRI espera recaudar más de 100 millones de dólares con esta medida.

“Con esta medida buscamos dar un respiro económico a miles de ecuatorianos que, por desconocimiento o falta de liquidez, no pudieron acogerse a la remisión anterior”, dijo Damián Larco, director general del SRI. 

En este momento ya se puede acceder al pago de declaraciones pendientes, sin intereses, multas ni recargos, ingresando con usuario y clave a este link. Se deberá seleccionar la obligación tributaria que se va a declarar, responder las preguntas que el sistema pide, generar la declaración y realizar el pago. 

3. La primera evaluación a funcionarios no tendrá sanción

La ley dispuso que los funcionarios del Estado serán evaluados cada seis meses, y el resultado de la prueba tendrá un efecto directo en la estabilidad, el ascenso, la permanencia en el cargo o la posible desvinculación. 

Las evaluaciones serán obligatorias para todos los servidores públicos. 

La encargada de hacerlas será la Unidad de Talento Humano de cada institución pública, bajo el seguimiento del Ministerio del Trabajo. Medirán cumplimiento de metas, calidad del trabajo, conducta institucional, eficiencia, responsabilidad, entre otras funciones. 

Entre las calificaciones hay: 

  • Insuficiente:
    El servidor será destituido, previo sumario administrativo que debe iniciarse dentro de los 5 días posteriores a la notificación del resultado.
  • Regular:
    Reevaluación en 3 meses.
    Si se mantiene o baja la calificación, se procede a la destitución.
  • Satisfactorio:
    Acceso a programas de formación.
  • Muy bueno o excelente:
    Tiene prioridad en ascensos, promociones, recategorización, reconocimientos. 

En caso de destitución, el empleado no recibirá indemnización. 

Mientras que la disposición transitoria de la ley dice que en un plazo máximo de 90 días desde que entró en vigencia, el Ministerio del Trabajo deberá empezar un proceso nacional de evaluación de desempeño para todos los servidores públicos, de acuerdo con el nuevo modelo definido en la ley.

Este primer proceso no tendrá sanciones. Según el texto, la finalidad será servir como línea base para ajustar los estándares institucionales y preparar la implementación completa del sistema de evaluaciones en el futuro.

4. Sin multas 180 días: radares preventivos

Desde el 26 de junio de 2025, y durante los próximos 180 días, los radares que controlan la velocidad en Ecuador serán solo de uso preventivo, es decir, no aplicarán multas. 

Durante ese lapso, la entidad responsable del tránsito “deberá verificar y revisar las acreditaciones nacionales de los laboratorios encargados de calibrar los radares y otros dispositivos tecnológicos que detectan y sancionan infracciones”. 

Deberán cumplir por lo menos con los estándares de calidad emitidos por el Servicio de Acreditación Ecuatoriano (SAE) y Servicio Ecuatoriano de Normalización (INEN), como xx. 

Mientras dura este proceso, las sanciones, notificaciones y registros emitidos por los radares no tendrán validez legal ni efectos económicos. 

Además, la ley hizo una reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial:  Establece que los municipios u otras entidades públicas solo podrán pagar por los equipos, su mantenimiento y su puesta en marcha, y no podrán firmar acuerdos donde la empresa reciba un porcentaje de lo recaudado por sanciones —esto ocurría hasta ahora.

 La medida busca evitar incentivos perversos, proteger los recursos públicos y prevenir actos que atenten contra la integridad institucional.

Emerson Rubio Gk
Emerson Rubio
Reportero y editor en GK. Periodista especializado en crónicas. Máster en Edición, Producción y Nuevas Tecnologías. Ha publicado en medios nacionales e internacionales como Crónica, El Mundo. Cubre temas políticos, LGBTIQ.
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