El 21 de diciembre de 2023, con 125 votos afirmativos la Asamblea Nacional aprobó, en segundo debate, la reforma constitucional parcial al artículo 158 de la Constitución de la República “que permite que las Fuerzas Armadas (FF.AA.) brinden apoyo complementario a la Policía Nacional”. Esto con el objetivo de combatir la crisis de inseguridad que atraviesa el país.

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El artículo 158 de la Constitución dice que la misión fundamental de las Fuerzas Armadas es la defensa de la soberanía y la integridad territorial, mientras que la protección interna y el mantenimiento del orden público “son funciones privativas del Estado y responsabilidad de la Policía Nacional”.

La reforma aprobada en Asamblea es una herramienta que le permitirá al presidente “usar otros recursos del Estado para defender a cada uno de los ecuatorianos y combatir la crisis de inseguridad que atraviesa el país”, según dijo el asambleísta y presidente de la Comisión Ocasional de Enmiendas y Reformas Constitucionales, Otto Vera, en el pleno. 

Ximena Ron, abogada constitucionalista, le dijo a GK que esta medida es necesaria en este momento para combatir el crimen organizado, pero se debe precautelar “que no haya vulneraciones de derechos humanos”. 

Según la Constitución, una vez que el legislativo aprueba el proyecto de reforma constitucional, este pasa a la Corte Constitucional para que haga “un análisis de forma”, explica Ron y compruebe que todo está en orden. Para esto la Corte tiene un plazo de 20 días. Luego del dictamen favorable de la Corte, el Consejo Nacional Electoral (CNE) tiene 45 días para llamar a referéndum. 

Si la reforma es aprobada por la ciudadanía en el referéndum, dentro de los siete días siguientes, el CNE dispondrá su publicación

Qué implica la reforma 

La reforma aprobada por Asamblea, según su comunicado, establece que las funciones de coordinación entre las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional “serán subordinadas a las disposiciones” del presidente, y se dirigirán a los delitos de

  • Narcotráfico
  • Lavado de activos
  • Tráfico de armas y de personas 
  • Terrorismo
  • Minería ilegal
  • Extorsión e intimidación y 
  • Delincuencia organizada

El comunicado también explica que el apoyo podrá darse también cuando “exista grave conmoción interna en el sistema penitenciario”.

Ximena Ron explica que es necesario que cada uno de los delitos sea descrito específicamente para que el uso del apoyo de las Fuerzas Armadas a la Policía Nacional “sea extraordinario, es decir, no puede convertirse en un apoyo normalizado”, dice la abogada. De esa forma no habrá “interpretaciones extensivas” y se garantizarán los derechos humanos. 

Cómo se activaría el apoyo complementario 

Si el referéndum es favorable y se reforma la Constitución incluyendo el apoyo complementario de las Fuerzas Armadas a la Policía Nacional, este  se activaría siguiendo una serie de pasos. Primero el Comandante General de Policía deberá enviar al Presidente una solicitud de apoyo “complementario y subsidiario» de las Fuerzas Armadas. En este informe debe estar detallado el contexto y coyuntura que haga posible solicitar el apoyo, dice Ron. 

Luego, el Presidente, al recibir la solicitud, deberá convocar al Consejo Nacional de Seguridad Pública y del Estado para elaborar un informe y establecer “la pertinencia, casos y el ámbito de actuación”, según el comunicado de la Asamblea. Es decir, la necesidad de intervención de las Fuerzas Armadas y dónde brindarán apoyo. 

Finalmente, basado en el informe, el Ejecutivo deberá suscribir un decreto en el que disponga del apoyo. Este decreto deberá estar en concordancia a los principios de excepcionalidad, proporcionalidad y razonabilidad. Al igual que a los estándares internacionales de derechos humanos de “extraordinariedad, complementariedad, fiscalización y regulación” que correspondan. 

Emilia Paz Y Mino 150x150
Emilia Paz y Miño
Periodista y fotógrafa. Cubre temas de medio ambiente. También le interesan temas de género y derechos humanos.
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