Hoy, la Corte Constitucional admitió una acción de protección a favor de una anciana que habría sido engañada y desalojada de su casa por un sacerdote en Cuenca, la capital de la provincia de Azuay, al sur del Ecuador. En mayo de 2013, María Ángela Carabajo, una adulta mayor con 54% de discapacidad física y visual, habría sido engañada por el sacerdote Ángelo Lobato y despojada de su casa.

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Según Kuska, el estudio jurídico que asumió gratuitamente la defensa de Carabajo, la medida de acción de protección a favor de Carabajo se inició porque hubo una “vulneración a sus derechos fundamentales a la propiedad, una vida y vivienda digna”. 

Una acción de protección es, según la Constitución del Ecuador, un proceso judicial que busca el pleno amparo de los derechos reconocidos constitucionalmente. Puede interponerse cuando “exista una vulneración de derechos constitucionales, por actos u omisiones de cualquier autoridad pública no judicial”, o “ cuando la violación proceda de una persona particular, si la violación del derecho provoca daño grave, si presta servicios públicos impropios”, según la norma constitucional. 

La Corte Constitucional decidió admitir el proceso de acción de protección, principalmente, por dos motivos. El primero, es que se trata de un caso “de una mujer adulta mayor con discapacidad que está bajo circunstancias que la ponen en condición de extrema vulnerabilidad y que requiere de atención prioritaria”.

En segundo lugar, la Corte dijo que el caso es novedoso, porque podría llevarla a analizar y fallar si existió vulneración de derechos a la propiedad y vivienda. Al conocer —y eventualmente resolver el caso—, la Corte desarrollará estándares para que, en casos de transferencias de escritura, los notarios examinen la capacidad legal de los otorgantes, especialmente cuando se trata de personas adultas mayores. 

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En 2013, Carabajo, quien entonces tenía 76 años, tuvo un accidente. Como consecuencia, la mujer tuvo que dejar de trabajar y cuidar sus tierras ubicadas en la parroquia rural de Sinincay. Entonces, le pidió ayuda al sacerdote, que pertenece a la congregación católica de los Salesianos de don Bosco. El religioso le habría prometido que iba a buscar a alguien que pudiera cuidarle el terreno.

El sacerdote Lobato visitaba a la anciana frecuentemente y le llevaba víveres. Según  Carabajo, en mayo de 2013, el sacerdote le pidió que le entregara las escrituras de su terreno, como requisito para continuar ayudándola. La mujer aseguró que fue inducida por el sacerdote Lobato para que le entregara los documentos. La anciana dijo que “no tuvo nunca idea de qué era lo que estaban realizando”.  El valor por el que se habría enajenado el inmueble sería de nueve mil dólares. 

Desde entonces, el cura desapareció y dejó de ayudarla. Cuando la anciana se recuperó y regresó a su propiedad, esta ya estaba ocupada por otras personas. No le dejaron entrar y Carabajo fue obligada a abandonar el lugar. A partir de ese momento, la mujer quedó en la calle y tuvo que dedicarse a la mendicidad para sobrevivir. 

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En 2016 se presentó una denuncia por el delito de estafa. El sacerdote compareció al proceso pero se acogió al derecho al silencio. El proceso fue archivado porque  supuestamente no había elementos acusatorios suficientes. El caso resurgió en febrero de 2020, cuando Ángela solicitó otra acción de protección en el Complejo Judicial del Azuay. La audiencia se llevó a cabo el 18 de febrero. Sin embargo, seis días después, el 24 de febrero, el Tribunal conformado por los jueces Patricia Inga, Pedro Ordóñez y Carlos Tamariz, desechó el caso. Ante esto, la mujer decidió recurrir a la Corte Constitucional.