La Ley de Emprendimiento e Innovación creó el Consejo Nacional para el Emprendimiento y el Registro Nacional de Emprendedores. Además, añadió una figura societaria a la legislación: las Sociedades por Acciones Simplificadas (S.A.S).

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El Consejo Nacional para el Emprendimiento e Innovación (Conein) será un organismo que se reunirá bimestralmente para plantear resoluciones que promuevan el emprendimiento e innovación del país, a través de la coordinación interinstitucional, las alianzas público-privada y la academia. 

Estará conformado por delegados de la Presidencia de la República, el Ministerio de Producción, el Ministerio de Economía y Finanzas, la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, el Comité Interinstitucional de la Economía Popular y Solidaria, el Consorcio de Gobiernos Autónomos Provinciales, Asociación de Municipalidades del Ecuador, el Consejo Consultivo del Emprendimiento e Innovación, las Cámaras de Producción, y representantes de Universidades, Escuelas Politécnicas e Institutos de Educación Superior públicos y privados. 

La ley establece, además, que el Conein se complementará con una secretaría técnica que dará seguimiento a las resoluciones que emitidas el Consejo. Esta institución estará encargada, también, de crear una Guía Nacional de Emprendimiento que provea información relevante y que será actualizada semestralmente. 

El Conein también contará con el apoyo de un Consejo Consultivo de Emprendimiento e Innovación, que se encargará del seguimiento de las políticas públicas que afecten al emprendimiento e innovación. El Consejo estará integrado por representantes de las Cámaras de industrias, turismo, comercio, y otras organizaciones públicas y privadas que apoyen el emprendimiento y la innovación. El Consejo será responsable de la Estrategia Nacional de Emprendimiento e Innovación —las estrategias, acciones y metas para cumplir los objetivos de la Ley. 

El Registro Nacional de Emprendedores (o RNE) es un ente de coordinación interinstitucional que llevará un conteo de los registros de emprendedores en el país. Podrán ser parte de este registro, las personas que tengan emprendimientos con antigüedad menor a cinco años desde la fecha de entrada de vigencia de la ley, menos de 49 trabajadores, y con ventas menores a 1 millón de dólares. 

Según la ley, este registro será creado por el Ministerio rector de la Producción, que también se encargará de actualizarlo, según a lo establecido por la Ley de Emprendimiento e Innovación.

Las Sociedades por Acciones Simplificadas (S.A.S) serán un tipo de sociedad mercantil, es decir, una sociedad cuya actividad económica es el comercio. Estas sociedades estarán conformadas por una o más personas, mediante un trámite simplificado para fomentar la formalización y desarrollo de empresas. Las S.A.S ayudarían a que los emprendedores tengan mayor libertad de desarrollar actividades comerciales, de crear estructuras societarias alineadas a sus proyectos, y de establecer un sistema que protege a los inversionistas. De esta forma se reduce el costo de capital de los emprendimientos. 

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Esteban Albornoz, asambleísta de Alianza País, explicó en el último debate de la Ley de Emprendimiento e Innovación, que la nueva modalidad de Sociedades de Acciones Simplificadas es relevante para el emprendedor porque la forma en la que se abre y se cierra una empresa de este tipo es bastante ágil, “prácticamente en horas se podría cerrar la Sociedad de Acciones Simplificadas.”

Las S.A.S estarán reguladas por los Intendentes de Compañías.