Son 6 los Gabinetes Sectoriales según el decreto 660: el Gabinete de lo Social, el Gabinete Sectorial de Recursos Naturales, Hábitat e Infraestructura, el Gabinete Sectorial de Seguridad y Gabinete Sectorial Económico y Productivo.

El artículo 12 y 13 disponen la creación de dos Gabinetes: de Proyectos de Alto Impacto y de Gobernabilidad y Gestión Política.

El Gabinete Sectorial Económico y Productivo lo presidirá el Ministerio de Economía y Finanzas. El Gabinete estará conformado por 5 ministerios: el Ministerio del Economía y Finanzas, el Ministerio de la Productividad, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, el Ministerio de Agricultura y Ganadería, el Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Turismo.

También, lo integrarán el Banco Central del Ecuador, el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador, el Servicio de Rentas Internas y el Servicio de Contratación Públicas. El Presidente del Directorio de la Corporación Financiera Nacional, el Presidente del Directorio de la Banca para el Desarrollo Productivo, Rural y Urbanos, el Gerente General del Banco de Desarrollo del Ecuador y el Gerente General del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) serán invitados permanentes del Gabinete.

El segundo Gabinete es el de lo Social. Estará integrado por 5 ministerios y 5 secretarías. El delegado del Presidente ante el Directorio del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social presidirá el Gabinete. Entre los ministerios están: el Ministerio de Salud Pública, Educación, Inclusión Económica y Social, Desarrollo Urbano y Vivienda y Cultura y Patrimonio lo conformarán.

Las secretarías de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, la Secretaría del Deporte, la Secretaría Técnica de Derechos Humanos y la Secretaría Técnica de la Juventud también lo constituirán.

El Gabinete Sectorial de Recursos Naturales, Hábitat e Infraestructura es el tercer Gabinete y lo presidirá el Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables. El Gabinete estará conformado por el Ministerio de de Energía y Recursos Naturales No Renovables, el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de a Información y el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Secretaría del Agua, el delegado de la Función Ejecutiva al Consejo de Planificación y Desarrollo de la Circunscripción Territorial Amazónica y el delegado de la Función Ejecutiva al Consejo de Gobierno de Régimen Especial de Galápagos.

El Gabinete Sectorial de Seguridad lo presidirá el Ministerio de Defensa Nacional. Está formado por el Ministerio de Defensa Nacional y el Ministerio del Interior. El Centro de Inteligencia Estratégica, el Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias y el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores.

Según el artículo 12 del Decreto 660, se ordena la creación de dos Gabinetes: el de Proyectos de Alto Impacto y el de Gobernabilidad y Gestión Política. El Gabinete de Proyectos de Alto Impacto dará seguimiento a proyectos estratégicos del gobierno. Estará presidido por el Secretario Particular de la Presidencia. El Gabinete de Gobernabilidad y Gestión Política coordinará la política y “el relacionamiento político nacional y en el territorio”. Será presidido por el titular de la Secretaría Nacional de Gestión de la Política.