El artículo 534 del COIP  establece la finalidad y requisitos para la prisión preventiva. La prisión preventiva es una de las seis medidas cautelares “para asegurar la presencia de la persona procesada” en el juicio. Las otras cinco son la prohibición de ausentarse del país. la obligación de presentarse periódicamente ante el juez, el arresto domiciliario, el uso de un dispositivo de vigilancia electrónica (comúnmente conocido como grillete), y la detención.

El COIP dice que la prisión preventiva se debe aplicar cuando haya indicios de que “las medidas cautelares no privativas de la libertad son insuficientes” para asegurar la presencia del procesado en el juicio. Esto quiere decir que su aplicación debería hacerse como una medida excepcional, pero en el Ecuador es utilizada como estándar general.