cubanos.png

La semana del 4 de julio de 2016 fue una pésima semana para ser migrante en el Ecuador: 151 cubanos fueron desalojados de madrugada del Parque El Arbolito, en Quito —donde acampaban en la espera que la embajada mexicana acoja su pedido de hacer un puente humanitario hasta Estados Unidos—, llevados al sótano de la Unidad de Flagrancias de Quito, luego al Hotel Carrión —el centro de detención para migrantes indocumentados—, y deportados a su natal Cuba. En menos de cuatro días los golpearon, les negaron el acceso a un abogado y los sacaron del país sin que sus defensores sepan. Según el Ministerio del Interior, hasta la mañana del lunes 11, se había confirmado la deportación de 75 cubanos: 46 el lunes y 29 el sábado 9 de julio. Todos estos atropellos del Ministerio demuestran que Ecuador no es el país que dice ser, el de la ciudadanía universal.

Desde diciembre de 2015, los cubanos necesitan visa para entrar al Ecuador. Cuando se tomó la decisión en una reunión del Sistema de Integración Centroamericana —a la que acudió un representante de Cuba—, el entonces Canciller interino Xavier Lasso, la justificó diciendo que era por una crisis de derechos humanos generada por el flujo de migrantes cubanos en Centroamérica. En ese entonces, más de tres mil cubanos se encontraban en la frontera entre Nicaragua y Costa Rica lo que estaba causando un conflicto entre ambos países. Lasso dijo, en esa reunión a fines de noviembre, que el Ecuador no renunciaba a la ciudadanía universal y que todos los cubanos siempre serán bienvenidos al país. Siete meses después parece que el Gobierno se ha olvidado de sus palabras.

El Ecuador se ha convertido en el paso de la tortuosa ruta migratoria que no solo cubanos sino habitantes del Congo, Senegal y Haití siguen para llegar hasta Estados Unidos. Una semana antes de la deportación de los 75, cerca de 151 cubanos acampaban en el parque El Arbolito para pedir a la embajada mexicana en Quito un puente humanitario que les permita llegar hasta Estados Unidos: querían que se emita una acción de protección, como la que se concedió en Costa Rica y permitió a nueve mil cubanos llegar hasta México y Estados Unidos por tierra. Solo que los cubanos en Ecuador, por la distancia, pedían que su puente sea por vía aérea. Entre los cubanos que protestaban estaban algunos que llevaban dos semanas en el país, otros tres meses —y habían llegado por la ruta Brasil, Guyana, Perú—, y otros más de un año quienes incluso tenían residencia e hijos ecuatorianos.

Cuando los 151 fueron detenidos, los abogados Javier Arcentales, Juan Pablo Albán, Francisco Hurtado, Belén Aguinaga, Cindy Aguilar, Álex Valle y Jorge Fernández los defendieron. En varias ocasiones, han explicado por qué el Gobierno ha tomado la peor actitud posible: ha violado decenas de derechos humanos, artículos constitucionales —como el de libre tránsito—, y tratados internacionales. Según Juan Pablo Albán, la expulsión colectiva de personas es un acto de persecución que según la Corte Penal Internacional califica como crimen de Lesa Humanidad.

El Ministerio del Interior, a través de un comunicado, justificó la medida diciendo que los cubanos “no justificaron su estatus migratorio en el país” y aclaró que durante la deportación “se respetaron sus derechos humanos y se confirmó el buen estado de salud de cada uno de los extranjeros”. De los 76 que siguen en el Ecuador, 22 fueron liberados —4 de ellos menores de edad— porque confirmaron que habían solicitado refugio previamente y estaba en trámite, o demostraron que son padres de hijos ecuatorianos.

Javier Arcentales, uno de los abogados defensores, explica por qué el proceso, desde el momento del desalojo en el parque El Arbolito, es inconstitucional e ilegal.

En esta última semana muchos derechos de los migrantes se violaron. ¿Cuáles fueron?

Primero está el tema de la detención porque ellos tenían un permiso municipal para estar en el Parque del Arbolito haciendo esta acción colectiva. Ellos no podían haber sido detenidos. ¿Cómo se da este este operativo de detención? Bajo un supuesto control migratorio lo que hacen es intervenir con fuerza sin importar si había niños, mujeres y detenerlos a todos. No fue tanto control migratorio sino que el objetivo era la detención. Tal es así que hubo casos que personas que sí tenían documentos, que estaban regularizadas pero fueron detenidas. Esta fue la primera irregularidad: un procedimiento violento a pesar de que tenían permiso para estar en el espacio público. Segundo, el tema de la privación de libertad y las condiciones en las que estuvieron. Básicamente estaban hacinados en un subsuelo de la unidad de flagrancia, en un principio incomunicados, no se sabría exactamente cuántos eran, si no era porque algunos de los que estábamos ahí empezamos a levantar cifras y datos. Y tercero las irregularidades ya en el proceso judicial porque para nosotros ha sido de alguna forma toda una pantomima: ha habido audiencias en las que se ha logrado la libertad de los detenidos pero igual han sido deportados. Lo cual es gravísimo porque eso significa que una sentencia judicial que nos da seguridad jurídica en principio puede ser revisada por una autoridad política, administrativa que hace al final lo que quiere.

Esto ha pasado en menos de una semana. ¿No hay algo irregular ahí también?

Sí, esto ha pasado de una forma súper acelerada. Los jueces de contravenciones (que son los que resuelven las deportaciones) han trabajado jueves, viernes y sábado para poder sacar las sentencias. Y a la Unidad de Contravenciones (una dependencia judicial) los funcionarios del Ministerio del Interior (funcionarios del Ejecutivo) podían ingresar para sacar las sentencias y hacer la notificación directamente cuando ni siquiera los abogados habíamos sido notificados. Se hizo de una forma muy acelerada para apurar las deportaciones; en cambio, el hábeas corpus que planteamos los abogados ha funcionado de la forma más lenta posible. Recién mañana a las 4 de la tarde en el Tribunal de Garantías Penales de Pichincha, en la sala 3 —en la avenida 10 de agosto y Cuero y Caicedo de Quito— tenemos la audiencia de Hábeas Corpus que presentamos el miércoles de tarde. Por lo general esta audiencia debería hacerse 24 horas después de presentada la petición. Y han pasado cinco días.

Y esa demora, ¿también calificaría como una ilegalidad en el proceso?

Claro que sí. Todo apunta a una demora y restricción en el acceso a la justicia. La tardanza en este proceso versus la agilidad con la que se han dado las audiencias de deportación. Y las sentencias de las audiencias tampoco se han respetado. Por ejemplo, en más de una ocasión, el juez determinó que un migrante no tenía que ser deportado, ya sea porque tenía posibilidad de regularizarse o porque podría haber solicitado refugio. Por cualquiera de esas razones el juez dijo “no tiene que ser deportada” y tiene que ser puesta en inmediata libertad. Pero a pesar de eso, se le consultaba al Ministerio del Interior si estaba de acuerdo, como si fuera la máxima autoridad.

¿A qué te refieres con que se consultaba?

A que en principio la decisión del juez no estaría tomada en última instancia sino que se pedía la venia del Ministerio del Interior para poder decir si la sentencia está bien o está mal. Y es absolutamente inconstitucional porque bajo la lógica del Estado de derecho, ninguna autoridad administrativa podría revisar una sentencia judicial. Eso es un absurdo porque tienes el principio de independencia judicial, los poderes actúan de manera independiente y el judicial sirve para controlar las acciones del poder ejecutivo pero en este caso es lo contrario, un órgano del Ejecutivo que va a revisar una sentencia judicial. Es un absurdo.

¿Cómo debió actuar el Ministerio del Interior?

A partir de la detención en El Arbolito todo estuvo mal. No tenían por qué entrar a detenerlos: los cubanos sí tenían el permiso de estar ahí, no estaban cometiendo ninguna infracción, ningún delito, ninguna contravención. Ese es el primer error. Luego, existen principios constitucionales y de convenios internacionales de Derechos Humanos que dicen que la privación de libertad debe ser la última alternativa en casos de situación migratoria irregular. Ahora desde una perspectiva política, una cosa es que el Estado diga “no vamos a hacer nada respecto sobre los pedidos del puente humanitario”, y otra cosa es que criminalicen a la población y la sometan a esas vejaciones y a esas torturas a las que esta gente ha sido sometida por más de una semana.

Se supone que la constitución garantiza la libre movilidad…

En base a ese principio de libre movilidad, el derecho a migrar del artículo 40 de la Constitución, lo que debían haber hecho es asegurar la permanencia regular en el Ecuador hasta que puedan irse a otro lado. Se violó el artículo 40 que también dice que ninguna persona puede ser criminalizada por su condición migratoria.

¿Y las audiencias de deportación sí fueron legales?

Todos tuvieron una audiencia, en algunos casos hubo sentencia pero no todos los abogados hemos sido notificados con la sentencia. Pero aquí también hubo una irregularidad: el Ministerio debió haber esperado tres días después de la audiencia hasta que salga la sentencia para ejecutar la deportación porque podía ser apelada, y a ellos no se les dio la oportunidad de este recurso. Este caso, por donde le veas, tiene errores y violaciones a derechos.

Algunos abogados hablaron de desaparición de personas en el proceso. ¿Por qué?

Hubo un momento en que no se sabía el paradero de algunas personas. No sabíamos si habían sido deportadas o no, entonces había un grupo que no constaban en los registros después de la primera deportación y se habló de desaparición. Otro aspecto que hay que tomar en cuenta sobre el trabajo del Ministerio es que hay muchos migrantes que han expresado su miedo de volver a su país de origen por temor a represalias o prisión o privaciones de libertad por volver deportados.

¿Y cuál era la opción para no regresar como deportados?

Antes de la deportación, el Ministerio de Relaciones Exteriores debió determinar la condición de refugiado y luego mirar si la persona era o no sujeto de protección internacional por principio de devolución. Eso tampoco se hizo, o sea ningún juez ofició a la dirección de refugiados para seguir este proceso.

¿Se conocen las condiciones en ese subsuelo y el Hotel Carrión?

En el Hotel Carrión se ha verificado que sí se les da de comer, que tienen cama. Pero los que pasaron en flagrancia esos estaban en unas condiciones diferentes, incluso con niños ahí, personas sin cama, en el piso, a duras penas tenían una cobija para taparse, estaban en hacinamiento. Condiciones fatales donde estuvieron casi por 24 horas hasta niños.

¿Cuál es el siguiente paso? Sé que hay una vigilia para los 46 que siguen en el Hotel Carrión…

Ha sido una situación muy muy extraña, y no sabemos qué esperar porque todo ha sido arbitrario. Seguramente una de las cosas que pensamos es que esta madrugada volverán a intentar deportarlas. Ese es uno de los primeros temores, incluso con la finalidad de que mañana no estén presentes a las cuatro de la tarde en la audiencia del hábeas corpus. El Estado tiene la obligación de presentar a todas las personas detenidas en la audiencia, deben estar presentes. Hace dos horas tuvimos la sorpresa que les dieron libertad a dos personas. No nos dijeron por qué, simplemente salieron. No entendemos cuál es el criterio realmente del Ministerio del Interior. Así mismo hay abogados que están tramitando las libertades en los juzgados, en aquellos casos que los jueces dictaron la libertad y no les permiten hasta que no tengan la autorización del Ministerio, lo cual es una ridiculez, totalmente antijurídico. Ahora todo lo que va a suceder es porque el ejecutivo lo ha dispuesto o ha dejado de disponer.

Bajada

Uno de los abogados de los cubanos detenidos y deportados por el gobierno ecuatoriano explica por qué se ha actuado ilegal e inconstitucionalmente