anochece_en_el_yasuni._fotografia_de_pablo_cozzaglio.jpeg

¿En qué clase de país están los tecnicismos por encima de los derechos políticos?

Desde hace varias semanas, las autoridades electorales del Ecuador han abierto el paraguas en el tema de la consulta para que no se explote el Yasuní. El presidente del Consejo Nacional Electoral, Domingo Paredes, fue más allá: tomó partido y dijo que la explotación de los campos petroleros Ishpingo, Tambococha y Tiputini solo afectaría al uno por mil del parque nacional que es, también, santuario de la biósfera. Como quien dice, para qué andan recolectando firmas para una consulta, si la explotación es buena. Después, el mismo Paredes, dijo que si los formularios no estaban en formato A4 y que si el gramaje del papel no era tal, no valían porque no podría leerlos el escáner en que iban a ser digitalizados. Todo esto, está claro, tiene un solo nombre: formalismos por sobre derechos. Y no es un invento ecuatoriano, sino un recurso de toda burocracia para empantanar los procesos civiles y vencer con el arma que mejor conocen: el cansancio. Ahora sostienen que es indispensable para la validez de las firmas recolectadas (que son más de 700 mil, según los números del colectivo que impulsaba la recolección, Yasunidos) que se adjunte la copia de la cédula de los recolectores.

Señores, el único requisito de validez de la firma es que  el nombre del que firmó aparezca en el padrón electoral y que su garabato corresponda al que está en los archivos del Registro Civil. Nada más. 

Desde inicios de este proceso cuando salieron con los requisitos de pluma azul y formulario sin arrugas, algunos ya criticamos que estas formalidades pudieran primar sobre derechos políticos de los ecuatorianos en un país que se llama garantista, nada menos, con una constitución tan humana que hasta se ocupaba de darle derechos a la naturaleza. Al Consejo Electoral le corresponde explicar a los ecuatorianos cómo así las limitaciones del escáner y la falta de las fulanas cédulas lo autoriza a desechar mi voluntad –o la suya, lectores– expresada con la firma en el formulario respectivo que tenía la pregunta “¿está usted de acuerdo que el gobierno ecuatoriano mantenga el crudo del IT, conocido como bloque 43, indefinidamente bajo el subsuelo”?

Le corresponde, además, justificar cómo ese "requisito" prima sobre los derechos políticos de cada ecuatoriano o residente que firmó. Según el alto test de restricción a los derechos humanos, no según cualquier criterio que se les ocurra a estos empleados del gobierno. 

Para que una restricción sea justificable debe estar prevista en una ley, no ser discriminatoria, debe estar dirigida a cumplir un objetivo legítimo (no cualquier objetivo sino los previstos como legítimos límites a los derechos, esto es: proteger los derechos de los demás, la seguridad de todos y las justas exigencias del bien común, en una sociedad democrática).  La restricción además debe ser razonable y proporcional al objetivo legítimo que busca y de existir varias alternativas de restricción se preferirá la menos onerosa al derecho. La apreciación de legitimidad de las restricciones deberá además sujetarse al principio de efectividad de derechos que impone que el Estado garantice las condiciones necesarias para que el titular de tales derechos no sólo los tenga en nombre sino la oportunidad real de ejercerlos. Nada de esto es invento mío, es la Convención Americana de Derechos Humanos y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que así lo disponen y que bastante desarrollada está con respecto a tomar los derechos políticos en serio.

Ante estas severas condiciones de legitimidad, adelanto que "porque lo dice el reglamento o el instructivo tal" no es justificación y menos aún lo es “porque el escáner no da para más”. Porque, por más que sea el sueño húmedo de todo tecnócrata,  las circulares y los oficios no pueden contradecir lo que manda la Constitución y el derecho internacional de derechos humanos.

El deber del Consejo Electoral es promover procesos democráticos limpios, con neutralidad real y aparente. Es su deber, no su prerrogativa. Es obligación, no facultad.

Ante la ruptura de la cadena de custodia de la caja de las cédulas mientras se encontraba ya bajo responsabilidad del Consejo, lo que le corresponde hacer es sencillo: revise las firmas, y en los casos concretos en los que hubiera razones para requerir responsabilidad del recolector, hacérselo saber al proponente de la consulta. Por cierto, tan claro le está al Consejo Electoral que el famoso requisito de la copia de la cédula del recolector no afecta la validez de las firmas, que ante la evidencia de la ruptura han dicho que esa caja no estaba sujeta a cadena de custodia. Si es así, supongo que es porque saben que su contenido no es necesario para que las firmas cuenten para el proceso. Ante la imposibilidad del escáner, compre otro más versátil, o proceda a revisiones manuales, o busque la alternativa que respete la voluntad de quienes firmamos no que la coarte.  Vamos, señores, seriedad, por favor.

Insistir en formalismos más propios de un deber de cuarto grado de dibujo técnico –que la firma no se salga de la raya, que el tamaño sea tal, que el color el de acá– parece sugerir que el Estado supone que las recolecciones de firmas no se hacen de buena fe. Es eso o complicarlo todo para que el trámite sea tan engorroso que a nadie le provoque embarcarse en una empresa de éstas. Si es así, el sistema funciona cuando es él mismo el que derrota las grandes discusiones de fondo por las pequeñeces formales. Estos viejos truquitos son precisamente los que violan el principio de efectividad de los derechos y con los que un sistema serio de protección de derechos humanos no se deja sorprender. 

Hay que tomarse en serio los derechos políticos, señores. Para eso están en esa cartota que escribieron en nombre de todos los ecuatorianos unos asambleístas en el 2008. Cualquier cosa que eche sombra sobre la manera más directa y efectiva de respetar la voluntad popular –expresada en los formularios con la firma de un empadronado– es escamotear con ridiculeces su derecho, amigos lectores, y el mío.