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@auraneurotica

De cómo utilizar la legislación como un mecanismo de defensa de la naturaleza.

Ates de empezar: un pequeño statement of purpose: Como carne, utilizo prendas de origen animal y de ninguna forma renunciaré a ello.

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Wim Delvoye. Suppo. 2012

 

“¿Para qué ayudas a los animales si hay niños que se mueren de hambre? Hay [introduzca el grave problema mundial del momento] que merece más atención.” El típico discurso irónico de respuesta cuando un activista animal expone su trabajo.

Este texto es una denuncia de los múltiples casos de crueldad animal sucedidos en estos años (los perros utilizados en “bautizos” militares, la captura de perros en Montañita, que todavía sigue siendo un hecho bastante oscuro, etc.). Este texto se trata de cómo utilizar la ley como un mecanismo para aportar a la solución del maltrato a los animales. Un “manual de instrucciones mínimas” para ser más racionales en nuestras relaciones jurídicas con seres de otras especies.

Instrucción Número Uno.- Volver la cuestión animal un tema prioritario en el debate público. El Estado tiene el tema de la protección animal en las últimas líneas de su agenda. Esto se debe a los intereses que defienden quienes acceden a la administración estatal a través del voto. Cuando estudias administración pública, la primera lección que te dan es: a) todo sistema de Gobierno está formado por personas; b) estas personas tienen intereses egoístas; y, c) el primer interés que tienen estos grupos de personas es extender su poder e influencia, por lo que los temas de la agenda de política pública responderán a lo que la los votantes quieren escuchar. En la situación actual del Ecuador, el tema de la protección animal es una prioridad muy baja en el ideario de los funcionarios de elección popular. En otras palabras, lo que no le interesa al votante, no le interesa al político.

Hay para revertir esta situación, hay que poner el tema de la protección animal en la agenda pública. Hay que iniciar una campaña para concientizar a la ciudadanía sobre el maltrato a los animales, de tal forma que se vuelva un tema relevante hasta que la gente que toma decisiones vea que es conveniente (por votos, por influencia y, quizá algún día, por convicción) escuchar a los grupos humanos que defienden a los animales.

Instrucción Número Dos.La ciudadanía debe movilizarse. Para lograr los objetivos de la instrucción uno, es indispensable que la discusión sobre derechos de animales se reconozca como un gran olvido social. Ninguna campaña, ninguna ONG podrá situar en el debate público este tema si aquellos que ponen votos y pagan impuestos no adoptan un rol activo. Esto es un coscorrón a los ciudadanos que esperan sentados que los grupos con mayor nivel de movilización arreglen los problemas provocados por su indolencia. La responsabilidad mayor de los ciudadanos está en hacer que sus opiniones se manifiesten en un voto que mejor se adecue a sus creencias. Ese es el error ecuatoriano al votar: decidimos por el mejor entregador de productos y no por el mejor reparador del tejido social. Es decir, una vez que el debate esté en la mesa de la discusión pública, la causa debe ser de todos los ciudadanos. Volverlo relevante es solo posible si personalmente el tema resulta relevante. El mundo actual permite que esa movilización se cree o se convoque a través de las redes sociales. Es hora de que los ciudadanos entendamos que el tuiter y el Facebook son medios para llamar y crear conciencia –sin caer, eso sí, en el simple activismo de escritorio–.

Instrucción Número Tres.- En ese orden de cosas, hay una autoridades básica que se debe tener en cuenta. El Gobierno Autónomo Descentralizado (GADs), que en términos prácticos, son los municipios (con sus excepciones en tierras ancestrales). Teóricamente (porque la norma no es un fin en sí mismo sino una herramienta),  el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) plantea que una de las responsabilidades del GAD es la protección ambiental (art. 4),  y por tanto es el único competente de incluir normas de preservación medioambiental y sostenibilidad del ecosistema, en el que se incluyen a los animales (art. 65) . Según el art.136, son también los responsables del manejo de animales domésticos de forma regulada a través de ordenanzas. Hace falta una legislación clara y de enfoque local que permita una mejor salvaguarda de los derechos de los animales.

Instrucción Número Cuatro.- Actualizar la legislación. Existe la posibilidad de que haya ordenanzas desactualizadas, que no tienen en cuenta el nuevo escenario de tener a la naturaleza (como organismo viviente) con la categoría de un sujeto de derechos (conforme el mandato del art. 70 de la Constitución) o que simplemente no existan. En tal razón, hay dos caminos: confiar en que los funcionarios inteligentes utilicen a la Constitución de forma creativa y solucionen el entuerto de manera propositiva –que con el actual nivel del debate, parecemuy difícil – o litigar.

Instrucción Número Cinco.- Day in court. Ahí se abren una serie de opciones: recursos subjetivos en sede administrativa (o sea, reclamar la violación de derechos frente al propio GAD) o litigar mediante una acción de protección constitucional frente al juez de instancia (lo que implica generar obligaciones directas y vinculantes a los municipios). El litigio siempre es un mecanismo áspero, visto que exige siempre cierta erogación de dinero y resulta una incertidumbre porque al final del día uno que da manos del juez que, por sorteo, le toque. Sin embargo, si se vencen estas dos condiciones, los resultados pueden ser buenos y efectivos.

Con esta lista, o a pesar de ella, hay que destacar un hecho: ni las leyes, ni el lobby, ni el cumplimiento de la ley por sí solos solucionan un problema de maltrato animal. El tejido social es un mecanismo de relojería, tal como describía Hobbes al Estado. Hay que asegurarse de que todas las piezas funcionen correctamente. La receta para defender derechos en este nuevo espacio de cosas, con un Estado en eterno proceso de reforma es: Lobby político + Litigio estratégico + reflexión ciudadana + redes sociales que hacen ruido y llegan a sitios insospechados + gestión ciudadana directa. Es la única manera de hacer cambios profundos.

Ese cambio no es trocar unas leyes por otras, ni meter gente presa, o prohibir por ley espectáculos públicos. Hay que cambiar conductas. Ese es el verdadero objetivo que debe tener la sociedad. Es una atribución de la ciudadanía sobre sí misma. La educación tiene dos caminos: el engaño, la mentira y la imposición y la creación de condiciones para que el ser humano crezca según sus capacidades y talentos, a través de la persuasión razonada ¿Qué debemos elegir? ¿Un Estado que nos cambia y, por ende, nos define? ¿O un Estado que permite el ejercicio cognitivo de preguntar, responder y persuadir para que quien se educa tome sus propias decisiones? Ese modelo de Estado debe estar trazado por los temas que, genuinamente, interesan y preocupan a las personas. Uno de esos temas, en el corto plazo, debe ser el trato que damos a los animales.

Efrén Guerrero