El derecho penal es una farsa. Un código penal y normas dispersas de ese tipo, interpretados por jueces de escasa preparación jurídica y reconocida corrupción, cuyas sanciones se malviven en espacios depauperados administrados por personas de escasa preparación carcelaria y reconocida corrupción. Ese es el escenario general. En Recuerdos de la casa de los muertos, Dostoievski escribió que “el grado de civilización de una sociedad puede juzgarse por el estado de sus cárceles”: juzgado por dicho estándar, nuestro grado de civilización es el de una barbarie.
Cuando se habla de barbarie, se la suele predicar de las personas en prisión o de las personas que vivieron antes de la Edad Moderna. Atribuirles esa barbarie a las personas en prisión es funcional a mantenerlos en pésimas condiciones carcelarias (porque, ¿por qué los bárbaros merecerían un mejor trato que el que tenemos el resto de miembros de la sociedad, o sea, los “civilizados”?). Pero lo curioso es que las personas que sostienen este discurso contra quienes han estado en prisión predican, en realidad, un discurso fraguado en la era medieval. Un discurso que ha sabido adaptarse a las circunstancias modernas, pero que es todavía medieval en su esencia.
Este discurso se sistematiza por primera vez en el documento medieval Malleus maleficarum (que se traduce por “Martillo de las brujas”) escrito por Heinrich Krämer y Jakob Sprenger. En ese texto se establece la matriz del discurso penal que se extiende al día de hoy: se alega una emergencia (una grave amenaza a la sociedad) y el miedo a esa emergencia se utiliza para eliminar obstáculos al ejercicio del poder punitivo. El propósito de ejercer ese poder punitivo no es que se acabe la emergencia sino fortalecer el poder de la autoridad que lo ejerce. Por eso, Eugenio Raúl Zaffaroni en La cuestión criminal (libro al que esta diatriba tanto le debe) llama al hecho de proyectar al poder punitivo como remedio frente a la emergencia “un inmenso engaño, una tremenda estafa”: algo que “no es más que el máximo delito de propaganda desleal de nuestra civilización” (Zaffaroni, La estructura inquisitorial, Pág. II).
El Malleus maleficarum lo amparó la iglesia católica en la bula Summis desiderantes affectibus de Inocencio VIII. En esa época, la iglesia católica podía permitirse un monopolio de la intermediación con lo divino y sancionar a quienes osen desafiarla: eso explica a la Santa Inquisición, established since 1184. La iglesia católica al principio exterminó a cátaros, albigenses y templarios, pero luego encontró a un conveniente enemigo inagotable: Satán (que en hebreo significa, precisamente, enemigo). La iglesia católica se inventó, en esos típicos actos de pensamiento mágico a los que las iglesias nos tienen acostumbrados, el pacto satánico. Un pacto que Satán sólo podía convenir con esos seres inferiores que en la tradición de una religión machista como la católica, no podían ser sino las mujeres: de ahí la invención de las brujas y de los aproximadamente 300 de años de siniestra persecución en su contra. Los inquisidores oficiales solicitaban contribuciones para sus tareas purificadoras (una sutil forma de protección mafiosa) y cobraban a destajo, por lo cual el que las brujas confiesen (bajo tortura, por supuesto) la existencia de otras brujas era funcional a mantener en permanente renovación a la fuente de sus ingresos. Para martillar a las brujas, para eso precisamente escribieron los inquisidores dominicos Krämer y Sprenger el Malleus maleficarum.
¿Por qué contar esta historia sobre un libro que influyó en las prácticas de los inquisidores papales y de los príncipes (una vez que éstos le expropiaron al Papa su poder punitivo)? Porque sus ideas se acogieron en el discurso de la academia penal positivista (resumida impecablemente por Micky Vainilla en su publicidad del postre Teresito, en la que se discrimina a los inferiores biológicos para someterlos a manipulación genética, para excluirlos de plano como en el caso de “morochos y asiáticos” y para enviarlos a “reformatorios” cuando se trata de “pobres y enfermos”) hasta que el genocidio nazi le enseñó una lección al mundo sobre la invariable estupidez de semejantes ideas y los académicos acusaron recibo. Pero, principalmente, porque las ideas de ese libro medieval se encuentran vigentes al día de hoy en el discurso de lo que Zaffaroni llama la “criminología mediática”.
Al amparo del Teorema de Thomas (“si las personas definen las situaciones como reales, éstas son reales en sus consecuencias”) la criminología mediática “crea la realidad de un mundo de personas decentes frente a una masa de criminales identificada a través de estereotipos, que configuran un ellos separado del resto de la sociedad, por ser un conjunto de diferentes y malos” (Zaffaroni, La criminología mediática, Pág. III). Esos diferentes y malos de la criminología mediática son las brujas modernas. Contra ellos se exige “mano dura” y respuestas urgentes. Se apela al recurso emocional (las imágenes de la TV para este propósito son muy convenientes) para provocar el pánico moral que empatiza con la “mano dura” y que dificulta toda prudencia en el análisis, por cuya vía “la venganza estimulada por la criminología mediática se traduce en mayor violencia del sistema penal, peores leyes penales, mayor autonomía policial con la consiguiente corrupción y riesgo político, vulgaridad de politicastros oportunistas o asustados y reducción a la impotencia de los jueces”: un escenario que termina por provocar “muertes en un proceso de fabricación de cadáveres que la criminología mediática ignora o muestra en imágenes con interpretaciones deformantes” (Zaffaroni, La criminología mediática y la víctima-héroe, Pág. II). Un discurso, como se ve, útil para justificar masacres. Que era, precisamente, el bárbaro propósito del Malleus maleficarum, todavía vigente.
La pregunta es: ¿Por qué sostener un discurso penal tan perverso como éste? Por pereza mental en muchas ocasiones, pero principalmente porque la seguridad es un gran negocio económico (por la burocracia y las industrias asociadas a ella) y político (porque es campo fértil para la demagogia). Esto usted nunca lo olvide.
El discurso generalizado nos cuenta que la aplicación del derecho penal de mano dura garantizará la seguridad: por las ideas apuntadas en los párrafos anteriores, amparadas en diversos estudios y claras estadísticas, sucede lo contrario y se quiere (por conveniencia económica y politica) que suceda lo contrario. Esa es la brutal contradicción entre lo que el derecho penal ofrece en el discurso (desde los textos de la legislación y de quienes la producen en medio de un discurso de pánico moral –políticos y medios de comunicación) y lo que efectivamente sucede (estigmatización, fracaso en la reinserción social y “carrera” delincuencial de los encarcelados): un ciclo perverso, que reproduce lo que dice combatir. Hasta el infinito, hasta las náuseas.
Lo dicho: una farsa.