Lo feo, lo malo, lo bueno: este clásico trío servirá para este reporte sobre la “estrategia” que utilizó el municipio de Guayaquil en el proceso penal que sigue contra Daniel Adum Gilbert.
Escenario general
El municipio de Guayaquil inició un proceso penal contra Daniel Adum Gilbert por la supuesta violación del artículo 4 de la “Ordenanza que norma la obligación que tienen los propietarios, o administradores, arrendatarios u ocupantes de inmuebles, de pintar adecuada y debidamente las fachadas, cerramientos, cercas o verjas de las edificaciones, para el embellecimiento y ornato de la ciudad”, aprobada por el municipio de Guayaquil el 10 mayo del 2001. Su artículo 4, primer inciso, establece lo siguiente:
Art. 4, primer inciso.- Las personas que sean sorprendidas in fraganti, o que mediante denuncia comprobada se determinare que son los responsables de pintar y dañar con pinturas u otros elementos, mediante dibujos y gráficos indebidos, expresiones inadecuadas, grafitis u otras formas inapropiadas, las paredes, fachadas, columnas, cerramientos, cercas, verjas, etc., de bienes inmuebles de dominio público o dominio privado, afectando el ornato, embellecimiento, estética, aseo y sanidad de la ciudad serán juzgados por los Comisarios Municipales y sancionados con multas equivalentes a dos (2) veces el valor del perjuicio ocasionado del que se obtendrá la suma de dinero necesaria para que la Municipalidad proceda a remediar el daño, y trabajará comunitariamente privado de su libertad y bajo vigilancia de la Policía Metropolitana, en la pintada o reparación del bien afectado, por un máximo de siete días.
Para imponer la sanción que en ella se establece (multa y prisión de 7 días con trabajos comunitarios) la ordenanza obliga al comisario municipal a que en el proceso penal pruebe lo siguiente: 1) que se sorprendió “in fraganti” o que mediante “denuncia comprobada” se pudo determinar la responsabilidad de una persona en los actos de “pintar y dañar” paredes, fachadas, columnas, cerramientos, cercas, verjas, etc.; 2) que la pintada que ocasionó daño se haya manifestado con “dibujos y gráficos indebidos, expresiones inadecuadas, grafitis u otras formas inapropiadas”; 3) que la pintada que ocasionó daño haya afectado “el ornato, embellecimiento, estética, aseo y sanidad de la ciudad”.
El proceso penal que inicia una autoridad municipal debe respetar las garantías del debido proceso. Eso incluye, entre otras cosas, el derecho a ser oído dentro del proceso penal, a contar con tiempo para preparar su defensa, a presentar de forma verbal o escrita argumentos y a replicar los argumentos en su contra, a presentar pruebas y a contradecir las pruebas contra él presentadas, a obtener una resolución debidamente motivada. Ninguno de estos derechos respetó en el proceso penal contra Adum el comisario municipal a cargo, Ab. Ángel Peñafiel Espinoza, a pesar de que tenía la obligación constitucional (artículo 76 numeral 1) y legal (artículo 395 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Control) de hacerlo. En realidad, el proceso penal duró dos días, desde que el delegado municipal # 59, Flavio Maridueña Carreño, remitió un informe al director de justicia y vigilancia, Ab. Xavier Narváez Valdiviezo, en el que refería que la pared de la Av. del Bombero había sido utilizada “para exponer pintura” y que días después se habían pintado otras, en las que después de repintarlas los funcionarios municipales de gris, el 20 de agosto “habían pintado caras diciendo: ‘Censurado por mostacho alfacho’” (sic). El 24 de agosto, este informe se agrega al expediente 2011-7669 que el comisario cuarto municipal, Ab. Ángel Peñafiel Espinoza, sigue contra Daniel Adum Gilbert. El informe se constituyó como el único fundamento para que el comisario cuarto municipal resuelva imponer “LA MULTA EQUIVALENTE AL DOBLE DEL PERJUICIO, EL MISMO QUE DETERMINARÁ LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS, Y TRABAJARÁ COMUNITARIAMENTE PRIVADO DE SU LIBERTAD, BAJO VIGILANCIA DE LA POLICÍA METROPOLITANA, EN LA PINTADA O REPARACIÓN DEL BIEN AFECTADO, POR UN MÁXIMO DE SIETE DÍAS”. (Las mayúsculas y las negrillas son del original).
Se reporta a continuación lo feo, lo malo y lo bueno de la “estrategia” del municipio de Guayaquil en este proceso penal.
Lo feo
Lo feo de la “estrategia” del municipio de Guayaquil sucedió el día de la audiencia pública, en las afueras de la Intendencia General de Policía del Guayas: el municipio de Guayaquil llevó a personas que no conocían siquiera de qué se trataba el proceso penal contra Adum, con el propósito de provocar y buscarle conflicto a la gente de Litro x Mate, que respaldaba con su presencia a Daniel Adum Gilbert. En algún momento, incluso, una de esas personas (como puede observarse en este video) empuja a Paulina Obrist. Las prácticas de provocación y de violencia no son extrañas a los socialcristianos del municipio de Guayaquil: las prácticas de provocación y de agresión verbal a los concejales de oposición en las sesiones del Concejo Municipal, la violencia física de un concejal a otro y del propio Alcalde Jaime Nebot Saadi a una autoridad judicial (que, sin embargo, lejos de recibir críticas de quienes con tanto celo se preocupan de cualquier agresión verbal emanada de otras autoridades, casi nunca ha merecido ni información ni reproche en los medios de comunicación locales –el subdirector de diario Expreso, Jorge Vivanco Mendieta, no tuvo empacho en llamarlo una defensa “con vehemencia –como debe ser-” lo que a Nebot le agradó bastante).
Es feo que el municipio tenga estas prácticas y que los medios de comunicación sean, de manera general, mudos cómplices de las mismas. Y no es tanto feo, como facho (dándole la razón al Mostacho).
Lo malo
Lo malo de la “estrategia” del municipio de Guayaquil es la “argumentación” que utilizó para “probar” la responsabilidad de Daniel Adum Gilbert e imponerle la sanción establecida en la ordenanza. Es mala, primero, por mentirosa: en la audiencia, como pruebas contra Adum, el director de justicia y vigilancia, Xavier Narváez Valdiviezo, presentó unas fotografías a las que calificó de “manifestaciones supuestamente artísticas que no sólo violan la ley sino agreden a la ciudad” (audio, min. 03:08 – 03:47) que no eran de autoría de Daniel Adum Gilbert. Sí, así fue, tan absurdo como eso: el municipio de Guayaquil intentó probar la responsabilidad de una persona en un proceso penal con actos de reconocida autoría de otra persona (esto está para romper el guatedefacómetro, pero en realidad este procedimiento malicioso no es extraño para el municipio de Guayaquil: hizo lo propio en el caso de la censura previa, en el que nos atribuyó a quienes presentamos la acción de protección el defender obras cuya defensa nunca habíamos asumido: véase acá). Las fotografías que presentaron correspondían al proyecto “Burros de colores”, que si se habrían tomado la básica molestia de googlearlo se habrían encontrado con el blog www.burrosdecolores y se darían cuenta que ese proyecto es de autoría de Jorge Jaén (el proyecto obtuvo un “primer premio salón de julio” y, no se piquen, también llegó a Carondelet). Acusar a una persona de actos que de manera pública y notoria no ha cometido (con solo googlearlo poder darse cuenta), eso es mala estrategia. Pésima.
Es mala, también, la estrategia por arbitraria e irracional. En ningún momento de la audiencia pública el director de justicia y vigilancia, Xavier Narváez Valdiviezo, intentó razonar el por qué de la responsabilidad de Daniel Adum Gilbert en los hechos que le imputaba; nunca intentó razonar cómo el hecho de pintar colores causaba daño, cómo los cuadrados de colores constituían “dibujos y gráficos indebidos, expresiones inadecuadas, grafitis u otras formas inapropiadas”; cómo el daño que causaban los colores afectaba “el ornato, embellecimiento, estética, aseo y sanidad de la ciudad” (menos todavía cómo podía afectarlo cuando lo que había antes de los colores era, ahí sí, paredes manchadas de publicidad, de grafitis ininteligibles y de obscenidades, las que jamás merecieron atención de las autoridades municipales, las que ahora sí, ¡oh, sorpresa!, resultan celosas guardianas del “ornato y etcétera” de la ciudad). Nunca intentó razonamiento alguno para rebatir los argumentos expuestos por la contraparte de que la ordenanza era arbitraria, desproporcionada, ilegal e inconstitucional (expuestos en este escrito y en la audiencia pública, cuyo audio puede escucharse acá: dicho sea de paso, el que calla, otorga); nunca intentó razonar nada, porque el director de justicia y vigilancia alegaba que “lo que sí es objetivo es la ley y su cumplimiento” (audio, min. 06:00 – 06:04). Para el representante del municipio de Guayaquil no había nada que razonar a este respecto: el municipio de Guayaquil crea la ordenanza y sus funcionarios la hacen cumplir cuando ellos entienden que ésta se ha incumplido, sin consultas a los ciudadanos (a las que están obligados legalmente) y sin razonamientos de ningún tipo. Lo hacen porque sí, porque quieren. Así no más. Una forma de entender las cosas y de proceder que resulta, de manera evidente, arbitraria e irracional.
Recapitulemos: un proceso penal de dos días en sede municipal en el que se irrespetaron garantías básicas del debido proceso, una sanción impuesta en la que no se consultó a los ciudadanos de la ciudad a la que supuestamente se ofende (que es una obligación legal, de conformidad con el artículo 3 literal g) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización) , una “argumentación” que sostiene que la ley, tal como ellos la entienden, es “objetiva” (un WTF jurídico del tamaño de la incapacidad de Lucio Gutiérrez) y que parece concederles patente de corso para eximirse de realizar todo tipo de ejercicio argumentativo para probar la responsabilidad de Daniel Adum Gilbert en los hechos que le imputan haber cometido. En resumen, el municipio crea la norma (cuya creación es ilegal e inconstitucional, además), la pretende aplicar como le da su real gana, por sí y ante sí, sin consultas ni razonamiento alguno y con pruebas falsas. Un asco. Es difícil pensar que podían hacerlo peor que este triste ropaje jurídico con el que han pretendido disimular su prepotencia y su afán persecutorio contra Adum.
Esta actitud de la entidad municipal de erigirse como celosa guardiana del ornato de la ciudad (a la cual, esto es textual, estos murales de colores de la agrupación Litro x Mate supuestamente “agreden”, según nos cuenta el director de justicia y vigilancia), en términos de impedir o sancionar toda manifestación que a ellos no les parece adecuada, es una actitud propia de gobiernos anteriores a la época de la Ilustración, propia de los principios del “Estado de policía”, el que de acuerdo con Gustavo Zagrebelski, se halla “fundado no sobre la libertad, sino sobre el ‘paternalismo’ del Estado, donde, en general, la acción de los particulares se admitía sólo mediante autorización de la Administración, previa valoración de su adecuación al interés público. En el Estado de policía, una sociedad de menores; en el Estado liberal, una sociedad de adultos”. (El derecho dúctil, Pág. 29) Una sociedad de menores: el que debe ser el probable sueño húmedo del idealista papanatas que es Melvin Hoyos: véase acá y acá. Una autoridad que no es liberal, a pesar de lo mucho que se llena la boca rebuznando: “libertad, libertad”.
Lo bueno
Lo bueno es que el municipio de Guayaquil es papayero y con este proceder tan feo y tan malo (tan torpe y tan turro, añadiría yo) lo que hacen es darle la razón a quienes lo retratan, jocosamente, como “facho” en las paredes que insisten en pintar de gris.
Lo bueno, también y más importante, es que a pesar de la disciplinada omertá entre el municipio de Guayaquil y los medios de comunicación locales, se empieza, en buena medida a través de las redes sociales, a observar grietas en ese muro de silencio embrutecedor y cómplice. Acá un video que se presentó en la audiencia pública con algunas opiniones que contribuyen a ello:
Testimonios ciudadanos sobre Litro x Mate from Gkill City on Vimeo.
¿Vieron a la señora Nelly Cereceda de Vallarino que salió en el video? La señora dice que la acción del municipio de Guayaquil le provocó “la sensación de haber regresado al medioevo, y eso ya pasó hace muchos siglos”. Si una señora de 88 años tiene razón en caracterizarte como una antigualla medieval (o como un Estado pre-ilustrado de policía, en términos de Zagrebelski), o sea, en definitiva, como entidad indigna del siglo XXI, entonces harían mejor las autoridades del municipio de Guayaquil en no tener la turra terquedad de Iván Hurtado y pensar en su retiro e irse “por la sombrita”, como diría el concejal Polito. Porque, ha sido evidente, una ciudad del siglo XXI les queda muy, pero muy grande.